Presentado RECURSO DE ALZADA el 24/12/2024 contra Resolución que otorga transmisión de titularidad, AAP de las modificaciones y AAC al PE BUSTATUR de 41,6 MW. BOE 14/12/2024. Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria

Presentado RECURSO DE ALZADA el 24/12/2024 contra

 Resolución que otorga transmisión de titularidad, AAP de las

 modificaciones y AAC al PE BUSTATUR de 41,6 MW. 

BOE 14/12/2024. 

Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria 


Asunto:  Recurso de alzada titularidad, AAP modificaciones y  AAC P.E. Bustatur

 

A LA SECRETARÍA DE ESTADO DE ENERGÍA.-

 

__________________________________________de la Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria, con dirección para notificaciones en_______________, comparecen en el asunto de referencia y DICEN:

En el BOE de 14 de diciembre de 2024 se publicaba Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga transmisión de titularidad y concesiones otorgadas a Green Capital Power, S.L., a favor de Bustatur Energy, SL., autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para el parque eólico “Bustatur”, de 41,6 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, ubicados en las Rozas de Valdearroyo (Cantabria) y Arija y Valle de Valdebezana (Burgos)respecto a la cual, pese a no habérsenos sido notificado de nuevo como exige la Ley, dentro del plazo concedido al efecto y en legal forma, por no ajustarse al Derecho y vulnerar legítimos intereses particulares y comunales, en base a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, en relación con los artículos 147 y 148 de la Ley 5/2018, interponemos RECURSO DE ALZADA con apoyo en las siguientes

CONSIDERACIONES DE HECHO Y DERECHO

PREVIA.- Argumentos jurídicos del recurso.-

Son razones jurídicas que, entre otras, basan el presente recurso y desarrollaremos por separado a continuación en este mismo escrito, las siguientes:

·          La Resolución no ha sido notificada a la Plataforma, no apareciendo en el anuncio del BOE referencia alguna a nuestra anteriores alegaciones y recursos frente a este ilegal proyecto en todas sus formas.

·         Se está tramitando por el TSJ de Madrid, como sabe esa Administración, el P.O. 1150/2023 recurso contencioso administrativo contra la resolución que aprobaba la inicial Autorización administrativa Previa del P.E. Bustatur, en la actualidad está visto para sentencia

·         Tenemos argumentado que la DIA es nula de pleno derecho, como también lo es el PNIEC 2021-2030

·         Hemos efectuado requerimientos al MITERD, no tramitados, por nulidad radical de los trámites de todos los parques eólicos proyectados en nuestro territorio,

·         no se han planificado dichos proyectos ni, por ello, realizado una Evaluación ambiental estratégica EAE previa, tal como exigen el TSJ de Cantabria y el TS

·         concurren numerosas ilegalidades muy graves en el procedimiento, entre otras

1.      Fraccionamiento de proyectos y falta de valoración de las sinergias.

2.      Falta de tratamiento adecuado a espacios naturales protegidos, Red Natura 2000 y conectividad y especies incluidas en el Catálogo de Amenazadas.

3.      Incumplimiento de las Directrices técnicas y ambientales del PSEC 2014-2020 y las Leyes 7/2013 y 4/2014

(…)

TERCERA.- Modificación sustancial del proyecto inicial. Proyecto de ejecución.-

(…)

SEXTA.- Green Capital Power S.L./Capital Energy, ahora Bustatur Energy, S.L., son solo mero afán de negocio especulativo e intento de reducir su responsabilidad.-

La acumulación de proyectos presentados en Cantabria por Green Capital Power, S.L./Capital Energy, Bustatur Energy, S.L., bajo la coartada de “combatir el cambio climático e incentivada por las subvenciones “europeas next generation” y la pasividad político/administrativa general, pese a la masiva, razonada y legal oposición popular, lo único que busca es apropiarse de territorio comunal, público, bienes demaniales, para negociar, repito, con los (mal) llamados fondos “europeos” y enriquecerse con ellos sin demostrar la legalidad de implantar un solo molino, con la simple iniciación de un expediente, siendo noticias de prensa que así lo ratifican, por ejemplo:

“Capital Energy pone a la venta más de 1.500 MW de proyectos eólicos en España. La compañía, uno de los promotores más activos en Cantabria respecto a futuros parques, aspira a cerrar la operación antes de final de año.” El Diario Montañés 05/08/2023

 https://www.eldiariomontanes.es/economia/capital-energy-pone-venta-1500-proyectos-eolicos-20230805074021-nt.html

“Capital Energy pone a la venta 1.500 MW de proyectos eólicos en desarrollo en España. La mayor parte de estos proyectos están en avanzado estado de desarrollo y cuentan con Declaración de Impacto Ambiental favorable”, en energynews, 31/07/2023. https://www.energynews.es/capital-energy-venta-1-500-mw-proyectos-eolicos/

“Capital Energy, la empresa de renovables, ha puesto en venta una cartera de más de 1.500 MW de proyectos eólicos. Todos ellos, ubicados en España, se encuentran en avanzado estado de desarrollo. La mayor parte ya cuentan con Declaración de Impacto Ambiental favorable (DIA) y con las autorizaciones administrativas. Asimismo, la operación ofrece la posibilidad de instalar otros más de 500 MW solares mediante hibridación.”

    Del mismo modo la transmisión de la titularidad y concesiones administrativas a una, nueva, de capacidad técnica y económica desconocida, Bustatur Energy, S.L., solo es evidencia de un torticero intento de reducir, hasta posiblemente eludir las responsabilidades que se pudieran generar, depositándolas en una empresa desconocida, pequeña, mínima, para en el más razonable supuesto de que tales responsabilidades se produjeran.

(…)