DIA favorable P.E. CUESTA MAYOR (BOC 25/01/2023) y REVISIÓN de Oficio 07/02/203 Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria

Aprobada DIA favorable PE CUESTA MAYOR 

(Boc 25/01/2023)

 y revisión de oficio y nulidad.

Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria (07/02/2023)

El BOC 25 de enero de 2023 publicaba Resolución de DIA favorable del Proyecto Parque eólico Cuesta Mayor:

“En consecuencia, esta Dirección General, vista la propuesta de la Subdirección  General de Control Ambiental, considera que, con las medidas propuestas por el promotor y las condiciones adicionales a su construcción, explotación y seguimiento incluidas en esta Declaración, el proyecto de “Parque Eólico Cuesta Mayor, y su infraestructura de evacuación” en los términos municipales de Santiurde de Reinosa, San Miguel de Aguayo, Molledo y Campoo de Yuso, promovido por Green Capital Power, S.L., integrado por 6 aerogeneradores y una potencia total de 30 MW, no debe suponer un perjuicio a la integridad de los espacios de la Red Natura 2000, ni producir efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, por lo que formula Declaración de Impacto Ambiental favorable con el cumplimiento de las condiciones de modificación del proyecto y de las medidas preventivas, correctoras y compensatorias que resultan de la evaluación ambiental practicada.”

La Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria ha presentado el 07/02/2023 la solicitud de REVISIÓN de OFICIO de la DIA del PE Cuesta Mayor.

Como ya adelantaba en sus alegaciones la Plataforma solicitaba su desestimación por su nulidad radical en base fundamentalmente a la inexistencia de una Evaluación Ambiental Estratégica, PROT, PSEC, un mínimo Plan eólico, falta de información y debate social previos, impactos significativos sobre el medio ambiente, la actividad y salud de las personas…

            La DIA modifica de forma sustancial el proyecto presentado a información pública durante la fase de alegaciones; modificaciones que no conocen afectados e interesados, entre ellos la Plataforma, ni las 1403 personas individuales, pues el proyecto al que alegaron y el ahora resultante de la DIA son completamente diferentes y exigen como tal una nueva información pública.

No se valoran adecuadamente las sinergias y efectos acumulativos de la enorme concentración de megapolígonos industriales eólicos en esta zona al norte del embalse del Ebro Sierra del Escudo y mucho menos para el resto de Cantabria. Es más, se produce una fragmentación fraudulenta de proyectos, como ya adelantaba La Plataforma en sus alegaciones:

“el P.E. Cuesta Mayor constituye un único mega-polígono con, al menos, P.E. La Coteruca, P.E. Lantueno, P.E. Alsa, P.E. Cerro Airo, P.E. La Costana, P.E. Campo Alto, P.E. Ebro Norte y P.E. El Escudo, tanto por cercanía como porque compartir líneas de evacuación y SETs”.

Es evidente que el P. E. Cuesta Mayor, en realidad constituye un solo polígono con los P.E. Alsa y Ebro Norte, solicitados por la misma empresa, con Cerro Airo, que solicita Boreas/Naturgy, y Campo Alto y La Costana, solicitados por Iniciativas eólicas de Cantabria, S.L., pues sus poligonales se encuentran a menos de 2 km. de distancia, siendo además que el P.E. Cuesta Mayor comparte instalaciones con los proyectos eólicos denominados La Coteruca, Lantueno, Alsa, Cerro Airo, La Costana, Campo Alto, Ebro Norte y El Escudo, todos los cuales son, en realidad, un solo mega-polígono industrial eólico.

No se valoran adecuadamente las sinergias y efectos acumulativos con otros parques eólicos en tramitación.

Ni el EIA ni la DIA tienen en cuenta otros proyectos cercanos en tramitación, como  Campo Alto y La Costana a los que hace referencia una separata asociada al proyecto Cuesta Mayor, tomando como referencia un acuerdo entre las empresas Green Capital, Biocantaber e Iniciativas Eólicas de Cantabria y llama también la atención que en el mapa de los proyectos eólicos situados en un radio de 10 km de la zona no aparezcan ni los proyectos de Bustafrades ni El Acebo, que son de la misma empresa y comparten líneas de evacuación y SET con Cuesta Mayor; tampoco se dice nada de líneas de evacuación, sinergias o efectos acumulativos con otros proyectos en la zona como Portillo de Jano o Cerro Airo, ni con otros en municipios colindantes, ni mucho menos, con el conjunto de los del sur de Cantabria, donde se pretenden concentrar la mayoría de los proyectos solicitados por lo que, insistimos, no estarían adecuadamente evaluadas las sinergias de los impactos ambientales acumulativos, pese a la acumulación de polígonos industriales eólicos en tramitación en Cantabria por el Gobierno regional o el MITERD recogida en la alegación previa y como resume la propia DIA en su solo párrafo en la pág.18 de las alegaciones presentadas previamente: “La Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria informa que la potencia total de proyectos de parques eólicos en tramitación en Cantabria es de 1.595,295 Mw, que duplican en exceso los 700 Mw que prevé el caducado PSEC y superan, incluso, los 1.400 Mw del Concurso eólico anulado, causando de esta forma impactos acumulativos y sinérgicos no contemplados por ninguna planificación energética.”.

Justifica todo ello nuestra queja referida a la total indefensión que genera la falta de planificación, ordenación, que hace que ni afectados, ni interesados, ni la propia Administración pueden valorar en su real medida los impactos sinérgicos, al seguirse la política de informar acerca de los proyectos eólicos uno a uno, cada cierto tiempo, sin visión conjunta territorial y temporal.

La única planificación existente, como así lo corrobora el anterior acuerdo citado, unido en un anexo al EsIA del P.E. Cuesta Mayor, estribaría en los acuerdos que pudieran existir entre, al menos, las empresas promotoras para repartirse las mejores zonas desde cualquier punto de vista, la administración e incluso alguna asociación subvencionada, que ni siquiera alega a este proyecto que conlleva graves impactos significativos sobre la avifauna.

No se evalúa la capacidad de carga del territorio, ni las sinergias y efectos acumulativos con otros polígonos en tramitación en la zona ni con los ya instalados y en tramitación  en el norte de Burgos.-

El EsIA ni la DIA han incorporado un “análisis específico de la capacidad de carga del territorio entendida como la aptitud de un área determinada para soportar un nivel de intensidad de usos, sin que se produzca un proceso de deterioro ambiental, social o cultural”, como recomendaba la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio.

Encontramos, hasta ahora, en la zona los siguientes proyectos en tramitación:

De Green Capital Power y sus filiales: Cildá 66 Mw, Bustafrades, 49,5 Mw, Alsa, 20 Mw, Cuesta Mayor, 35 Mw, El Acebo, 81,76 Mw, Lantueno, 45 Mw, La Coteruca, 51 Mw, Ebro Norte, 60 Mw, Cueto, 96 Mw, un subtotal de 504,26 Mw, a los que habría que sumar los promovidos por otras mercantiles: Cerro Airo, 6 Mw, de Boreas-Naturgy; El Escudo 151,2 Mw, de Biocantaber (Iberdrola + Ocyener); Campo Alto 32 Mw y La Costana 15,32 Mw, de Iniciativas eólicas de Cantabria.

Se trata, como hemos dicho, de un total de 13 proyectos y 708,78 Mw, a lo que habría que añadir la ampliación del Salto de Aguayo, Aguayo II, sobrepasando con exceso la capacidad de carga de cualquier territorio al pretender condenar esa zona a la casi exclusiva producción y evacuación de energía eléctrica causando un efecto acumulativo y sinérgico inasumible por ningún territorio, pues provocaría una barrera lineal, en especial impactante por la orografía, de las baterías de molinos que se pretenden implantar, llegándose a encontrar, de oeste a este, una continuidad ininterrumpida de polígonos industriales.

Afecta a espacios naturales protegidos y de la Red Natura 2000 y a su conectividad.- Corredor natural de fauna.-

“La Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria alega que el proyecto afecta a espacios naturales protegidos y de la Red Natura 2000, a su conectividad y corredor natural de fauna. Destaca que el territorio del proyecto es un corredor natural que permite la conexión de grandes mamíferos entre diferentes espacios protegidos e importantes masas forestales. También hace mención a que el área de estudio del EsIA es manifiestamente insuficiente para evaluar la afección o impacto sobre especies catalogadas como amenazadas, como el águilucho pálido y cenizo.” Pág. 11 de la DIA y pese a todo se emite declaración favorable.

El informe negativo que envió al Ministerio la misma Consejería de Medio Ambiente en  relación al polígono industrial eólico PE Garma Blanca, exponía que “para la generación de las alternativas, se tendrán en cuenta las Directrices ambientales del PSEC”, entre las que señalaba “evitar parques en espacios naturales protegidos de cualquier tipo, incluida la Red Natura 2000 y en su inmediato entorno (al menos 5 km)”, siendo sorprendente -y, sin duda doloso- que en el caso de la ilegal/permisiva DIA del PE El Escudo (pág. 66681 del BOE 31 mayo 2021) y en este mismo caso del P.E. Cuesta Mayor, tras aceptar que el dañino parque está “emplazado en el límite sur de la ZEC 1300016 Sierra del Escudo” y ampliar que, “si bien ningún aerogenerador se encuentra ubicado dentro de sus límites”, reconocer que “parte del vuelo de algunos aerogeneradores, así como partes de la línea eléctrica interna y de los viales de acceso se internan localmente en la ZEC” y que afecta también a la muy importante ZEPA ES0000252, Embalse del Ebro y otros espacios protegidos más alejados, no se acoge la doctrina de la DGBMAGC del Sr. Lucio, la consejería del Sr. Blanco y el gobierno del Sr. Revilla al informar para el PE Garma Blanca y los valles de los “nuevos -y muy ricos- pasiegos” y, en un -para nosotros, por el momento, desconocido- informe de 7 de julio de 2020 considerar “adecuada la elección de esta alternativa y compatible con las directrices del Plan de Sostenibilidad Energética de Cantabria”. ¿En qué quedamos?, ¿dónde está la igualdad de todos ante la norma?, ¿dónde ha quedado arrumbada la seguridad jurídica?

Según reconoce la propia DIA, pág.5 “El parque eólico se encuentra, dada su proximidad al Embalse del Ebro y a la Sierra del Escudo, en un área importante para el paso migratorio de aves. El camino de acceso al parque eólico se encuentra a menos de 200 m de la Zona de Especial Protección para las Aves ES0000252 “Embalse del Ebro” y del ámbito de la Zona Especial de Conservación ES 1300013 “Río y Embalse del Ebro”. Llama la atención que, siendo tal la afección sobre la avifauna, incluso a la tan “protegida” perdiz pardilla y la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) del Embalse del Ebro, que SEO/Birdlife no haya presentado ni siquiera alegaciones.

Por lo que se incumple el Documento de Alcance del P.E. Cuesta Mayor, que dice textualmente que para la generación de las alternativas, se tendrán en cuenta las determinaciones de las Directrices ambientales del PSEC", entre otras "evitar parques en espacios naturales protegidos de cualquier tipo, incluida la Red Natura 2000, y en su inmediato entorno (al menos 5Km)”.

La actual normativa de Cantabria establece que se evitará la instalación de proyectos industriales de energías renovables en espacios naturales protegidos y Red Natura”, pues el objetivo de la Red de Espacios Naturales Protegidos es dar forma a un conjunto coherente de sistemas naturales interconectados que aseguren la conservación de los recursos naturales y la biodiversidad, por lo que la contribución de tal Red a la de la biodiversidad dependerá de la coherencia interna de cada Espacio, de su cobertura cuantitativa y cualitativa y de su integración con el resto del territorio; así pues, la instalación pretendida interfiere en la interconexión, la coherencia interna del espacio y la integración con el resto del territorio protegido.

Afecta a HICs, Hábitats de interés comunitario y a grandes masas de bosques autóctonos de gran valor,-

Habiéndose atendido algunas de las alegaciones referidas a este aspecto, nos limitamos a dar por íntegramente reproducidos los argumentos contenidos en dichas alegaciones: “La Asociación para la Defensa del Sur de Cantabria señala en su informe que el parque eólico “Cuesta Mayor” y su línea de evacuación afectan a Hábitats de Interés Comunitario, algunos de interés prioritario, tales como Robledales de roble melojo oligotrófos (9430 y 9230) y hayedos acidófilos atlánticos con sotobosque de Ilex y a veces de Taxus (9120). El 23% de los accesos se realizarán atravesando bosques, lo que ocasionará su tala, incluyendo en ella no sólo la anchura de enormes pistas, sino toda una superficie alrededor que puede alcanzar los 60 m. Especialmente preocupante por su cercanía y valor, es el robledal junto al pueblo de Quintana, que no sólo verá afectada su masa, sino que también se drenará el arroyo que lo atraviesa. En el caso de las líneas de evacuación, el 28% de sus largos 14 km de recorrido atravesarán zonas de bosques que deberán ser talados. Entre ellos destacan hayedos que son hábitats de interés comunitario”, pág. 10 DIA.

Se incumplen las Directrices técnicas y ambientales del PSEC y las Leyes 7/2013, 25 noviembre y 4/2014, 22 diciembre, del paisaje de Cantabria. Afección al Paisaje Relevante 060 Embalse de Alsa y Embalse del Ebro.-

“La Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria alega el incumplimiento de la Ley del Paisaje de Cantabria que considera esta Zona de protección paisajística, alta fragilidad y muy alta calidad, máximas consideraciones en cuanto a valores paisajísticos, que exigen especial protección. Informa que el proyecto genera un impacto severo y crítico sobre el paisaje, en especial para los pueblos afectados, con graves daños ambientales y ecológicos y, en especial, pérdida de calidad de vida para los habitantes.” Pág.15 de la DIA.

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