NOTA DE PRENSA 28/10/2025: Salen de Sevilla a hacer -aquí y en más sitios- Las Américas. Alegaciones a PPEEólicos LAS AMÉRICAS 3 y 16. Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria

Salen de Sevilla a hacer -aquí y en más sitios- Las Américas

Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria

NOTA DE PRENSA

28/10/2025


Primero fueron a Tehuantepec y no hiciste nada, ahora vienen hacia aquí ¿ y ?

Hoy, la Plataforma ha presentado alegaciones contra dos mínimos chiringuitos, al parecer de Sevilla, con 3.000 € de capital social Arena Green Power, S.L., más un número distinto, cada uno, que pretenden promover los polígonos industriales PP.EE. Las Américas, 3 y 16, desgajadas de Arena Power, S.L., con una potencia de 49,99 Mw cada uno, de modo que, por una centésima de Mw, eligen el trámite, ¡vaya usted a saber por qué!, del gobierno regional y no el MITERD; afectan a los tt.mm. de Santa Mª Cayón, Villafufre, Santiurde Toranzo, Villaescusa, Penagos, El Astilero, Vega de Pas, Villacarrieedo, Selaya y Saro y lo hacen con urgencia, pretenden nutrirse de fondos next generation… que pagarán futuras generaciones.

Coincidiremos en que los apelativos numerados, Las Américas 3 y 16 harán gracia a todos, en especial a los vecinos propietarios “en mano común” del territorio que pretenden usurpar, al evidenciar que como especuladores/agiotistas, vienen desde Sevilla a conquistar/colonizar nuestro territorio y hacer negocio -“las Américas”- no al otro lado del charco, aquí. Alegamos como cusas de nulidad, entre otras:

·     Falta de evaluación ambiental conjunta de todos los polígonos industriales,

·     Incumplimiento del Convenio de Aarhus y de la normativa que lo desarrolla

·     Impactos críticos sobre especies amenazadas y sus hábitats.

·     Impactos críticos al patrimonio cultural, histórico y arqueológico.

·     Incorrecta valoración de los impactos sinérgicos de los polígonos eólicos, LATs y SETs y fragmentación de proyectos.

·     Acumulación de proyectos próximos.

·     Graves afecciones a la Red Natura 2000.

·     Impactos significativos a la salud y actividades económicas en el territorio.

·     Afección/robo de MUPs propiedad en mano común de los vecinos, a los que, sin informarles, ni siquiera se consulta.

Además, respecto al P.E. Las Américas 16 ya se emitió DIA desfavorable en el mismo lugar al PE El Acebo promovido entonces por Green Capital Power, S.L.U.-

Exigimos, pese a la egoísta actitud nimby de los burgueses urbanos nuevos pasiegos y merachos, que encabeza la familia Botín, por las razones expresadas y graves impactos en vida humana, sostenibilidad medioambiental, hábitats y ecosistemas de la Red de Espacios Naturales protegidos de Cantabria y Red Natura 2000, la salud y  actividad de las personas que, por su nulidad, se deniegue lo solicitado.

En defensa de la Ley y la propiedad “en mano común”, seguiremos informando  

Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria


Asunto: Información pública EOL-46-2022 P.E. LAS AMÉRICAS 3

y EOL-52-2022 P.E. LAS AMÉRICAS 16   

A LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS DEL GOBIERNO DE CANTABRIA.-

___________________________y _________________________________, como Presidente y miembro/asesor, respectivamente, de la Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria, en adelante la Plataforma, con CIF ____________, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones con el número ________ y con domicilio a efectos de notificación en surdecantabrianatural@gmail.com, comparecemos y DECIMOS:

Con fecha 22 y 23/09/2025 respectivamente hemos recibido notificaciones de “Solicitud de autorización administrativa previa y emisión de declaración de impacto ambiental del parque eólico LAS AMÉRICAS 3 de 49,99 MW y sus infraestructuras de evacuación en los términos municipales de Santa María de Cayón, Villafufre, Santiude de Toranzo, Villaescusa, Penagos y El Astillero. Expte: EOL-46-2022”, de 49,99 MW, 8 aerogeneradores de 180m, promovido por Arena Green Power 13, S.L., y “Solicitud de autorización administrativa previa y emisión de declaración de impacto ambiental del proyecto de parque eólico LAS AMÉRICAS 16 de 49,99 MW situado en los términos municipales de Vega de Pas, Villacarriedo, Selaya, Santa María de Cayón, Saro, Villaescusa, Penagos y El Astillero. Expte: EOL-52-2022”, de 49,99 MW, 8 aerogeneradores de 180m, promovido por, reduciendo riesgos para ellos, otra empresa, parecida pero distinta, Arena Green Power 14, S.L., solicitudes respecto a las cuales, en tiempo y forma, dadas sus evidentes similitudes, por medio de un único escrito referido a los dos expedientes de referencia, formulamos las siguientes

A L E G A C I O N E S :

PRIMERA.- Desde sus nombres hasta las potencias solicitadas 49,99 Mw, pasando por que sean dos las empresas solicitantes -Arena Green Power 3 y 14 S.L.-, del mismo grupo empresarial, supone una evidente burla ilegal, generadora de nulidad.-

Los apelativos numerados, Las Américas 3 y 16 son un auténtico insulto a todos, en especial a los vecinos propietarios “en mano común” del territorio que pretenden usurpar, evidenciando cómo, considerándose especuladores/agiotistas, vienen desde Sevilla a conquistar/colonizar el territorio habitado y hacer negocio -“hacer las Américas”- no al otro lado del charco, aquí mismo.

Otra burla, prueba de pérdida total del pudor, es que solicitan un polígono eólico de 49,99 Mw, para que, sin duda, lo tramite -por una centésima de Mw menos de 50- el gobierno regional y, a partir de ello, que cada cual saque sus consecuencias.

La evidente pretensión urgente de acceder a los fondos de recuperación -next generation, que pagarán futuras generaciones- de la UE es perversa fuente de aparición de solicitudes de macroproyectos eólicos en cualquier sitio, propuestos por peligrosas microempresas creadas ad hoc bajo estrambóticos nombres, como los presentes Arena Green Power 13 y 14 SL, para ocultar esconden especuladores locales que actúan como “conseguidores” iniciales -para los que hacen una parte del trabajo “sucio”- al servicio de los grandes consorcios energéticas -Gamesa, Iberdrola, Endesa, Fenosa,…- y, con un ínfimo capital social de 3.000 € y ninguna solvencia técnica, solo intentan apropiarse para ellos de las mejores partes del territorio de todos y tramitar la concesión administrativa para luego transmitirla, con (i)lógico beneficio agiotista, a esos grandes consorcios energéticos/financieros, en este caso concreto, siendo en estos casos peticionarias/promotoras Arena Green Power 13 y 14, SL, con domicilio social en Sevilla, pertenecientes a la misma matriz que Arena Power, S.L., de mini-empresas desgajadas que tienen solicitados otros macroproyectos eólicos próximos, tanto en Cantabria, como en Vizcaya y Álava, País Vasco.

SEGUNDA.- Íntegra reiteración de nuestras alegaciones a polígonos eólicos próximos.-

Pese a los insolidaria, dañina industria hostelera de la familia Botín asentada en la zona y la nefasta burguesía urbana de nuevos pasiegos y merachos, destructores de la idiosincrasia, territorio, arquitectura, paisaje,… pasiego, nimbys -no in my backa yard- patrocinadores de -solo- el repugnante “aquí no”, “a mí no“ que, sin mostrar un mínimo apoyo -¿qué saben ellos, tan egoístas, de solidaridad?- a los campurrianos y sobanos, aplauden la personal idea -¿pactada con quién?- del iluminado portavoz, desertor de las viejas tesis en el “concurso eólico” y posteriores atropellos, del PRC, Pedro José Hernando, por ello con repugnancia -excepto hacia el territorio y algún “viejo pasiego”- hacia todos ellos, insistimos en interesar que se declare la nulidad de pleno Derecho de ambos expedientes, así como de todas las solicitudes en tramitación referidas a polígonos industriales eólicos, siendo, entre otros varios, motivos jurídicos que apoyan tal solicitud:

·     Ausencia de evaluación ambiental conjunta de todos los polígonos industriales, llamados PP.EE., que se pretenden implantar, sin previa planificación ni, además, evaluación ambiental estratégica de los impactos, en todo el territorio regional.

·     Incumplimiento del Convenio de Aarhus y de la normativa que lo desarrolla en materia de participación informada cuando se afecta al medio ambiente.

·     Impactos críticos sobre especies amenazadas y sus hábitats que no pueden ser prevenidos, corregidos o compensados.

·     Impactos críticos al patrimonio cultural, histórico y arqueológico.

·     Incorrecta valoración de los impactos sinérgicos de los polígonos eólicos, LATs y SETs y fragmentación de proyectos.

·     Acumulación de proyectos próximos.

·     Graves afecciones a la Red Natura 2000.

·     Impactos significativos a la salud y las actividades económicas asentadas en el territorio.

·     Afección/robo de MUPs propiedad en mano común de los vecinos, a los que, sin informarles, ni siquiera se consulta.

Todos ello, junto a varios otros, motivos alegados -y sólidamente fundamentados- por la Plataforma en anteriores/diferentes escritos de alegaciones presentados ante esa Administración con relación a las decenas de polígonos cuyas solicitudes de autorización se tramitan.

Entendemos, pues, desde el estricto ánimo de colaborar con una Administración que desee adaptarse al imperio de la Ley que lo que, en primer lugar, debe valorar es si estos expedientes concretos cumplen la exigencia de la participación informada del Convenio de Aarhus y la Ley 27/2006, se ha realizado la evaluación ambiental conjunta regional que tienen, con firmeza, exigida TSJC y TS o tiene debidamente valoradas las sinergias generadas como consecuencia de la ilegal fragmentación que se lleva a efecto con la insoportable acumulación de proyectos conexos y el gravísimo daño que todo ello causa en la Red Natura 2000,…, en resumen, si se ha valorado cómo la falta de planificación y evaluación ambiental estratégica global genera un claro desorden en la generación energética, suponiendo, además, una clara desobediencia a la exigencia jurisprudencial fijada al anularse el llamado “concurso eólico.

No llevar a efecto, en forma legal, tal análisis y posibilitar la conclusión de expedientes viciados de nulidad desde su origen incrementa los perjuicios que, para intereses particulares y generales, supondría la inevitable posterior declaración de nulidad de todo ello, generando lógicas responsabilidades administrativas, políticas y personales que, como todas las ya causadas, serán exigidas por la Plataforma.

TERCERA.- Respecto al P.E. Las Américas 16 ya se emitió DIA desfavorable en el mismo lugar al PE El Acebo promovido entonces por Green Capital Power, S.L.U.-

Es agotador tener que recurrir de nuevo, dos años después, un polígono eólico en el mismo lugar en el que fue declarada DIA desfavorable el proyecto P.E. El Acebo, siendo que el BOE de 31/01/2023 tiene publicada “Resolución de 18 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del proyecto Parque eólico El Acebo de 81,76 MW, y su infraestructura de evacuación en Arenas de Iguña, Luena, Molledo, San Pedro del Romeral, Satiurde de Toranzo, Vega de Pas, Villacarriedo y Villafufre (Cantabria)”, promovido por Green Capital Power, S.L.U., cuyos impactos negativos son los mismos que los del polígono industrial que se propone en este caso, por lo que en aras de una elemental economía administrativa y procesal solicitamos se proceda -de forma inmediata y sin más trámites- a denegar la solicitud y archivar el expediente y no vuelvan a tramitar más solicitudes en lugares que ya han sido expresamente desestimados como hábiles para tan agresiva actividad.

CUARTA.- Reiteración.-

A fin de que no quede el mínimo resquicio para la menor duda, damos íntegramente reproducidos todos los conocidos e insistentemente reiterados argumentos anteriores de la Plataforma respecto a la inviabilidad actual de actuaciones tan agresivas para la vida y la sostenibilidad medioambiental como las aquí pretendidas.

A su tenor, 

SOLICITAMOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS DEL GOBIERNO DE CANTABRIA que, teniendo por presentado este escrito y por formuladas las consideraciones de hecho y derecho que en el mismo se expresan, se tenga por formulado ESCRITO DE ALEGACIONES referido a “Solicitud de autorización administrativa previa y emisión de declaración de impacto ambiental del parque eólico Las Américas 3 de 49,99 Mw y sus infraestructuras de evacuación en los términos municipales de Santa María de Cayón, Villafufre, Santiude de Toranzo, Villaescusa, Penagos y El Astillero. Expte: EOL-46-2022”, de 49,99 Mw, 8 aerogeneradores de 180 m., promovido por Arena Green Power 13, S.L., y “Solicitud de autorización administrativa previa y emisión de declaración de impacto ambiental del proyecto de parque eólico Las Américas 16 de 49,99 MW situado en los términos municipales de Vega de Pas, Villacarriedo, Selaya, Santa María de Cayón, Saro, Villaescusa, Penagos y El Astillero. Expte: EOL-52-2022”, de 49,99 MW, 8 aerogeneradores de 180 m., promovido por Arena Green Power 14, S.L admita y dé a todo ello la tramitación precisa para que, de forma urgente y a tenor de lo dispuesto en la Ley 21/2013, 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental y otras se resuelva su nulidad radical por las razones que hemos dejados expresadas y, en concreto, la inexistencia de una imprescindible Evaluación Ambiental Conjunta, al no existir en esta región PROT, PSEC, ni un mínimo Plan eólico, por falta de participación informada de todas las personas interesadas, en especial los “propietarios en mano común” y de un debate social previo sobre la necesidad y el futuro de la generación y el consumo energéticos, todo ello a tenor de los significativos impactos negativos que, sobre la vida humana y la sostenibilidad medioambiental y hábitats y ecosistemas de la Red de Espacios Naturales protegidos de Cantabria y Red Natura 2000, así como sobre especies amenazadas y, en especial, los daños en la salud y  actividad de las personas se pretenden causas, a tenor de todo ello interesamos que se deniegue lo solicitado, teniéndosenos por personados en el expediente y notificándosenos, como interesados, cuanto en el mismo se acuerde a partir de este momento.

En Arcera-Aroco, Cantabria, a veintiocho de octubre de 2025

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