Ref.: EAE ORDINARIA/Nº EXPTE 10 PROT
Asunto: Consulta sobre alcance de Estudio Ambiental Estratégico del PROT
AL SERVICIO DE IMPACTO Y AUTORIZACIONES AMBIENTALES. DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO DE CANTABRIA
................................................................, con DNI ..............., en nombre propio y en representación de la PLATAFORMA PARA LA DEFENSA DEL SUR DE CANTABRIA, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones con el número ...................y con domicilio a efectos de notificaciones en ............................... ............................................................................... , EXPONGO:
Que en escrito recibido el 28 de noviembre de 2016, en fase de consultas del Documento Inicial Estratégico (DIE) del Plan Regional de Ordenación del Territorio (PROT) de Cantabria y referido a la amplitud y nivel de detalle del Estudio Ambiental Estratégico (EAE) a tenor de sus impactos más significativos, así como sobre otras posibles alternativas de actuación, informaciones o normas que deban ser especialmente consideradas por el promotor para su elaboración, dentro del plazo fijado en la Ley 21/2013 de Evaluación ambiental con carácter meramente provisional e indicativo efectúo las siguientes SUGERENCIAS, PROPUESTAS Y CONSIDERACIONES:
Previa.- Doy por íntegramente reproducidas todas nuestras anteriores argumentaciones referidas a la excesiva burocracia y poca “sustancia” que encontramos en lo que para nosotros es una mera apariencia de proceso de participación, así como que, en lo que afecta a las infraestructuras en Cantabria, todo está en marcha al margen del PROT y no queda casi nada por planificar, motivo por el que entendemos que la actividad que se está desarrollando es inoperativa para lograr una correcta y eficaz ordenación del territorio en nuestra región, pues, entre otras razones, se parte del inane PSEC 2014-2020 que debiera ser posterior al PROT, como de un Plan de Acción Industrial y otro de Gestión de Residuos ya en trámite, la red de autovías concluida, la amenaza eólica, la salvajada de los permisos de fracking, el desorden del Puerto de Santander y el “favor” a Botín,…, aspectos esenciales en lo que el PROT no va a incidir.
Insisto también en que lo que Vds. proponen no responde a las exigencias del Convenio de Aarhus y la Ley española 27/2006, por lo que, en su día, les manifestamos expresamente nuestra renuncia a participar, por el momento, en el proceso, si bien les solicitábamos, como ahora reiteramos, que se nos faciliten los documentos de trabajo, conclusiones y propuestas que, en su caso, se generen.
Primera.- PLAZO DE CONSULTAS.- Según la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, el plazo mínimo para contestar las administraciones y las personas interesadas consultadas es de 45 días hábiles y no los 30 que se otorgan en su escrito.
Segunda.- SOBRE EL DOCUMENTO INICIAL.- Se trata de una mera declaración de buenas intenciones y simples generalidades, que más que un documento para iniciar la elaboración del PROT, parece un atlas geográfico de Cantabria, pues no incluye ni planifica las grandes infraestructuras previstas sobre el territorio, por lo que no se puede evaluar ni los impactos, ni las sinergias o efectos acumulativos sobre éste, sus poblaciones y las actividades socio-económicas ya asentadas en él.
Tercera.- SOBRE EL CONTENIDO Y AMPLITUD DE DETALLE DEL EAE ORDINARIA.- A este respecto, sería necesaria una mayor calidad del documento, así como la aportación de informes necesarios, como Planes de conservación de especies amenazadas, PORN Hijedo, Proyecto de Tren de Altas Prestaciones, Proyectos eólicos en tramitación, Autovía del Electrón, grandes líneas de alta tensión y subsestaciones eléctricas,…, para una adecuada evaluación ambiental y determinación de los efectos significativos sobre el Medio Ambiente de las infraestructuras previstas.
Cuarta.- PLAN DE DESARROLLO RURAL LEADER CAMPOO-LOS VALLES 2014-2020. Las infraestructuras energéticas y de transporte que debiera enumerar y analizar el PROT, inciden en el Plan de Desarrollo Rural Leader Campoo-Los Valles 2014-2020, que se verá directamente afectado por las mismas.
Quinta.- MEGAWATIOS EÓLICOS.- Ni el PSEC-2014-2020, ni del documento base, ni el inicial del PROT presentados planifican ni ordenan en el territorio los Mws eólicos propuestos, de modo que no se pueden evaluar adecuadamente sus efectos y las sinergias sobre los diferentes territorios, el paisaje, patrimonio natural, cultural y las poblaciones en él asentadas, estimando que sería necesario elaborar un plan territorial sectorial eólico o un instrumento similar.
Sexta.- ESPECIES PROTEGIDAS.- Nueve años después de ser aprobado el Catálogo Cántabro de Especies Amenazadas (Decreto 120/2008, 4 diciembre) aún se desconoce el estado de las poblaciones de las especies protegidas incluidas en él en sus diferentes categorías (“Vulnerables”,…) y no se han aprobado sus preceptivos Planes de recuperación y Conservación y, en su caso, de protección de su hábitat, por lo que se deberían realizar previamente a iniciar la tramitación del PROT, a fin de llevar a cabo una evaluación adecuada de la afección a sus poblaciones por los diferentes proyectos e infraestructuras.
Séptima.- CONECTIVIDAD ECOLÓGICA- Pese a su alta conectividad ecológica, ser fundamentales para asegurar la del gran proyecto de corredor ecológico del Sur de Europa y tener valores sobrados para ser incluidos en la Red Natura, los Valles del Sur de Cantabria y la Sierra del Escudo son los únicos lugares, desde Galicia a Pirineos, que han quedado fuera, en su mayor parte, de la Red Natura.
Valles del Sur de Cantabria no incluidos en la Red Natura,
donde se pierde la conectividad de la Cordillera Cantábrica
De este modo se incumplen el Plan Estratégico y las Directrices del Gran Corredor ecológico del sur de Europa: Sierras del Norte de Portugal-Cordillera Cantábrica-Pirineos-Macizo Central-Alpes Occidentales.
En la elaboración de dichas Directrices del Proyecto de “Plan Estratégico del Gran Conector Ecológico: Cordillera Cantábrica-Pirineos-Macizo Central-Alpes Occidentales”, en el que participa la Fundación Biodiversidad, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, ha participado el Comité Español de la UICN y su homólogo francés, siendo un documento que servirá de apoyo para futuros planes de gestión y proyectos de conservación y participación pública.
Las Directrices definen las líneas de actuación para conservar la funcionalidad de los ecosistemas de montaña y preservar el patrimonio natural y cultural, los servicios ambientales proporcionados y la conectividad ecológica.
El ámbito geográfico del corredor es muy amplio y, no obstante, tiene amenazas como la pérdida de la diversidad de paisajes o el efecto barrera de las infraestructuras de transporte y energía construidas o en construcción.
Octava.- PAISAJE ROMÁNICO. CAMPOO-LOS VALLES: PAISAJE CULTURAL EUROPEO, PAÍS ROMÁNICO PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD.-
Era objetivo específico incluido en el Borrador del PROT de 2011 que “el Gobierno deberá establecer los medios necesarios para que la zona denominada “Románico Sur” sea declarada Patrimonio de la Humanidad por la Unesco”, lo que ahora sin motivación alguna desaparece en el Documento Base y en el Documento Inicial objeto de consulta.
Campoo-Los Valles, abarca un vasto territorio que forma una unidad paisajística cultural con la Montaña del Norte de Palencia y norte de Burgos, el llamado País Románico.
Si bien todo el territorio constituye un verdadero Paisaje Románico que permite contemplar las iglesias tal y como cuando se erigieron, posee además otros valores de gran interés histórico, arqueológico y artístico, como son la existencia de varios escenarios muy bien conservados de las guerras cántabras contra Roma y un gran número de iglesias rupestres alto medievales, habiendo en diversos países europeos vastos territorios calificados y protegidos por motivos incluso menos justificados que el nuestro, por ejemplo el País de Los Cátaros en Francia.
En este caso las figuras podrían ser País Románico, Patrimonio Cultural Europeo o la propuesta para la declaración como Patrimonio de la Humanidad, denominada “Espacio Románico de los Valles Altos del Ebro y Pisuerga”, que engloba la Montaña del Norte de Palencia, Campoo-Los Valles (Cantabria) y Alto Ebro Las Loras (Burgos).
La posible ejecución de infraestructuras de comunicaciones, eólicas, de transporte energético,… deberían tener en cuenta la enorme calidad y fragilidad de estos paisajes histórico-culturales, a los que se podría hacer perder parte de sus valores y reconocimiento.
Un Paisaje Cultural constituye un valioso e insustituible recurso como elemento revitalizador del territorio, especialmente necesario para el desarrollo de los periféricos, afectados por procesos de despoblación. Los usos que se espera sean motores de revitalización territorial son los asociados a actividades de ocio y turísticas, apoyadas en la excelencia paisajística del territorio.
En los últimos años el turismo se ha convertido en una importante fuente de ingresos en el medio rural en esta zona, habiendo aparecido diversos establecimientos de restauración y alojamiento, Posadas, Casas Rurales, Restaurantes,…, que suponen una muy importante fuente de ingresos y uno de los principales elementos fijadores de la población en esta comarca.
Novena.- PARTICIPACIÓN CIUDADANA: CONVENIO DE AARHUS- El Convenio y las normas que lo desarrollan tratan de evitar que, como parece querer hacerse en este caso, se intente una aparente y no real participación ciudadana, con un confuso trámite burocrático que dice convocar a los agentes implicados, pero olvida de nuevo a los posibles afectados directos por los grandes proyectos e infraestructuras: vecinos, Concejos Abiertos/Juntas Vecinales propietarios de los terrenos comunales, concejales y pedanías a los que se priva del exacto conocimiento y, en especial, del debate público de las razones y efectos de cada actuación concreta, hurtándole el acceso a la información y la práctica de la participación ciudadana que se impusieron en Aarhus.
Hay que insistir, pues, en la exigencia de una correcta y objetiva información previa, que potencie una real participación política ciudadana que se concrete en un eficaz debate público, poniendo sobre la mesa del mismo todas las razones e intereses en litigio.
Implantar proyectos e infraestructuras sin informar de modo adecuado acerca de los mismos y sus reales impactos a las poblaciones afectadas no genera otra cosa que desengaño y desafección social local hacia los proyectos.
La participación social no se reduce a posibilitar la mera presentación de alegaciones durante el periodo de información pública, ni a exhibir abstrusos documentos, exagerada e innecesariamente técnicos, ni a asistir a reuniones, ni a poder entrar en un portal de internet,…, exige facilitar a la población local, de forma previa y durante el trámite, un conocimiento real y suficiente de lo que se propone, para, entre todos, decidir el mejor modelo de desarrollo territorial y socioeconómico para la zona.
Por todo ello,
SOLICITO DEL SERVICIO DE IMPACTO Y AUTORIZACIONES AMBIENTALES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO DE CANTABRIA que se tenga por presentado este escrito y, con las advertencias acerca de nuestros reparos a la legalidad del trámite, por expresadas las anteriores SUGERENCIAS, PROPUESTAS Y CONSIDERACIONES, se dé a todo ello el trámite más ajustado a Derecho, se nos tenga por parte interesada en el expediente que al efecto se tramite y se nos notifique cuanto en él se actúe y, en todo caso, se nos dé contestación razonada a lo planteado en este escrito.
En Valdeprado del Río, Cantabria, a 19 de diciembre de 2016