Autorización administrativa P.E. SOMALOMA-LAS QUEMADAS BOC 24 02 2023 ttmm, Valdeprado del Río, Valdeolea y Campoo de Enmedio

VIERNES, 24 DE FEBRERO DE 2023 - BOC NÚM. 39


7.2. MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA


 CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, TURISMO, INNOVACIÓN,

TRANSPORTE Y COMERCIO

DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS

Resolución relativa a la autorización administrativa previa del parque eólico Somaloma-Las Quemadas, de 45 MW, y su infraestructura de evacuación, situado en los términos municipales de Campoo de Enmedio, Valdeprado del Río y Valdeolea. Expediente EOL-06-2015 P.E. SOMALOMA-LAS QUEMADAS.

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Marcano en el país de las maravillas. Es necesario un debate público. NOTA DE PRENSA 23/02/2023. Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria

Marcano en el país de las maravillas

Es necesario un debate público

NOTA DE PRENSA 23/02/2023

Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria

Confirmada la laxitud regionalista hacia la “res pública”, con Gochicoa que, sorprendido, no sabe nada y Revilla bajando el pistón, sin exigir ya la guillotina para, prudente, limitarse a pedir el peso de la ley, ¡faltaría más!, para la nueva trama corrupta que zarandea a su gobierno, no es buen momento el elegido por Marcano para alardear de la, entre otras cosas, ilegal ineptitud de más de 10 años de caos eléctrico en plena emergencia climática, de incapacidad para poner en marcha una generación energética sostenible para todos, pretendiendo presentar su ridículo fracaso como una parte del país de las maravillas y evidenciando que su idea de la política (que nos afecta a todos) es la de Alicia (una niña) que no admite otro límite que lo que le interesa y lleva a la práctica el “todo vale”, siendo preciso comparar con la cruel realidad lo que, rodeado por anuncios pagados de Iberdrola, difunde Europa Press de su parloteo el pasado lunes en la calle Alta sobre un panorama energético que, dice el consejero, “ha cambiado tras 2 años complicados” y, para él, “se antoja exitoso”, como en el caso de Alicia, un mero antojo.

·         No son 2 años, llevamos ya más de 10 de corrupta ineficacia político-administrativa intentando implantar un molino, sin conseguirlo.

·         Si pudiéramos ejercer el derecho a la información y la libertad de expresión, no habría sorpresas como la del funcionario “educado”, “currante” ¿y único? de carreteras y todo el mundo tendría claro que los ilegales, lentos, erráticos y, para el peculiar Marcano, “exitosos” trámites eólicos se rigen por la ley y están sujetos, junto a la vigilancia de los afectados, salvo El Escudo y Bustatur, competencia del MITERD, al poco serio control y decisión de su consejería, siendo ésta, el ministerio y el oligopolio culpables únicos de la ilegalidad y los, insistimos, más de 10 años de catástrofe y desasosiego para todos.

·         Habiéndose notificado (al menos) por correo a la Plataforma, no queremos pensar que sea falso que, aún no publicado en BOC/BOE, el polígono industrial Somaloma-Las Quemadas cuente con autorización administrativa previa, una resolución de trámite que, insistimos, compete a la consejería de Marcano y que, al ser ilegal en su trámite, recurriríamos hasta el final.

·         Marcano “prevé” (es competencia exclusiva de su consejería y ¿no lo sabe?) que se otorgará esta semana autorización administrativa previa a los polígonos industriales La Costana, Campo Alto y Cuesta Mayor, lo que, como lo de Somaloma-Las Quemadas, carece de cualquier relevancia práctica, pues, dado su (nulo) respeto a la ley en el trámite, si ello fuera cierto, lo recurriríamos administrativamente y, de ser preciso, ante los Tribunales.

·         Es falso que, al contrario de lo afirmado por Marcano en su parloteo en la calle Alta, esos polígonos tengan, salvo durante la hipotética obra, “una previsión de creación de, como mínimo, 200 puestos de trabajo en estas zonas”.

·         Salvo que se oculte información, no es cierto que sólo haya “ocho parques eólicos autonómicos pendientes de Declaración de Impacto Ambiental”.

·         Nadie ha “intentado convencer, contaminando el ambiente de que nuestro territorio se vaya a llenar de polígonos industriales eólicos, ni que, legalmente, haya zonas de exclusión eólica, ya que todos sabemos que, al ser ilegales, no se implantará ni uno.

·         El Plan de Sostenibilidad Energética ¡¡2021!!-2030 es una quimera y su gandul ineptitud hace imposible que sea tramitado.

·         Es falso (y, de no serlo, sería ilegal) que exista “el borrador del estudio ambiental estratégico” (legalmente es Evaluación Ambiental Estratégica), siendo imposible que en marzo, el mes próximo, “se lleve a consulta de las secretarías generales del gobierno y a información pública” ¡Insistimos, o es mentira o sería, nuevamente, ilegal!

Para no confundir a la opinión pública con la escisión entre discurso político y realidad, convocamos al consejero, tan aficionado a parlotear, a que, cuando su apretada agenda se lo permita, tengamos un DEBATE PÚBLICO sobre todo lo relacionado con la catástrofe energética eólica en nuestro territorio.

DIA DESFAVORABLE P.E. CERRO AIRO BOC 21 febrero de 2023 promovido por BOREAS NATURGY, alegaciones de la Plataforma 26 07 2022 y arbitrariedad de las DIAs

DIA DESFAVORABLE P.E. CERRO AIRO

 BOC  21 febrero de 2023

promovido por BOREAS NATURGY,

https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=385806

Alegaciones de la Plataforma 26 07 2022 y arbitrariedad de las DIAs   

    En el BOC de 21 de febrero de 2023 se ha publicado “Resolución por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental del proyecto Parque eólico CERRO AIRO, …”; “En consecuencia, esta Dirección General…, formula declaración de impacto ambiental desfavorable para el proyecto “Parque eólico CERRO AIRO, de 6 MW, en el término municipal de Campo de Yuso”, promovido por Boreas Tecnología S.L.

La Plataforma y 282 alegaciones particulares, ya pidieron durante el periodo de información pública su nulidad radical por graves ilegalidades: “se resuelva  la radical nulidad del proyecto, como la tenemos solicitada para el resto de los actualmente en tramitación en Cantabria, por razones, fundamentalmente, de falta de información y debate social previos, acumulación de proyectos, inexistencia de evaluación ambiental estratégica, defectos invalidantes en el trámite de la DIA, nulidad de PNIEC, falta de PROT, PSEC, Ley de Suelo, Plan Eólico…, por suponer impactos significativos sobre el medio ambiente, la actividad y salud de las personas.”; muchos de los cuales coinciden con los que ya adelantaba la Plataforma en julio de 2022 y entre los que podríamos destacar los siguientes:

SEXTA.1.- Fragmentación de proyectos. El P.E. Cerro Airo puede considerarse una parte de los PP.E.E. Campo Alto y La Costana solicitados por Iniciativas Eólicas de Cantabria a menos de 2 km, por lo que debieran evaluarse conjuntamente.

Es evidente que el P. E. Cerro Airo, en realidad constituye un solo polígono industrial eólico con los PP.E. Campo Alto y La Costana, solicitados por Iniciativas Eólicas de Cantabria, S.L. ya que sus poligonales se encuentran a menos de 2 km. de distancia, "(...) se encuentren a menos de 2 km. de otro parque eólico en funcionamiento, en construcción, con autorización administrativa o con declaración de impacto ambiental", lo que implica que debiera tramitarse en conjunto para valorar adecuadamente las sinergias e impactos acumulativos.

SEXTA 3.- Graves afecciones a la salud de las poblaciones afectadas.-

El Parque eólico Cerro Airo se encuentra proyectado a unos 500 m del pueblo de Aldueso, a 900m de Villapaderne y a 1 km. escaso del pueblo de Orzales.

El tamaño de los aerogeneradores proyectados de 180 m. de altura total -110 m de buje más 70 m. de pala- y los graves efectos acreditados sobre la salud han obligado a legislar en países como Alemania o Baviera,  que como mínimo, para la instalación de eólicos industriales se aplique con carácter obligatorio la Regla 10H (10 veces la altura total de un aerogenerador incluidas las palas) en relación a las viviendas residenciales y las “zonas naturales protegidas”, tales como Natura 2000 y los parques Nacionales…

La propia DIA recoge que según la zonificación ambiental del MITERD “la distancia a núcleos urbanos que delimita la zona de sensibilidad ambiental máxima en el modelo para la instalación de parques eólicos será de 1.000 m siguiendo el principio de precaución”. Las propias Directrices ambientales del PSEC 2014-2020, recomiendan “que los aerogeneradores se ubiquen a más de 1.000 m. de núcleos rurales o de suelos clasificados como urbanos o urbanizables”.

El mismo criterio se debiera haber aplicado por lo tanto en el caso del P.E. Bustatur, que se encuentra del proyectado a una misma distancia del pueblo de La Aguilera, lo que pone en evidencia la arbitrariedad de la administración ambiental que, en base a unos mismos criterios, emite una declaración favorable o desfavorable según interese.

SEXTA 4.- No se han evaluado correctamente las sinergias con todos los proyectos eólicos en tramitación al norte del embalse del Ebro. Sobresaturación inasumible de proyectos energéticos en la zona.-

El Anexo 8 del EsIA no valora correctamente las sinergias de todos los proyectos eólicos en tramitación al norte del embalse del Ebro; toma como referencia los proyectos en un radio de 10km., pero no es suficiente para evaluar correctamente las sinergias en esta zona, quedando sin evaluar proyectos tan importantes, que ni siquiera se mencionan, como el del P.E. El Escudo, solicitado por Biocantaber, S.L., de 151 Mw y 36 aerogeneradores, u otros como el de Cildá (66 Mw, 22 molinos), Alsa (20 Mw, 4 molinos) o Bustafrades (49,5 Mw, 11 molinos), y mucho menos, con otros polígonos en tramitación o ya instalados en el norte de Burgos.

Encontramos, hasta ahora, en la zona los siguientes proyectos en tramitación: De Green Capital Power y sus filiales: Cildá 66 Mw, Bustafrades, 49,5 Mw, Alsa, 20 Mw, Cuesta Mayor, 35 Mw, Lantueno, 45 Mw, La Coteruca, 51 Mw, Ebro Norte, 60 Mw, Cueto, 96 Mw, un subtotal de 504,26 Mw, a los que habría que sumar los promovidos por otras mercantiles: el presente de Cerro Airo, 6 Mw, de Boreas-Naturgy; El Escudo 151,2 Mw, de Biocantaber (Iberdrola + Ocyener); Campo Alto 32 Mw y La Costana 15,32 Mw, de Iniciativas eólicas de Cantabria.

Se trata, como hemos dicho, de un total de 13 proyectos y 708,78 Mw, a lo que habría que añadir la ampliación del Salto de Aguayo, Aguayo II, sobrepasando con exceso la capacidad de carga de cualquier territorio al pretender condenar esta zona a la casi exclusiva producción y evacuación de energía eléctrica causando un efecto acumulativo y sinérgico inasumible por ningún territorio…

SEXTA 6.- Ilegal afección a espacios naturales protegidos y de la Red Natura 2000 y a su entorno de protección.-

“Concretamente el aerogenerador más cercano se sitúa a 850m de la ZEPA ES 000052 “Embalse del Ebro” y a 880 m de la ZEC ES1300013 “Río y Embalse del Ebro” pág. 3 de la DIA.

Como ya adelantaba La Plataforma en sus alegaciones “El emplazamiento del PE se proyecta a escasos metros del Embalse del Ebro, ZEC y LIC ES1300013 Río y Embalse del Ebro, por lo que incumple las "Directrices técnicas y ambientales" del PSEC 2014-2020 de Cantabria”, …pág 10 DIA

La Dirección General de Medio Ambiente en informe de 20/04/2021 al EIA del P.E. Garma Blanca, exigía, entre otras cosas que “se eviten parques en espacios naturales protegidos de cualquier tipo, incluida la Red Natura 2000” y “en su inmediato entorno (al menos 5 km)”. Según este mismo criterio se debieran haber desestimado también los PPEE. de El Escudo y Bustatur pues se encuentran en la misma situación que Garma Blanca o Cerro Airo, lo que corrobora una vez más la arbitrariedad y parcialidad en la interpretación de una misma norma, que se aplica en uno u otro sentido según convenga.

DIA DESFAVORABLE P.E. EL ACEBO BOE 31 enero de 2023, alegaciones de La Plataforma 05/10/2021 y PARCIALIDAD de las DIAs

DIA DESFAVORABLE P.E. EL ACEBO

 BOE 31 enero de 2023,

https://www.boe.es/boe/dias/2023/01/31/pdfs/BOE-A-2023-2585.pdf

alegaciones de La Plataforma 05/10/2021 y PARCIALIDAD de las DIAs

            En el BOE de 31 de enero de 2023 se ha publicado la “Resolución de 18 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental desfavorable del proyecto “Parque eólico EL ACEBO de 81,76 MW, y su infraestructura de evacuación, en Arenas de Iguña, Luena, Molledo, San Pedro del Romeral, Santiurde de Toranzo, Vega de Pas, Villacarriedo y Villafufre (Cantabria)”, promovido por Green Capital Power, S.L., “por apreciar que dicho proyecto previsiblemente causará impactos adversos significativos sobre la biodiversidad, el patrimonio cultural y el paisaje, sin que la selección de alternativa y las medidas de prevención, corrección y compensación previstas por el promotor constituyan una garantía suficiente para la adecuada protección del medio ambiente.”

            La Plataforma durante el periodo de información pública y 928 alegaciones de personas físicas ya pidieron su nulidad radical en octubre de 2021 por “la inexistencia de una imprescindible Evaluación Ambiental Estratégica, al no existir en Cantabria PROT, PSEC, ni un mínimo Plan eólico, por no consultar a todas las personas interesadas, concejos y juntas vecinales, faltar información y un debate social previos sobre el futuro de la generación y el consumo energéticos y por generar insostenibles impactos sobre el medio ambiente, sobre hábitats y ecosistemas de la Red de Espacios Naturales protegidos de Cantabria y Red Natura 2000 así como sobre especies amenazadas y muy graves daños a la salud y forma de vida de la población asentada en su entorno y su posible futuro desarrollo, sobre importantes valores patrimoniales, así como valores ganaderos, agrícolas, culturales, turísticos… todo ello inasumible y no evitable con modificaciones cosméticas del proyecto”.

Los motivos por los que se dice emitir la declaración desfavorable, que ya adelantaba la Plataforma en sus alegaciones de octubre de 2021, evidencian el doble rasero y parcialidad de la Administración según se trate del P.E. EL ESCUDO o del P.E. EL ACEBO. Entre los que podemos destacar las siguientes:

TERCERA.- Nulidad por falta de contestación a nuestras alegaciones en la fase de consultas y no haberlas incorporado al expediente, lo mismo que las de las demás administraciones e interesados consultados, no habiendo informado a fundamentales interesados, en especial Concejos y Juntas propietarios del territorio comunal.-

Pese a haber realizado alegaciones durante la fase de consultas previas en dos ocasiones, la primera con fecha 23/08/2018 y la segunda, en una consulta modificada, el 29/11/2018,  la Plataforma no ha recibido contestación o notificación alguna, lo que, por sí solo, vicia de nulidad todo el procedimiento; tampoco se unen a los documentos sometidos a información pública, a la memoria, el EIA o los anexos las contestaciones a las Consultas de las diferentes Administraciones tanto estatales como autonómicas, o locales, ni las de las diferentes personas  físicas y jurídicas interesadas, lo que de igual modo vicia de nulidad el expediente (…)

CUARTA.- Fraccionamiento de proyectos: el PE El Acebo es un mega-polígono único que comparte líneas de evacuación y SETs con, al menos Alsa, Cildá, Bustafrades y La Coteruca, Lantueno, Cuesta Mayor, La Costana, Campo Alto, El Escudo, Ebro Norte y Cueto, procediendo, en su caso, acumular sus trámites en un único expediente.(…)

NOVENA.- Afecta a espacios naturales protegidos, Red Natura 2000 y su conectividad.- La línea de evacuación del P.E. Acebo se adentra en la ZEC ES 1300016 Sierra del Escudo, incumpliendo las Directrices ambientales del PSEC, entre otras la de "evitar parques en espacios naturales protegidos de cualquier tipo, incluida la Red Natura 2000, y en su inmediato entorno (al menos 5Km)”.

Afecta, además, a espacios de la Red Natura 2000 y a su conectividad: ZECs Río Pas y Montaña Oriental, ZEC 1300016 Sierra del Escudo, ZEPA ES0000252 “Embalse del Ebro” (Cantabria), siendo que la actual normativa regional establece que se evitará la instalación de proyectos industriales de energías renovables en espacios naturales protegidos y Red Natura”, (…)

UNDÉCIMA.- Afecta a HICs, Hábitats de interés comunitario y a grandes masas de bosques autóctonos de gran valor,-

El PE El Acebo y su línea de evacuación afectan también a Hábitats de Interés Comunitario, … Se podrían destacar por su interés especial los siguientes:la línea de evacuación afecta a una gran superficie arbolada de Roble pedunculado (Quercus robur) y Haya (Fagus sylvatica), en concreto se vería afectado el Monte Canales, considerado como bosque y paisaje relevante de Cantabria…

 

DUODÉCIMA.- Afección a flora y fauna del Catálogo Regional de Especies Amenazadas.-

Afección a rapaces forestales:Hieraaetus pennatus (Águila calzada) Anexo I/LESPRE; Pernis apivorus (Abejero europeo) Anexo I/LESPRE; Azor, … El EIA sólo hace referencia al impacto de los aerogeneradores, pero no de sus líneas de evacuación, que afectan a importantes masas forestales y por lo tanto a las rapaces anteriormente citadas.

Afección a rapaces rupícolas: El EsIA no detecta nidos de alimoche en el área de estudio, sin embargo, en el EsIA del PE Aguayo 5, que coincide en la misma ubicación que el presente P.E El Acebo menciona la presencia de nidos de alimoche a menos de 5kms.

Afección a rapaces protegidas de espacios abiertos: El área de estudio del EIA P.E. El Acebo es manifiestamente insuficiente para evaluar la afección o impacto sobre especies amenazadas, clasificadas como Vulnerables en el CREAC, como el aguilucho pálido y cenizo, pues no se tienen en cuenta las sinergias con otros polígonos industriales eólicos…

No puede, por otra parte, valorarse adecuadamente el impacto sobre las poblaciones de estas especies amenazadas, aguilucho pálido y cenizo, al no existir un censo oficial en Cantabria; el censo a que se refiere el EIA de 2017, de SEO/Birdlife, no ha efectuado la prospección adecuada de ambas especies, adaptadas en estas zonas de montaña a hábitats de pastizal con matorrales y brezales, por lo que no han sido localizadas muchas de las parejas existentes…

Transcurridos 12 años desde la aprobación del Catálogo de Especies Amenazadas de Cantabria, CREAC,  no se han aprobado los Planes de Recuperación y Conservación de las Especies Amenazadas que exige la Ley 4/2006, de 19 de mayo, de conservación de la naturaleza y el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Cantabria, aprobado por el gobierno regional por Decreto 120/2008, de 4 de diciembre, que regula el Catálogo regional de Especies Amenazadas de Cantabria, lo que, sin duda posible, es exigible a la Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático que, con su poca responsable actitud, además de incumplir la legalidad, se convierte en una grave amenaza para la conservación de las especies en “peligro de extinción” o “vulnerables”, como el Milano real, Alimoche, Águila Real, Aguilucho pálido y cenizo,…

El estudio de Quirópteros está incompleto, no lleva a cabo un estudio mínimo de un año de duración y se basa en unos simples muestreos desde septiembre a noviembre de 2019…

DÉCIMOTERCERA.- Afectaría negativamente a los trámites para declarar Reserva de la Biosfera o Patrimonio de la Humanidad a la Montaña Pasiega.

Agresivos proyectos eólicos como el P.E. El Acebo suponen la imposibilidad práctica del reconocimiento internacional como Reserva de la Biosfera o Patrimonio de la humanidad para la Montaña pasiega. “Varias entidades locales, como la Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria informan que el desarrollo del proyecto afectaría negativamente a los trámites para declarar Reserva de la Biosfera o Patrimonio de la Humanidad a la Montaña Pasiega, considerando incompatible el desarrollo del parque eólico con los objetivos de este futuro espacio “DIA págs13953/54

DÉCIMOCUARTA.- Afección e impacto paisajístico severo que incumple el Plan Especial de Ordenación y Conservación del Territorio Pasiego.- Afección a Paisajes Relevantes, Paisaje rural del Valle de Iguña, Paisaje del Monte Canales.-Incumplimiento de las Directrices Técnicas y ambientales del PSEC 2014-2020, como de las Leyes 7/2013, 25 noviembre y 4/2014, 22 diciembre, del paisaje de Cantabria(…)

En la DIA la Consejería de Medio Ambiente hace referencia a una afección total e impacto relevante al paisaje “057 Paisaje rural del Valle de Iguña”, que en otros proyectos que afectan a la zona ni se mencionan. Llama más si cabe la atención esta ausencia en el P.E. El Escudo pues lo molinos se proyectan, al menos los cinco de Molledo, en una esquina de este paisaje a una altura entre 1100 y 1400m., al borde de una caída vertical de 800-900 m. Esta ausencia es más sangrante cuando en esta DIA del P.E. El Acebo, el MITERD dice: “La ubicación del proyecto en una elevación a unos 800m. de altitud y las dimensiones de los aerogeneradores e infraestructura de evacuación en aéreo, suponen un impacto visual muy significativo e imposible de evitar o mitigar, que conllevará una pérdida notable de la calidad paisajística actual”.

También cita la DIA la afección al “paisaje relevante 061 del Monte Canales” de importancia por ser una masa forestal sobresaliente del centro-sur de Cantabria”. El informe de Medio Ambiente establece a este respecto que dicho monte es "coincidente con el Monte de Utilidad Pública «Los Llanos», entre los apoyos
T62 y T74 de la línea de evacuación, y en todo el trazado desde la «SET Colectora Aguayo» hasta la «SET Aguayo», en una longitud aproximada de 6,3 km, estando tanto la futura «SET Colectora Aguayo» como la existente «SET Aguayo» dentro del mismo".
De este punto llama la atención lo siguiente:

-Para Medio Ambiente toda la línea de evacuación del P.E. El Escudo, la subestación Hoyo de los Vallados (que está pegada a la Colectora Aguayo) y la propia SET Aguayo están dentro del paisaje relevante del "Monte Canales". ¿¡Por qué no lo han tenido en cuenta en el resto de proyectos y especialmente en El Escudo?!

-Considera que la afección a este monte es relevante por la línea de evacuación de este proyecto, pero no dice nada de la afección, tan relevante o más, que suponen al menos cinco molinos en el vértice del "Monte Canales" en P.E. El Escudo. De nuevo cabe preguntarse a qué responde esta diferencia de criterio. 

En la foto aérea se puede apreciar la parcialidad de criterios
 para el PE El Escudo y para el PE El Acebo afectando a un mismo lugar

La DIA cita también la afección a un camino romano," y el posible trazado de una vía secundaria de época romana", pero en el P.E. El Escudo toda la pista que va entre los molinos se realiza sobre dicha calzada y no se considera ni romana ni nada, sino un camino. Como tampoco considera que hubiera campamentos romanos.

DIA DESFAVORABLE P.E. MAYA BOE 30 enero de 2023 y Alegaciones de la Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria 02/09/2021

DIA DESFAVORABLE P.E. MAYA BOE 30 enero de 2023

https://www.boe.es/boe/dias/2023/01/30/pdfs/BOE-A-2023-2437.pdf

y Alegaciones de la Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria 02/09/2021

    En el BOE de 30 de enero de 2023 se ha publicado la “Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental desfavorable a la realización del proyecto “Parque eólico Maya de 51,975 MW, y su infraestructura de evacuación, en Guriezo y Castro-Urdiales (Cantabria) y Sopuerta, Galdames, Muskiz y Abanto Zierbena (Bizkaia)” promovido por Green Capital Power, S.L., “concluyendo que dicho proyecto previsiblemente causará impactos adversos significativos sobre el medio ambiente, sin que las medidas de prevención, corrección y compensación previstas por el promotor constituyan una garantía suficiente para la adecuada protección del medio ambiente”.

La Plataforma durante el periodo de información pública ya pidió su nulidad radical en septiembre de 2021 por “la inexistencia de una imprescindible Evaluación Ambiental Estratégica, al no existir en Cantabria PROT, PSEC, ni un mínimo Plan eólico, por no consultar a todas las personas interesadas, concejos y juntas vecinales, faltar información y un debate social previos sobre el futuro de la generación y el consumo energéticos y por generar insostenibles impactos sobre el medio ambiente, sobre hábitats y ecosistemas de la Red de Espacios Naturales protegidos de Cantabria y Red Natura 2000 así como sobre especies amenazadas y muy graves daños a la salud y forma de vida de la población asentada en su entorno y su posible futuro desarrollo, sobre importantes valores patrimoniales, así como valores ganaderos, agrícolas, culturales, turísticos… todo ello inasumible y no evitable con modificaciones cosméticas del proyecto”.

Aunque en la DIA se silencian expresamente las alegaciones de la Plataforma los motivos por los que se dice emitir la declaración desfavorable coinciden con los que ya adelantaba la Plataforma en septiembre de 2021. De entre ellas, además de la nulidad radical anteriormente mencionada por graves ilegalidades en el procedimiento y sin ninguna planificación podríamos destacar las siguientes:

TERCERA.- Nulidad por falta de contestación a las alegaciones presentadas en la fase de consultas por la Plataforma y no haberlas incorporado al expediente, como tampoco se ha hecho con las demás administraciones e interesados consultados;  y por no haber sometido, ni el Documento de alcance, ni el expediente completo a información pública.-

 La Plataforma, pese a haber realizado alegaciones/consideraciones con fecha 19/08/2019 durante la fase de consultas previas, no ha recibido respuesta ni han sido incorporadas al expediente las contestaciones a dichas consultas, lo que por sí solo vicia de nulidad todo el procedimiento.

No se adjunta en los documentos expuestos a información pública, ni en la memoria, ni en el EIA, ni en los anexos, la contestación a las Consultas presentadas por las diferentes administraciones tanto estatales como autonómicas, o locales, Ayuntamientos, ni por las diferentes asociaciones y personas interesadas lo que del mismo modo vicia de nulidad el expediente.

CUARTA.- La ubicación del parque eólico Maya, no se encuentra entre las “zonas potencialmente aptas” para la ubicación de P.E en Cantabria e incumple el POL.

(…)

QUINTA.- No está incluido en ninguna planificación energética ni territorial de la CAPV. Obligatoriedad del PTS eólico.-

(…)

OCTAVA.- Afecta a espacios naturales protegidos y de la Red Natura 2000 y a su conectividad.-

Se incumplen “las determinaciones de las Directrices ambientales del PSEC", entre otras "evitar parques en espacios naturales protegidos de cualquier tipo, incluida la Red Natura 2000, y en su inmediato entorno (al menos 5Km)”.

Afecta a varios espacios de la Red Natura 2000 y a su conectividad: ZEC ES2130001 Armañón, ZEC ES1300012 Río Agüera, ZEC ES2130003 Ría del Barbadún, que la atraviesa de parte a parte. Afecta gravemente también al área de amortiguación del corredor de enlace “R3-Armañón-Ganekogorta” de la Red de Corredores Ecológicos de la CAPV.

(…)

El P.E. Maya y su línea de evacuación afectan también a Hábitats de Interés Comunitario, algunos de interés prioritario, anexo I y II de la Directiva 92/43/CEE, Directiva Hábitats sobre conservación de los hábitats naturales y la fauna y flora silvestres …

NOVENA.- Afecta a numerosas especies incluidas en el Catálogo de Especies Amenazadas.-

El P.E. Maya afectaría a especies incluidas en el CREAC, Catálogo Regional de especies amenazadas de Cantabria (Decreto 120/2008, 4 diciembre) y de la CAPV e incumpliría la obligación expresa de protegerlas así como a sus hábitats.

Con carácter indicativo, no exhaustivo, se verían afectadas numerosas especies del anexo I de la Directiva 2009/147/CE, de conservación de las aves silvestres, Directiva Aves, y diversas aves migratorias y acuáticas por la cercanía de estuarios y marismas costeras. Como hemos dicho anteriormente afecta a la ZEC Ría Barbadún, pero también a zonas litorales como Mioño, Castro Urdiales e incluso a las poblaciones de las Marismas de Santoña y Joyel.

Afecta del mismo modo a la IBA (Área Importante para las Aves) de la Montaña Oriental Costera, y a varias colonias cercanas de aves rupícolas como Peña Candina y Peñas de Sámano, entre las que se vería afectada de un modo especial el alimoche.

(…)

Matando al campo para enriquecerse en nombre de la transición energética. ALERTA 14/02/2023

Matando al campo para enriquecerse en nombre

de la transición energética

ALERTA, Marta Porras 14/02/23

ESPECULACIÓN ENERGÉTICA. Científicos españoles alertan de la burbuja especulativa del Plan Nacional de Energía y Clima (PNIEC) para el periodo 2021-2030 del Gobierno Central y reclaman «racionalidad» y que en la instalación de este tipo de infraestructuras «se contemplen todos los impactos».

Es a la conclusión a la que han llegado millones de españoles tras la deriva ‘anti’climática que están sufriendo las zonas rurales de nuestro país, donde el boom de los parques solares y los eólicos «arrasan» en nombre de las renovables.

Campos infinitos de placas solares y gigantes eólicos que inundan colinas y montes de todo el territorio español, es a lo que los políticos que hoy gobiernan están abocando al país, con el beneplácito de Europa, que es quien les guía.

El orden de ruta de los responsables políticos que dirigen esta deriva destructora, está fijado y lo quieren acometer a la mayor brevedad posible, tras conocer los avances que científicos están haciendo sobre otras energías como la energía de fusión, cuya principal ventaja es que es una fuente de energía limpia, inagotable y masiva, aunque infravalorada.

Pero vayamos a la energía solar y eólica, que tanto promueven como verde y en cambio contamina de todas las maneras posibles. Los efectos de estas instalaciones, es abrumadora cuando lo ves de cerca. Mata el campo con la contaminación de sus tierras por los productos que se esparcen para que la hierba no crezca y no estropee estas estructuras. También la contaminación lumínica y sonora es palpable, y no digamos ya la contaminación visual, con torres de hasta 200 metros de altura. Tampoco parece importar los decenas y decenas de aves que mueren a diario, envueltos en llamas, cuando impactan contra un eólico de estas características. Pájaros en llamas que caen al bosque y que como consecuencia avivan incendios que arrasan la zona. Un despropósito que proclama ‘salvar al campo’ y lo que hace es lapidarlo, eliminando las cosechas, los pastos y con ello la ganadería y la agricultura, con lo que la vida humana se hace cada vez más difícil en estas zonas rurales.

Nuestro país posee la mayor planta fotovoltaica de Europa hasta la fecha 

El Gobierno, lejos de legislar con propuestas efectivas para ayudar al campo y a esa España vacía, lo que promueve son más impuestos para quien tiene un terreno en su pueblo, devaluándolo para que un particular no pueda sobrevivir con lo poco que tiene en propiedad, y tenga que abandonarlo para salir adelante, o ‘malvenderlo’ y partir hacia otras zonas más pobladas o la ciudad.

En cambio, el Ejecutivo si que ofrece facilidades burocráticas y económicas a todas estas empresas que se han subido al tren ‘anti’ecológico para beneficiarse con terrenos baratos y fondos europeos, con lo que les sale gratis la construcción y en cambio, la rentabilidad es infinita. Millones de euros durante más de 25 años –años de vida de estas estructuras-

El pasado mes de diciembre el Gobierno eliminó por decreto ley el único informe que paralizaba cualquier proyecto eólico, informe de viabilidad medioambiental, que suponía un frenazo a quienes intentaban instalar estas estructuras en el campo. Se trata de una evaluación ambiental que si se elimina, deja el camino libre para que estas empresas energéticas desarrollen sus proyectos a sus anchas, sin limitaciones y con beneficios fiscales y económicos.

El pueblo lucha contra el mapa de exclusión del Gobierno. Cantabria comienza el año con 23 parques en tramitación y con anuncios de una transición energética que sigue adelante, algo que los colectivos contrarios consideran que es «más económico que ecológico», ya que los dos polígonos eólicos aprobados hasta la fecha, El Escudo y Bustatur «afectan muy negativamente a los mayores sumideros de carbono naturales, las Turberas, protegidas por la política medioambiental europea»

¿Cómo afectan a la biodiversidad? Este tipo de grandes instalaciones tienden a ubicarse en zonas poco productivas que son, precisamente, el hábitat habitual de las aves esteparias en declive como el sisón, la avutarda, la ganga ibérica o la ganga ortega o incluso el lugar que necesitan especies como la tórtola europea. En el caso de las instalaciones eólicas, el problema pasa por las colisiones de aves o de murciélagos, que terminan en llamas y provocando incendios en el entorno.


Cantabria. El peligro de la transición ecológica

 «con prisas»: de la burbuja de las renovables 

al daño a la biodiversidad. 

La región no es ajena al boom de las renovables, y los habitantes de las zonas rurales se resisten a perder sus tierras y dárselas a las energéticas

Cantabria, por desgracia, no se libra de la presión ‘climática’ que las ‘mega’empresas energéticas y gobiernos ‘asociados’, ejercen sobre propietarios de tierras rurales.  Recientemente la ‘Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria’ emitió un comunicado sobre «el corrupto/inepto caos eólico en nuestro territorio». En 2023 nos desbordan con desinformación, inexactitudes o mentiras puras y duras las Administraciones, el oligopolio e, incluso, nuevos colectivos vecinales que brotan -y desaparecen- a diario, dando ruedas de prensa para anunciar lo que «van a hacer» respecto al atropello/caos eólico. La Plataforma considera que, ante la «desinformación, inexactitudes o mentiras puras y duras de las Administraciones y el oligopolio energético» creen preciso establecer los datos reales que hasta el momento se han sucedido en nuestra región. En 2015 el TS confirmaba la sentencia del TSJC que, ya en 2012, había anulado la arbitraria atribución -lo llamaron «concurso eólico»- de 1.400 Mw máximos de potencia eólica a 7 grupos de empresas, entendiendo que tal adjudicación o concurso era un instrumento ilegal de planificación y había omitido la obligatoria evaluación ambiental estratégica de planes y programas, incumpliendo la obligación legal de que planeamiento y evaluación precedan a la ejecución.

Con la eliminación de la evaluación ambiental previa los eólicos tienen vía libre en España

Desde 2012 -transcurridos 11 años- se sigue sin planificación -sin Plan Regional de Ordenación del Territorio, PROT, ni Plan de Sostenibilidad Energética, PSEC-, ni haber realizado la Evaluación Ambiental Estratégica, EAE, de los impactos de la implantación energética, en concreto la eólica. Desde entonces -repiten, 11 años- es continua la cascada -lenta y, además, insegura- de datos reales, rumores y falsedades sobre solicitudes para proyectos eólicos de los adjudicatarios del «concurso», a los que se ha unido un grupo que podemos identificar como Capital Energy, llegándose a acumular la amenaza de más de 2.000 Mw eólicos,

Salvo el «ilegal y salvaje atropello» arqueológico de molino «experimental» de Vestas, en Celada-Marlantes, Campoo de Enmedio, en nuestro territorio regional no se ha implantado ni un parque, ni un solo molino.

«La cosa» se ha acelerado con el empuje de los miles de millones -que dicen- de Europa y, en realidad son de todos nosotros.

Tras intervenir, hace 11 años, en los procedimientos que acabaron en las sentencias del TSJC y el TS, la Plataforma ha recurrido y alegado contra absolutamente todos y cada uno de los movimientos administrativos en materia energética/eólica, del oligopolio y las Administraciones. Han solicitado también, «sin que la Administración siquiera haya respondido», la revisión de oficio y la nulidad de pleno derecho de todos y cada uno de los parques estatales, incluido El Escudo, y regionales; la ilegalidad, generadora de indefensión, de la falta de respuesta tendrá consecuencias judiciales.  La Plataforma ha alegado y solicitado la revisión de oficio y la nulidad de pleno derecho de las DIAs favorables de El Escudo, Cuesta Mayor, Somaloma-Las Quemadas, Bustatur -en realidad, Bustasur- y Campo Alto-La Costana y tienen pendiente alegar frente a las desfavorables de Maya, El Acebo, Quintanillas, La Coteruca y Lantueno, dado que la DIA no es vinculante para el oligopolio ni para la Administración.

Se han otorgado, «muy bien repartidas», DIAs favorables a Iberdrola-El Escudo, Capital Energy-Cuesta Mayor y Bustatur/Bustasur, EdP-Somaloma-Las Quemadas y «el sorprendente, no explicado por el Sr. Valcarce», Iniciativas Eólicas de Cantabria-Campo Alto/La Costana.

En estos momentos, solamente tienen autorización administrativa previa -les faltaría la definitiva y la de obra- El Escudo, recurrido ante el TSJ de Madrid en noviembre, sin que el MITERD haya aportado (tenía 20 días) el expediente y Somaloma-Las Quemadas, notificada a la Plataforma el 07.02.2023 a las 20:30 horas, y que afirman recurrirán inmediatamente.

Según señala la Plataforma, «ninguno de los polígonos industriales, llamados P.E., disponen de Evaluación Ambiental Estratégica, ni de autorización de uso industrial en suelo rústico, ni de concesión administrativa, ni, la mayoría, de conformidad de los propietarios de los terrenos, en especial comunales, ni…, por lo que todo lo tramitado es nulo».

Han presentado todas las alegaciones y recursos administrativos y judiciales frente a las «muy ilegales/abusivas», ampliación de la subestación de Aguayo-Molledo y Salto de Aguayo.

Es tal el panorama que, una vez más, la Plataforma afirma que «ningún expediente eólico de los que está en trámite administrativo llegará a buen puerto, todos zozobrarán, como lo hizo el «concurso eólico», por lo que igual que hizo el Sr. Revilla Roiz respecto a Renfe-Adif, exigimos que rueden cabezas, en especial la suya».

DIA favorable P.E. CUESTA MAYOR (BOC 25/01/2023) y REVISIÓN de Oficio 07/02/203 Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria

Aprobada DIA favorable PE CUESTA MAYOR 

(Boc 25/01/2023)

 y revisión de oficio y nulidad.

Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria (07/02/2023)

El BOC 25 de enero de 2023 publicaba Resolución de DIA favorable del Proyecto Parque eólico Cuesta Mayor:

“En consecuencia, esta Dirección General, vista la propuesta de la Subdirección  General de Control Ambiental, considera que, con las medidas propuestas por el promotor y las condiciones adicionales a su construcción, explotación y seguimiento incluidas en esta Declaración, el proyecto de “Parque Eólico Cuesta Mayor, y su infraestructura de evacuación” en los términos municipales de Santiurde de Reinosa, San Miguel de Aguayo, Molledo y Campoo de Yuso, promovido por Green Capital Power, S.L., integrado por 6 aerogeneradores y una potencia total de 30 MW, no debe suponer un perjuicio a la integridad de los espacios de la Red Natura 2000, ni producir efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, por lo que formula Declaración de Impacto Ambiental favorable con el cumplimiento de las condiciones de modificación del proyecto y de las medidas preventivas, correctoras y compensatorias que resultan de la evaluación ambiental practicada.”

La Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria ha presentado el 07/02/2023 la solicitud de REVISIÓN de OFICIO de la DIA del PE Cuesta Mayor.

Como ya adelantaba en sus alegaciones la Plataforma solicitaba su desestimación por su nulidad radical en base fundamentalmente a la inexistencia de una Evaluación Ambiental Estratégica, PROT, PSEC, un mínimo Plan eólico, falta de información y debate social previos, impactos significativos sobre el medio ambiente, la actividad y salud de las personas…

            La DIA modifica de forma sustancial el proyecto presentado a información pública durante la fase de alegaciones; modificaciones que no conocen afectados e interesados, entre ellos la Plataforma, ni las 1403 personas individuales, pues el proyecto al que alegaron y el ahora resultante de la DIA son completamente diferentes y exigen como tal una nueva información pública.

No se valoran adecuadamente las sinergias y efectos acumulativos de la enorme concentración de megapolígonos industriales eólicos en esta zona al norte del embalse del Ebro Sierra del Escudo y mucho menos para el resto de Cantabria. Es más, se produce una fragmentación fraudulenta de proyectos, como ya adelantaba La Plataforma en sus alegaciones:

“el P.E. Cuesta Mayor constituye un único mega-polígono con, al menos, P.E. La Coteruca, P.E. Lantueno, P.E. Alsa, P.E. Cerro Airo, P.E. La Costana, P.E. Campo Alto, P.E. Ebro Norte y P.E. El Escudo, tanto por cercanía como porque compartir líneas de evacuación y SETs”.

Es evidente que el P. E. Cuesta Mayor, en realidad constituye un solo polígono con los P.E. Alsa y Ebro Norte, solicitados por la misma empresa, con Cerro Airo, que solicita Boreas/Naturgy, y Campo Alto y La Costana, solicitados por Iniciativas eólicas de Cantabria, S.L., pues sus poligonales se encuentran a menos de 2 km. de distancia, siendo además que el P.E. Cuesta Mayor comparte instalaciones con los proyectos eólicos denominados La Coteruca, Lantueno, Alsa, Cerro Airo, La Costana, Campo Alto, Ebro Norte y El Escudo, todos los cuales son, en realidad, un solo mega-polígono industrial eólico.

No se valoran adecuadamente las sinergias y efectos acumulativos con otros parques eólicos en tramitación.

Ni el EIA ni la DIA tienen en cuenta otros proyectos cercanos en tramitación, como  Campo Alto y La Costana a los que hace referencia una separata asociada al proyecto Cuesta Mayor, tomando como referencia un acuerdo entre las empresas Green Capital, Biocantaber e Iniciativas Eólicas de Cantabria y llama también la atención que en el mapa de los proyectos eólicos situados en un radio de 10 km de la zona no aparezcan ni los proyectos de Bustafrades ni El Acebo, que son de la misma empresa y comparten líneas de evacuación y SET con Cuesta Mayor; tampoco se dice nada de líneas de evacuación, sinergias o efectos acumulativos con otros proyectos en la zona como Portillo de Jano o Cerro Airo, ni con otros en municipios colindantes, ni mucho menos, con el conjunto de los del sur de Cantabria, donde se pretenden concentrar la mayoría de los proyectos solicitados por lo que, insistimos, no estarían adecuadamente evaluadas las sinergias de los impactos ambientales acumulativos, pese a la acumulación de polígonos industriales eólicos en tramitación en Cantabria por el Gobierno regional o el MITERD recogida en la alegación previa y como resume la propia DIA en su solo párrafo en la pág.18 de las alegaciones presentadas previamente: “La Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria informa que la potencia total de proyectos de parques eólicos en tramitación en Cantabria es de 1.595,295 Mw, que duplican en exceso los 700 Mw que prevé el caducado PSEC y superan, incluso, los 1.400 Mw del Concurso eólico anulado, causando de esta forma impactos acumulativos y sinérgicos no contemplados por ninguna planificación energética.”.

Justifica todo ello nuestra queja referida a la total indefensión que genera la falta de planificación, ordenación, que hace que ni afectados, ni interesados, ni la propia Administración pueden valorar en su real medida los impactos sinérgicos, al seguirse la política de informar acerca de los proyectos eólicos uno a uno, cada cierto tiempo, sin visión conjunta territorial y temporal.

La única planificación existente, como así lo corrobora el anterior acuerdo citado, unido en un anexo al EsIA del P.E. Cuesta Mayor, estribaría en los acuerdos que pudieran existir entre, al menos, las empresas promotoras para repartirse las mejores zonas desde cualquier punto de vista, la administración e incluso alguna asociación subvencionada, que ni siquiera alega a este proyecto que conlleva graves impactos significativos sobre la avifauna.

No se evalúa la capacidad de carga del territorio, ni las sinergias y efectos acumulativos con otros polígonos en tramitación en la zona ni con los ya instalados y en tramitación  en el norte de Burgos.-

El EsIA ni la DIA han incorporado un “análisis específico de la capacidad de carga del territorio entendida como la aptitud de un área determinada para soportar un nivel de intensidad de usos, sin que se produzca un proceso de deterioro ambiental, social o cultural”, como recomendaba la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio.

Encontramos, hasta ahora, en la zona los siguientes proyectos en tramitación:

De Green Capital Power y sus filiales: Cildá 66 Mw, Bustafrades, 49,5 Mw, Alsa, 20 Mw, Cuesta Mayor, 35 Mw, El Acebo, 81,76 Mw, Lantueno, 45 Mw, La Coteruca, 51 Mw, Ebro Norte, 60 Mw, Cueto, 96 Mw, un subtotal de 504,26 Mw, a los que habría que sumar los promovidos por otras mercantiles: Cerro Airo, 6 Mw, de Boreas-Naturgy; El Escudo 151,2 Mw, de Biocantaber (Iberdrola + Ocyener); Campo Alto 32 Mw y La Costana 15,32 Mw, de Iniciativas eólicas de Cantabria.

Se trata, como hemos dicho, de un total de 13 proyectos y 708,78 Mw, a lo que habría que añadir la ampliación del Salto de Aguayo, Aguayo II, sobrepasando con exceso la capacidad de carga de cualquier territorio al pretender condenar esa zona a la casi exclusiva producción y evacuación de energía eléctrica causando un efecto acumulativo y sinérgico inasumible por ningún territorio, pues provocaría una barrera lineal, en especial impactante por la orografía, de las baterías de molinos que se pretenden implantar, llegándose a encontrar, de oeste a este, una continuidad ininterrumpida de polígonos industriales.

Afecta a espacios naturales protegidos y de la Red Natura 2000 y a su conectividad.- Corredor natural de fauna.-

“La Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria alega que el proyecto afecta a espacios naturales protegidos y de la Red Natura 2000, a su conectividad y corredor natural de fauna. Destaca que el territorio del proyecto es un corredor natural que permite la conexión de grandes mamíferos entre diferentes espacios protegidos e importantes masas forestales. También hace mención a que el área de estudio del EsIA es manifiestamente insuficiente para evaluar la afección o impacto sobre especies catalogadas como amenazadas, como el águilucho pálido y cenizo.” Pág. 11 de la DIA y pese a todo se emite declaración favorable.

El informe negativo que envió al Ministerio la misma Consejería de Medio Ambiente en  relación al polígono industrial eólico PE Garma Blanca, exponía que “para la generación de las alternativas, se tendrán en cuenta las Directrices ambientales del PSEC”, entre las que señalaba “evitar parques en espacios naturales protegidos de cualquier tipo, incluida la Red Natura 2000 y en su inmediato entorno (al menos 5 km)”, siendo sorprendente -y, sin duda doloso- que en el caso de la ilegal/permisiva DIA del PE El Escudo (pág. 66681 del BOE 31 mayo 2021) y en este mismo caso del P.E. Cuesta Mayor, tras aceptar que el dañino parque está “emplazado en el límite sur de la ZEC 1300016 Sierra del Escudo” y ampliar que, “si bien ningún aerogenerador se encuentra ubicado dentro de sus límites”, reconocer que “parte del vuelo de algunos aerogeneradores, así como partes de la línea eléctrica interna y de los viales de acceso se internan localmente en la ZEC” y que afecta también a la muy importante ZEPA ES0000252, Embalse del Ebro y otros espacios protegidos más alejados, no se acoge la doctrina de la DGBMAGC del Sr. Lucio, la consejería del Sr. Blanco y el gobierno del Sr. Revilla al informar para el PE Garma Blanca y los valles de los “nuevos -y muy ricos- pasiegos” y, en un -para nosotros, por el momento, desconocido- informe de 7 de julio de 2020 considerar “adecuada la elección de esta alternativa y compatible con las directrices del Plan de Sostenibilidad Energética de Cantabria”. ¿En qué quedamos?, ¿dónde está la igualdad de todos ante la norma?, ¿dónde ha quedado arrumbada la seguridad jurídica?

Según reconoce la propia DIA, pág.5 “El parque eólico se encuentra, dada su proximidad al Embalse del Ebro y a la Sierra del Escudo, en un área importante para el paso migratorio de aves. El camino de acceso al parque eólico se encuentra a menos de 200 m de la Zona de Especial Protección para las Aves ES0000252 “Embalse del Ebro” y del ámbito de la Zona Especial de Conservación ES 1300013 “Río y Embalse del Ebro”. Llama la atención que, siendo tal la afección sobre la avifauna, incluso a la tan “protegida” perdiz pardilla y la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) del Embalse del Ebro, que SEO/Birdlife no haya presentado ni siquiera alegaciones.

Por lo que se incumple el Documento de Alcance del P.E. Cuesta Mayor, que dice textualmente que para la generación de las alternativas, se tendrán en cuenta las determinaciones de las Directrices ambientales del PSEC", entre otras "evitar parques en espacios naturales protegidos de cualquier tipo, incluida la Red Natura 2000, y en su inmediato entorno (al menos 5Km)”.

La actual normativa de Cantabria establece que se evitará la instalación de proyectos industriales de energías renovables en espacios naturales protegidos y Red Natura”, pues el objetivo de la Red de Espacios Naturales Protegidos es dar forma a un conjunto coherente de sistemas naturales interconectados que aseguren la conservación de los recursos naturales y la biodiversidad, por lo que la contribución de tal Red a la de la biodiversidad dependerá de la coherencia interna de cada Espacio, de su cobertura cuantitativa y cualitativa y de su integración con el resto del territorio; así pues, la instalación pretendida interfiere en la interconexión, la coherencia interna del espacio y la integración con el resto del territorio protegido.

Afecta a HICs, Hábitats de interés comunitario y a grandes masas de bosques autóctonos de gran valor,-

Habiéndose atendido algunas de las alegaciones referidas a este aspecto, nos limitamos a dar por íntegramente reproducidos los argumentos contenidos en dichas alegaciones: “La Asociación para la Defensa del Sur de Cantabria señala en su informe que el parque eólico “Cuesta Mayor” y su línea de evacuación afectan a Hábitats de Interés Comunitario, algunos de interés prioritario, tales como Robledales de roble melojo oligotrófos (9430 y 9230) y hayedos acidófilos atlánticos con sotobosque de Ilex y a veces de Taxus (9120). El 23% de los accesos se realizarán atravesando bosques, lo que ocasionará su tala, incluyendo en ella no sólo la anchura de enormes pistas, sino toda una superficie alrededor que puede alcanzar los 60 m. Especialmente preocupante por su cercanía y valor, es el robledal junto al pueblo de Quintana, que no sólo verá afectada su masa, sino que también se drenará el arroyo que lo atraviesa. En el caso de las líneas de evacuación, el 28% de sus largos 14 km de recorrido atravesarán zonas de bosques que deberán ser talados. Entre ellos destacan hayedos que son hábitats de interés comunitario”, pág. 10 DIA.

Se incumplen las Directrices técnicas y ambientales del PSEC y las Leyes 7/2013, 25 noviembre y 4/2014, 22 diciembre, del paisaje de Cantabria. Afección al Paisaje Relevante 060 Embalse de Alsa y Embalse del Ebro.-

“La Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria alega el incumplimiento de la Ley del Paisaje de Cantabria que considera esta Zona de protección paisajística, alta fragilidad y muy alta calidad, máximas consideraciones en cuanto a valores paisajísticos, que exigen especial protección. Informa que el proyecto genera un impacto severo y crítico sobre el paisaje, en especial para los pueblos afectados, con graves daños ambientales y ecológicos y, en especial, pérdida de calidad de vida para los habitantes.” Pág.15 de la DIA.