DIA DESFAVORABLE P.E. EL ACEBO
BOE 31
enero de 2023,
https://www.boe.es/boe/dias/2023/01/31/pdfs/BOE-A-2023-2585.pdf
alegaciones de La Plataforma 05/10/2021
y PARCIALIDAD de las DIAs
En el BOE de 31 de enero de 2023 se ha publicado la “Resolución de 18 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental desfavorable del proyecto “Parque eólico EL ACEBO de 81,76 MW, y su infraestructura de evacuación, en Arenas de Iguña, Luena, Molledo, San Pedro del Romeral, Santiurde de Toranzo, Vega de Pas, Villacarriedo y Villafufre (Cantabria)”, promovido por Green Capital Power, S.L., “por apreciar que dicho proyecto previsiblemente causará impactos adversos significativos sobre la biodiversidad, el patrimonio cultural y el paisaje, sin que la selección de alternativa y las medidas de prevención, corrección y compensación previstas por el promotor constituyan una garantía suficiente para la adecuada protección del medio ambiente.”
La Plataforma durante el periodo de
información pública y 928 alegaciones de personas físicas ya pidieron su nulidad radical en octubre de
2021 por “la inexistencia de una imprescindible Evaluación Ambiental Estratégica,
al no existir en Cantabria PROT, PSEC, ni un mínimo Plan eólico, por no
consultar a todas las personas interesadas, concejos y juntas vecinales, faltar
información y un debate social previos sobre el futuro de la generación y el
consumo energéticos y por generar insostenibles impactos sobre el medio
ambiente, sobre hábitats y ecosistemas de la Red de Espacios Naturales
protegidos de Cantabria y Red Natura 2000 así como sobre especies amenazadas y
muy graves daños a la salud y forma de vida de la población asentada en su entorno
y su posible futuro desarrollo, sobre importantes valores patrimoniales, así
como valores ganaderos, agrícolas, culturales, turísticos… todo ello inasumible
y no evitable con modificaciones cosméticas del proyecto”.
Los motivos por los que se dice emitir la declaración desfavorable, que ya adelantaba la Plataforma en sus alegaciones de octubre de 2021, evidencian el doble rasero y parcialidad de la Administración según se trate del P.E. EL ESCUDO o del P.E. EL ACEBO. Entre los que podemos destacar las siguientes:
TERCERA.- Nulidad por falta de
contestación a nuestras alegaciones en la fase de consultas y no haberlas
incorporado al expediente, lo mismo que las de las demás administraciones e
interesados consultados, no habiendo informado a fundamentales interesados, en
especial Concejos y Juntas propietarios del territorio comunal.-
Pese a haber realizado alegaciones durante la fase de consultas previas en dos ocasiones, la primera con fecha 23/08/2018 y la segunda, en una consulta modificada, el 29/11/2018, la Plataforma no ha recibido contestación o notificación alguna, lo que, por sí solo, vicia de nulidad todo el procedimiento; tampoco se unen a los documentos sometidos a información pública, a la memoria, el EIA o los anexos las contestaciones a las Consultas de las diferentes Administraciones tanto estatales como autonómicas, o locales, ni las de las diferentes personas físicas y jurídicas interesadas, lo que de igual modo vicia de nulidad el expediente (…)
CUARTA.- Fraccionamiento de proyectos: el PE El Acebo es un mega-polígono único que comparte líneas de evacuación y SETs con, al menos Alsa, Cildá, Bustafrades y La Coteruca, Lantueno, Cuesta Mayor, La Costana, Campo Alto, El Escudo, Ebro Norte y Cueto, procediendo, en su caso, acumular sus trámites en un único expediente.(…)
NOVENA.- Afecta a espacios naturales protegidos, Red Natura 2000 y su conectividad.- La línea de evacuación del P.E. Acebo se adentra en la ZEC ES 1300016 Sierra del Escudo,
incumpliendo las Directrices
ambientales del PSEC, entre otras la de "evitar parques en espacios
naturales protegidos de cualquier tipo, incluida la Red Natura 2000, y en su
inmediato entorno (al menos 5Km)”.
Afecta, además, a espacios de la Red Natura 2000 y a su conectividad: ZECs Río Pas y Montaña Oriental, ZEC 1300016 Sierra del Escudo, ZEPA ES0000252 “Embalse del Ebro” (Cantabria), siendo que la actual normativa regional establece que “se evitará la instalación de proyectos industriales de energías renovables en espacios naturales protegidos y Red Natura”, (…)
UNDÉCIMA.- Afecta a HICs, Hábitats de interés comunitario y a
grandes masas de bosques autóctonos de gran valor,-
El PE El Acebo y su línea de
evacuación afectan también a Hábitats de
Interés Comunitario, … Se
podrían destacar por su interés especial los siguientes: … la línea de evacuación afecta a una gran
superficie arbolada de Roble pedunculado (Quercus
robur) y Haya (Fagus sylvatica),
en concreto se vería afectado el
Monte Canales, considerado como bosque y paisaje relevante de Cantabria…
DUODÉCIMA.-
Afección a flora y fauna del Catálogo Regional de Especies Amenazadas.-
Afección a rapaces forestales: … Hieraaetus
pennatus (Águila calzada) Anexo I/LESPRE; Pernis apivorus (Abejero europeo) Anexo I/LESPRE; Azor, … El EIA
sólo hace referencia al impacto de los aerogeneradores, pero no de sus líneas
de evacuación, que afectan a importantes masas forestales y por lo tanto a las
rapaces anteriormente citadas.
Afección a rapaces rupícolas: El EsIA no detecta nidos de alimoche en el
área de estudio, sin embargo, en el EsIA del PE Aguayo 5, que coincide en la misma ubicación que el presente P.E El
Acebo menciona la presencia de nidos de alimoche a menos de 5kms.
Afección a rapaces protegidas de espacios
abiertos: El área de estudio
del EIA P.E. El Acebo es manifiestamente insuficiente para evaluar la
afección o impacto sobre especies amenazadas, clasificadas como Vulnerables en
el CREAC, como el aguilucho pálido y cenizo, pues no se
tienen en cuenta las sinergias con otros polígonos industriales eólicos…
No puede, por otra parte, valorarse adecuadamente el impacto sobre las
poblaciones de estas especies amenazadas, aguilucho
pálido y cenizo, al no existir un censo oficial en Cantabria; el censo a
que se refiere el EIA de 2017, de SEO/Birdlife, no ha efectuado la
prospección adecuada de ambas especies, adaptadas en estas zonas de montaña
a hábitats de pastizal con matorrales y brezales, por lo que no han sido
localizadas muchas de las parejas existentes…
Transcurridos 12 años desde la aprobación del Catálogo de Especies Amenazadas de Cantabria, CREAC, no se han aprobado los Planes de Recuperación y Conservación de las Especies Amenazadas que exige la Ley 4/2006, de 19 de mayo, de conservación de la naturaleza y el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Cantabria, aprobado por el gobierno regional por Decreto 120/2008, de 4 de diciembre, que regula el Catálogo regional de Especies Amenazadas de Cantabria, lo que, sin duda posible, es exigible a la Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático que, con su poca responsable actitud, además de incumplir la legalidad, se convierte en una grave amenaza para la conservación de las especies en “peligro de extinción” o “vulnerables”, como el Milano real, Alimoche, Águila Real, Aguilucho pálido y cenizo,…
El estudio de Quirópteros está incompleto, no lleva a cabo un estudio mínimo de un año de duración y se basa en unos simples muestreos desde septiembre a noviembre de 2019…
DÉCIMOTERCERA.- Afectaría negativamente a los trámites para
declarar Reserva de la Biosfera o Patrimonio de la Humanidad a la Montaña Pasiega.
Agresivos proyectos eólicos como el P.E. El Acebo suponen la imposibilidad práctica del reconocimiento internacional como Reserva de la Biosfera o Patrimonio de la humanidad para la Montaña pasiega. “Varias entidades locales, como la Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria informan que el desarrollo del proyecto afectaría negativamente a los trámites para declarar Reserva de la Biosfera o Patrimonio de la Humanidad a la Montaña Pasiega, considerando incompatible el desarrollo del parque eólico con los objetivos de este futuro espacio “DIA págs13953/54
DÉCIMOCUARTA.- Afección e impacto paisajístico severo que incumple el Plan Especial de Ordenación y Conservación del Territorio Pasiego.- Afección a Paisajes Relevantes, Paisaje rural del Valle de Iguña, Paisaje del Monte Canales.-Incumplimiento de las Directrices Técnicas y ambientales del PSEC 2014-2020, como de las Leyes 7/2013, 25 noviembre y 4/2014, 22 diciembre, del paisaje de Cantabria. (…)
En la DIA
la Consejería de Medio Ambiente hace
referencia a una afección total e impacto relevante al paisaje “057 Paisaje rural del Valle de Iguña”,
que en otros proyectos que afectan a la zona ni se mencionan. Llama más si cabe
la atención esta ausencia en el P.E. El
Escudo pues lo molinos se proyectan, al menos los cinco de Molledo, en una esquina de este paisaje
a una altura entre 1100 y 1400m., al borde de una caída vertical de 800-900 m.
Esta ausencia es más sangrante cuando en esta DIA del P.E. El Acebo, el MITERD dice: “La
ubicación del proyecto en una elevación a unos 800m. de altitud y las
dimensiones de los aerogeneradores e infraestructura de evacuación en aéreo,
suponen un impacto visual muy significativo e imposible de evitar o mitigar,
que conllevará una pérdida notable de la calidad paisajística actual”.
También
cita la DIA la afección al “paisaje
relevante 061 del Monte Canales” de importancia por ser una masa forestal
sobresaliente del centro-sur de Cantabria”. El informe de Medio Ambiente
establece a este respecto que dicho monte es "coincidente
con el Monte de Utilidad Pública «Los Llanos», entre los apoyos
T62 y T74 de la línea de evacuación, y en todo el trazado desde la «SET
Colectora Aguayo» hasta la «SET Aguayo», en una longitud aproximada de 6,3
km, estando tanto la futura «SET Colectora Aguayo» como la existente «SET
Aguayo» dentro del mismo". De este punto llama la atención lo siguiente:
-Para Medio Ambiente toda la línea de evacuación del P.E. El Escudo, la subestación Hoyo de los Vallados (que está pegada a la Colectora Aguayo) y la propia SET Aguayo están dentro del paisaje relevante del "Monte Canales". ¿¡Por qué no lo han tenido en cuenta en el resto de proyectos y especialmente en El Escudo?!
-Considera que la afección a este monte es relevante por la línea de evacuación de este proyecto, pero no dice nada de la afección, tan relevante o más, que suponen al menos cinco molinos en el vértice del "Monte Canales" en P.E. El Escudo. De nuevo cabe preguntarse a qué responde esta diferencia de criterio.
La DIA cita también la afección a un
camino romano," y
el posible trazado de una vía secundaria de época romana",
pero en el P.E. El Escudo toda la
pista que va entre los molinos se realiza sobre dicha calzada y no se
considera ni romana ni nada, sino un camino. Como tampoco considera que hubiera
campamentos romanos.
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