La Plataforma solicita la acumulación de todos sus contenciosos eólicos en tramitación por el TSJC
Denuncia
diferencia de trato de la Administración respecto a otros recursos y solicita
el urgente trámite de la suspensión cautelar de todos los efectos de los
expedientes recurridos
Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria
27/11/2023
La
Plataforma ha solicitado que la sala de lo contencioso-administrativo acumule
los procedimientos que tramita el TSJC
contra los polígonos industriales PP.EE.
Cuesta Mayor, Campo Alto, La Costana, Alsa,
Somaloma-Las Quemadas y, de forma
inminente, Bustatur, cuya nulidad por
ilegales tiene solicitada, toda vez que, además de los numerosos
incumplimientos propios de cada instalación, los fundamentales, entre otros, de
falta de Evaluación Ambiental Estratégica
e injustificada fragmentación en varios de lo que, por distintos motivos
legales, es un único proyecto real son, a partir de que TSJC y TS anularan por ilegal la asignación
de potencias eólicas efectuada por el ”concurso
eólico”, comunes a todas las solicitudes efectuadas, en concreto, a las
arriba citadas, como también a las infraestructuras industriales eólicas Ampliación de la Subestación de Aguayo y
P.E. El Escudo, también recurridos
por la Plataforma ante la Sala
correspondiente del TSJ de Madrid.
Se
ha opuesto, por otra parte, la Plataforma
a la acumulación de sus recursos con el planteado por la ONG Territorio Cántabro ante el mismo TSJC, solamente referido a Somaloma-Las Quemadas, por ser precisas aclaraciones
previas de la Administración referidas a la diferencia de trámite en el
expediente de este último caso, en el que resuelve expresamente, por escrito,
el recurso administrativo de la ONG, sin señalar otros interesados en el mismo,
sin que haya habido ninguna queja de la recurrente, mientras en todos los casos
tramitados a la Plataforma los
recursos administrativos no se resuelven por escrito, de forma expresa, con lo
que se nos priva de los argumentos del gobierno/los consorcios de cara al
contencioso y se retrasan nuestros trámites, al obligársenos a respetar los
plazos del silencio administrativo, ignorando aún los efectos que nos generará
el hecho de que, como no puede ser de otra forma, se designen en nuestro caso
numerosos interesados, a los que se invita a personarse.
Solicita por último, la Plataforma que, dadas las evidencias de ilegalidad ya existentes, se inicien los trámites para adoptar la medida cautelar de suspensión de los efectos de los acuerdos impugnados, a fin de evitar que el contencioso pierda toda su eficacia práctica.
Enlace
al documento:
https://drive.google.com/file/d/10JKs76nHZvGGxJzLFWLo5W9BnufdkfSo/view?usp=sharing