ARCA, CONCURSO EOLICO Y PLENERCAN

Arca podría recurrir el Plenercan del PP porque parte de lo anulado por TSJC


http://www.europapress.es/cantabria/noticia-arca-podria-recurrir-plenercan-pp-porque-parte-anulado-tsjc-20121024125601.html

Pide al Ejecutivo regional que "empiece de cero"

   SANTANDER, 24 Oct. (EUROPA PRESS) -

   Arca ha pedido al Gobierno de Cantabria (PP) que "empiece de cero" un nuevo plan energético (Plenercan) al considerar que el que se ha presentado "parte", en lo relativo a la energía eólica, de lo que aprobó el bipartito PRC-PSOE y que ahora ha anulado el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), con lo que, a su juicio, estaría "viciado de origen", y ha advertido de que podría recurrirlo.

   "Si está viciado de origen, por qué seguir con él", se han preguntado este miércoles en una rueda de prensa el presidente y el vicepresidente de Arca, Agustín Gómez y Carlos García, respectivamente, quienes han valorado la sentencia del TSJC que anula el concurso eólico y que, a su juicio, "da la razón" a su asociación en "todo" lo planteado en su recurso.

   El Gobierno regional liderado por Ignacio Diego (PP) ha fijado en 707 megavatios la potencia eólica instalable en Cantabria hasta el año 2020, frente a los 300 del Plenercan 2006-2011 y los 1.500 MW fijados en la primera versión del nuevo Plan Energético que el anterior Gobierno (PRC-PSOE) aprobó antes de las elecciones.


   Además, el Ejecutivo del PP reduce a 246 el número de aerogeneradores a instalar, manteniendo la superficie ocupable en 54 kilómetros pero aumentando la potencia máxima de los aparatos de 1,5 a cinco MW.

CONSENSO

   En la rueda de prensa, los representantes de Arca han opinado que la potencia eólica de aproximadamente 700 megavatios prevista en el Plenercan del PP se ha fijado "en base a nada" y se han preguntado "por qué" esa y no una de "400 ó 300".

   Arca ha reconocido que la potencia eólica fijada por el actual Gobierno regional "no le gusta", pese a ser "mejor" de los 1.500 MW de la primera versión del Plenercan aprobada por PRC-PSOE, ya que consideran que es todavía excesiva".

   Tras quejarse de que el Gobierno del PP tampoco "no contesta" a las alegaciones presentadas contra su Plenercan, los dos representantes de Arca le han aconsejado que, "antes de aprobarlo" cuenten con las asociaciones ecologistas y otros estamentos sociales y sectores económicos, como el del turismo, que podrían verse afectados por la instalación de los molinos para tener un "amplio consenso".

   Aunque ha recordado que Arca "nunca" ha apostado por un potencia concreta, considera que los 300 megavatios del Plenercan 2006-2011 "ya está más que bien para Cantabria" y cree que si el PP parte de ahí puede ser un "buen comienzo".

   Además, la Asociación ha insistido en que se trata de una "obsesión" por la potencia a fijar sino también por la ubicación de los parques eólicos y pide que se establezcan zonas de exclusión o que se mantengan únicamente las tres del Plenercan 2006-2011: en la zona de Cañoneras (Soba), en el Escudo y en Lantueno (Santiurde de Reinosa).


PLAN REGIONAL DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

   Al hilo de esto, Arca ha vuelto a defender la necesidad de un Plan Regional de Ordenación del Territorio para el conjunto de Cantabria, similar a lo que hace el Plan de Ordenación del Litoral (POL) en la costa, ya que, a su juicio, eso reduce la conflictividad y los problemas.

   "Estamos siempre con tensiones territoriales por políticos cortoplacistas que no les importa llevarse todo por delante", ha afirmado el presidente de Arca, quien se ha quejado de que se ponen "parches" ante los problemas que van surgiendo en la gestión del territorio, un día, según ha señalado, motivado por los derribos y las construcciones en la costa y otros por los parques eólicos o los teleféricos.

   Arca considera que en lo relativo a la energía eólica la sentencia del TSJC marca un "punto de inflexión" y confía en que haya nuevos contactos con el Gobierno actual.

   Respecto a la valoración inicial realizada por el presidente de Cantabria, Ignacio Diego, el presidente de Arca señala que cuando el jefe del Ejecutivo regional señala que la sentencia concuerda con sus "tesis" le hace "por lo menos gracias" al comprobar, a su juicio, que el PP continúa con un Plenercan que "parte de la misma base que el anterior".

   Además, ha recordado que el PP no presentó un recurso contra el concurso eólico, sino Arca.

   Sin embargo, el presidente de Arca ha señalado que el "talante" del PP es "mejor", aunque el "mal es el mismo".

"PELOTAZO ELÉCTRICO"

   En la rueda de prensa, y refiriéndose ya al anterior Ejecutivo PRC-PSOE, ha recordado que desde el bipartito hubo incluso "insultos" hacia Arca y a otros colectivos que se opusieron al plan eólico y que --ha recalcado-- la sentencia del TSJC ha demostrado que era ilegal.

   Ha acusado al regionalistas y socialista de intentar dar un "pelotazo eléctrico" con su concurso eólico con el que, a su juicio, procedieron de una manera "precipitada" y "prepotente".

   A preguntas de los periodistas, Arca ha opinado que los promotores del concurso eólico, entre los que ha citado a la entonces vicepresidenta regional Dolores Gorostiaga, a su consejero de Industria, Juan José Sota, y al expresidente del Parlamento, Miguel Ángel Palacio, "deberían responder" más allá de las urnas, si bien no ha aclarado si esa responsabilidad debería llegar a ser penal.

EXPECTATIVAS, PERO NO DERECHOS

   Ha acusado al bipartito PRC-PSOE de "vender humo" a las empresas, si bien ha opinado que éstas "ya sabían" lo que les estaban vendiendo y se dejaban "engañar".

   Cuestionado por los medios de comunicación, Arca desconoce si habrá recursos de las adjudicatarias del concurso eólico contra la sentencia del TSJC, si bien cree que usarán todas las vías a su alcance.

   Por otra parte, Arca considera que no debe de haber indemnizaciones para las empresas y afirma que las adjudicatarias tenían "expectativas" de ganancias pero "no derechos" puesto que "la  base" del concurso es "ilegal".

VALORACIÓN PLATAFORMA SURDECANTABRIA ANULACIÓN CONCURSO EÓLICO CANTABRIA

VALORACION por la PLATAFORMA PARA LA DEFENSA DEL SUR DE CANTABRIA de la Sentencia que anula el Concurso Eólico y sus consecuencias en el PLENERCAN


1) Los valles del interior de Cantabria son las grandes víctimas del llamado desarrollo eólico, pues la bella limpieza de esos valles, consecuencia de su secular abandono, los dota de un futuro cierto en el actual mundo en crisis, futuro que nos quieren robar con agresivos y anacrónicos molinos. La práctica totalidad de los molinos se proyectaban (y se proyectan en el PLENERCAN 2011-2020), no en donde se consume la energía, sino en los valles del Sur, los del Pas, Soba, etc.

2) Tenemos que felicitarnos por el éxito de la Sentencia 752/2012 del TSJC, que da la razón a los demandantes en todos sus planteamientos, no sólo en el fallo anulatorio sino en todos los razonamientos jurídicos que lo sustentan. La Administración elabora las (malas) leyes que le convienen y luego no las cumplen; además de corruptos son inútiles.

3) Permite la sentencia interpretar la existencia de un cierto “compadreo” implícito entre Administración y adjudicatarios de potencia, cuando (final pág. 11) dice que la tramitación concede “una publicidad limitada, ya que solo los interesados en el concurso tendrían conocimiento de esta base, de su contenido y alcance”. Es una broma que alguna adjudicataria hable de “exigir indemnizaciones”, cuando es a ellas y a la Administración a quienes, en base a la propia sentencia, se deberá exigir responsabilidades de todo tipo.

4) Tan negativa para los intereses generales ha sido la actuación del anterior Gobierno (PSOE-PRC) como lo está siendo la del actual (PP) que, de forma vergonzosa, ahora pretende desmarcarse del Concurso Eólico anulado.

5) Anulada por sentencia la adjudicación de potencias (Concurso Eólico), debemos centrarnos ¡ya! en el Plan Energético, el PLENERCAN 2011-2020 (que, pese a su título, 2011, no estará aprobado ni en 2013), cuya nulidad plena se desprende, de modo implícito, de las concretas exigencias procedimentales de dicha Sentencia.

6) A partir de todo ello y desde la lógica de los tiempos y jurídica, la PLATAFORMA PARA LA DEFENSA DE LOS VALLES DEL SUR tiene planteadas legalmente por escrito al Gobierno de Cantabria una serie de cuestiones que, en resumen, son las siguientes:

Primera.- De forma inmediata y previa, hay que aprobar un Plan de Ordenación del Territorio (PROT) que evalúe el impacto acumulado de todas las infraestructuras, no sólo las energéticas.-

Con carácter previo a todo, hay que aprobar el Plan Regional de Ordenación del Territorio (PROT) que, además de ordenar de forma global en Cantabria las agresivas infraestructuras energéticas -entre ellas las eólicas-, ordene las de todo tipo (autopistas, ferrocarriles, puertos deportivos, campos de golf, teleféricos,…), haciéndolo de forma más amplia en el tiempo, no sólo en el horizonte del casi inmediato año 2.020, valorando además sensatamente los efectos de la crisis sistémica (posibilidades, necesidades, consumos,…) en que vivimos y adecuando el planeamiento a ella.

Segunda.- Planificar la generación eólica: Proyecto-Plan Eólico.-

Dada la importancia que el PLENERCAN 2011-2020 parece querer dar a la generación eólica de energía eléctrica (mientras en los próximos siete años pretende multiplicar la generación eólica por 22, el resto de las formas se multiplicaría por solamente 2,5), es obligada una previa planificación territorial sectorial eólica de todos los proyectos de tal naturaleza, incluidos los ya instalados o en fase de tramitación en CC.AA. limítrofes.

Tercera.- Solo tras lo anterior, iniciar la tramitación de un nuevo PLENERCAN con una Evaluación Ambiental Estratégica del real impacto de todas las infraestructuras energéticas de Cantabria, más las CC.AA. limítrofes.-

No se puede consentir, por ejemplo, que el Informe de Sostenibilidad Ambiental del PLENERCAN del PP, no señale siquiera dónde se instalarían los molinos de los 707,3 Mw previstos, haciendo de la supuesta Evaluación Ambiental Estratégica que dicen existe, un simple corta y pega. En realidad, no se ha evaluado nada.

Es necesario inventariar, además, Zonas de exclusión atendiendo a los elementos ambientales relevantes por motivos sociales, culturales, paisajísticos,…, partiendo, como hacía el PLENERCAN 2006-2011, de las de los Valles pasiegos, los del Sur, Liébana,…

Por todo ello, anulado el Concurso de Adjudicación de Potencia Eólica, CAPECAN 2009, a partir de este momento el Gobierno de Cantabria DEBERÁ

1) anular el PLENERCAN 2011-2020, pues en caso de no hacerlo, lo exigiríamos legalmente (ver alegaciones del PDF adjunto),

2) aprobar, antes de tramitar el nuevo PLENERCAN y el Plan Eólíco autonómico, el Plan Regional de Ordenación del Territorio (PROT) que tenga en cuenta todas las infraestructuras y la actual crisis sistémica,

3) seguir las exigencias del Convenio de AARHUS, abrir un proceso real de información y debate público y dar, en todo caso, respuesta también pública y razonada a todo lo por nosotros planteado legalmente por escrito y

4) hacer lo necesario para su puesta en práctica.

EÓLICOS EN EL OJO DEL HURACÁN



ARTE 
EOLIEN DANS LA TOURMENTE

Impresionante película documental  que recoge los importantes problemas con los eólicos en Francia y Alemania.
Cette émission montre les importants problèmes éoliens rencontrés en France et en Allemagne.

http://www.tv-replay.fr/redirection/23-10-12/l-eolien-dans-la-tourmente-arte-10423980.html

http://videos.arte.tv/en/videos/l-eolien-dans-la-tourmente--7002088.html
(en Francés y Alemán con la posibilidad de votar e introducir comentarios)

(en Français et en Allemand avec la possibilté de voter et de mettre des commentaires)


Testimonios de
Témoignages de

Hervé Texier Vice Président Fédération Environnement Durable France

Jutta Reichardt porte parole de la Plateforme européenne contre les éoliennes industrielle ( EPAW ) fondatrice de la fédération régionale Für Mensch und Natur - Gegenwind Schleswig-Holstein, RFA

Pascale Dault France

Mr et Mme Dupont France

Xavier Grioche France ..... et beaucoup d'autres interventions de victimes et de manifestants contre les éoliennes

Cécile Duflot : Présidente EELV France

Gerd Rosenhranz : Organisationécologiste Deutsche Umweltthilfe RFA

ANULACIÓN CONCURSO EÓLICO CANTABRIA

NOTICIA:


Europa Press 23 de octubre de 2012

Porque modifica el PER y el PLENERCAN el TSJC anula el concurso eólico aprobado por el Gobierno PRC-PSOE

Considera que la modificación de estos planes no se puede llevar a cabo mediante las bases de un concurso público

SANTANDER, 23 Oct. (EUROPA PRESS) –

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha anulado el concurso de asignación de potencia eólica aprobado hace dos años por el anterior Gobierno de Cantabria del PRC-PSOE, que adjudicó una potencia de 1.400 megavatios a desarrollar en siete zonas.

La Sala estima así el recurso contencioso-administrativo presentado por la organización ecologista ARCA contra la convocatoria del concurso de 8 de junio de 2009.

El TSJC anula de esta forma el concurso de potencia eólica, y lo hace porque esta convocatoria modifica de hecho el Plan de Energías Renovables (PER) y el Plan Energético de Cantabria (PLENERCAN), al margen del procedimiento legal establecido para su reforma, es decir, sin tener en cuenta la legislación de suelo, energética y medioambiental.

El PER y el PLENERCAN preveían para Cantabria el desarrollo de una potencia eólica de 300 Kw y tres zonas eólicas. Esta previsión era indicativa y se podía modificar, pero para ello se requería una disposición general y el cumplimiento de la legislación vigente. En este caso, se adjudicó una potencia de 1.400 Kw a desarrollar en siete zonas, lo que supone una modificación del PER y del PLENERCAN a través de las bases de un concurso.

Según la sentencia, "lo que realmente se está haciendo, en la base de desarrollo del concurso impugnado, es planificar tanto el sector eléctrico como la ordenación del territorio".

En este sentido, señala la resolución que la planificación eléctrica por parte del Gobierno de Cantabria "tendría que desarrollarse por un instrumento de naturaleza adecuada, no la base de un concurso, con fundamentos técnicos en cuanto a su viabilidad si supera los parámetros de planificación indicativa del PER y el PLENERCAN, y en cumplimiento de lo dispuesto en la legislación de protección del medio ambiente".

En cuanto a la ordenación del territorio, señalan las magistradas firmantes de la sentencia que "es claro que lo que se intentaba era una zonificación del territorio de la Comunidad, distinta de la prevista inicialmente, puesto que de tres zonas se pasaba a siete". Y en este sentido, recuerdan que "toda la ordenación del territorio de la Comunidad debe hacerse a través de los instrumentos descritos en el título primero de la Ley 2/2011" de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria.

Por último, en relación a la protección del medio ambiente, señala la sentencia que "en este caso el poder público no ha observado lo previsto en las leyes 9/2006 -sobre Evaluación de los Efectos de Determinados Planes y Programas- y 17/2006 -de Control Ambiental Integrado de Cantabria".

"No basta con que se evalúe el riesgo de cada instalación de parque eólico en la fase posterior a la aprobación de este concurso", sino que "es necesario que se evalúe el riesgo que para el medio ambiente pueda suponer la totalidad del desarrollo de la energía eólica en la Comunidad Autónoma y el resto del país", dice la sentencia.

Y en este sentido, recuerdan las magistradas que el PER y el PLENERCAN estaban sometidos a Evaluación Ambiental Estratégica, y que la Ley 9/2006 somete a esta evaluación ambiental "los planes y programas, así como sus modificaciones, que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente". "De modo que hay que recordar la obligatoriedad de los estudios ambientales", añade la resolución.

La sentencia afecta a siete grupos empresariales adjudicatarios: Nuevas Energías de Occidente, Biocantaber, E.ON Renovables, Cantabria Generación, Eolican, Helican Desarrollo Eólico e Inder.

CUIDADO, CUIDADO QUE VIENE EL "POGRESO"

PAISAJE BLINDADO EN EL PRIORAT CATALÁN

Paisaje blindado


El Priorat firma la Carta del Paisaje para proteger el territorio tras ocho años de debate y pedagogía

Tarragona
05/10/2012 - SARA SANS

La carta debe garantizar que el desarrollo económico y urbanístico de la comarca potencie la calidad de su paisaje. LVE / VICENÇ LLURBA


Más de sesenta entidades del Priorat firmaron ayer el documento que debe garantizar que el desarrollo económico y urbanístico de la comarca no sólo sea compatible, sino que potencie la calidad de su paisaje. Sobre el papel -entre otras recomendaciones- la Carta del Paisaje aleja futuros parques eólicos o infraestructuras con un impacto negativo, como la nueva línea que quiere instalar Red Eléctrica y que cruza la comarca. Los alcaldes ya mostraron ayer su rechazo a este proyecto.

"La Carta del Paisaje marca el inicio de una nueva forma de hacer las cosas; es la herramienta que debe potenciar el desarrollo que tenemos en marcha y que se basa en la excelencia paisajística, agrícola y turística", dijo ayer Cèsar López, presidente del Consell Comarcal del Priorat, que ha impulsado la redacción del documento con el apoyo del Observatori del Paisatge y del Departament de Territori i Sostenibilitat.

En una reunión previa a la firma del documento -que hace meses que estaba finalizado y estaba pendiente de la agenda del conseller-, Cèsar López planteó a Lluís Recoder la preocupación de los alcaldes por el proyecto de Red Eléctrica: "Por la comarca ya pasan dos líneas eléctricas de 220 voltios y ahora quieren hacer una nueva con dos instalaciones, una de 440 y otra de 220", explicó el president del consejo comarcal. Esta nueva línea que iría de Escatrón (Zaragoza) hasta la Secuita (Tarragona) cruzaría los municipios de Masroig, Falset y Pradell de la Teixeta. El conseller de Territori se comprometió a hablar del asunto en una próxima reunión con Red Eléctrica y apostó por "reforzar las líneas que ya existen", dijo, refrendando así la demanda de los alcaldes.

Recoder afirmó que la carta "no es sólo un proyecto del Priorat, sino un proyecto de país" y destacó que "las propuestas del documento deberán incorporarse en los planes generales de cada municipio porque el paisaje es un elemento económico clave".

"El proceso de redacción ha sido largo porque se ha buscado el máximo consenso y la máxima implicación de todos los agentes del territorio, se ha hecho mucha pedagogía", dice el director del Observatori del Paisatge, Joan Nogués. La del Priorat es la quinta carta del paisaje que se aprueba en Catalunya: "Ahora, con la crisis, es un buen momento para impulsar herramientas como esta porque no hay las presiones que había hace unos años".

La carta se puso encima la mesa cuando el sector vitivinícola ya había cuajado en el Priorat y, con él, una sensibilidad hacia el entorno que chocaba con otros intereses urbanísticos. El consejo comarcal ha liderado un proyecto en el que se han sumado todos los ayuntamientos (menos Porrera, Torroja y la Torre de Fontaubella) y que ha tenido un proceso muy amplio de participación. Han participado medio centenar de entidades -entre ellas, las denominaciones de origen- e incluso se ha incluido el paisaje en el currículo escolar.


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Valderredible
Valderredible y molinos de la Lora (Burgos)

OLEADA DE SOLICITUDES DE CANTERAS EN VALDEPRADO DEL RÍO Y VALDEOLEA


Durante los últimos meses se han iniciado las solicitudes de permisos y prórrogas de varias canteras en Valdeolea y Valdeprado del Río:


- Permiso 16.641 “POZAZAL” en Matarrepudio (Valdeolea), Campoo de Enmedio y Valdeprado del Río;

- Permiso prórroga ALFA 16228 y ALFA DEMASIA 16.228-01, Sotillo-San Vítores (Valdeprado del Río;

- Permiso de investigación nº 16.593 “ALFA 3” promovida por “CEMENTOS ALFA, S.A.”, Cuetu, San Andrés de Los Carabeos (Valdeprado del Río)

El "chollo de que pongan molinos en tu terreno



El 90% de los dueños de terreno eólico perciben 100 euros al año

Las asociaciones de propietarios denuncian su indefensión frente a las empresas

Economía digital 12 de octubre de 2012

Por C. Díaz Pardo 12/10/2012

No están siendo buenos tiempos para las empresas que controlan el viento. Las adjudicatarias del último concurso eólico de la Xunta de Galicia han tenido que lidiar con la retirada de las primas y con los impuestos propios que aplica el Gobierno gallego a los parques, el de transmisiones patrimoniales y el propio canon eólico. Por otro lado, los grupos que se vieron perjudicados por la decisión del Ejecutivo de Núñez Feijóo de tumbar el anterior concurso eólico del bipartito preparan una denuncia que esperan presentar en breve ante el TSXG. Sin embargo, los dueños de los terrenos sobre los que se asientan los parques eólicos reivindican que en todo este proceso han sido los grandes olvidados.

Según datos de la asociación de propietarios Ventonoso, el 90% de los propietarios de terrenos eólicos en Galicia no percibe ni 100 euros al año por el arrendamiento de sus tierras a las grandes firmas del sector. Las empresas que se dedican a la explotación de viento acostumbran a pagar en función de los aerogeneradores que se establecen en un terreno. Sin embargo, las características parcelarias de Galicia juegan una mala pasada. “Muchas fincas son alargadas y estrechas por lo que al final perciben tan solo un porcentaje que, en muchas ocasiones no llega a los diez euros al mes”, explican propietarios.

Expropiar o alquilar

“Cuando una empresa quiere usar para un parque eólico un terreno hay dos opciones: que el propietario acepte el contrato o que vaya a la expropiación”, indica José Antonio Diéguez, de Ventonoso. “Con ese contrato, la empresa adquiere un derecho de superficie, por lo que, aunque el generador solo ocupe una parte de la finca en cuestión, esta no puede tocarse”, indica.

Otro hecho que denuncian los propietarios eólicos es que, según el tipo contractual establecido, es el propietario el que procede a alquilar a la empresa un terreno. “Por este motivo, el propietario debe hacer una liquidación y pagar el IVA a Hacienda... Hemos conocido casos de gente, que debido a alquilar el terreno, pagó más entre impuestos y gestor, que lo que le dan por el terreno. Unos 125 euros en total”, comenta Diéguez.


Los propietarios abandonan

Por cuestiones como esta, los dueños de terrenos eólicos en Galicia denuncian que existe “un corralito expropiatorio”. “Estás apañado si un terreno tuyo está en la zona de un parque”, indican varios propietarios de fincas, que añaden otros problemas a la lista.

“Como tú eres el que alquila, tú eres el que tiene que emitir la factura por tu terreno. Sin embargo, a veces hay cambios en los domicilios sociales de las empresas, o simplemente cambia el nombre de la misma, o de la filial que te paga. Entonces los recibos no llegan a su fin. Muchos dueños de tierras en las que hay parques funcionando --anteriores por tanto a este último concurso eólico-- que ya han desistido”, indican.

En el caso de los parque que están proyectados, pero no construidos, la situación no mejora. "La mayoría de los contratos establecen que se comenzará a pagar el alquiler cuando el parque está funcionando, y tal como está la cosa, ese no es un muy buen acuerdo".

PARQUE EÓLICO ILEGAL EN CATALUÑA

El País 18 de octubre de 2012


Declarado ilegal un parque eólico con 27 molinos en Les Garrigues

El TSJC anula la autorización que la Generalitat dio a Acciona en 2005

Los jueces sostienen que el Gobierno catalán vulneró la normativa urbanística

Jesús García Barcelona18 OCT 2012 - 01:13 CET

Los molinos de viento, gigantes de más de 80 metros de altura que pueblan el territorio catalán, se tambalean por la acción de la justicia. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha declarado ilegal el parque eólico de la Serra de Vilobí, en la comarca leridana de Les Garrigues, con el mismo argumento con que lo ha hecho en otras ocasiones: incumple la normativa urbanística. El parque funciona desde 2008, cuenta con 27 aerogeneradores y produce 40,5 megavatios de potencia. Pero su futuro es incierto. La sentencia se limita a anular la autorización que la Generalitat dio a la empresa Acciona para poner en marcha el complejo. Esa decisión, sin embargo, abre la vía para reclamar que el parque sea demolido y se restaure la situación anterior.

En septiembre de 2005, la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial otorgó a la instalación un “régimen especial” —que permite a la empresa beneficiarse de subvenciones y primas—, la declaró de utilidad pública y concedió la autorización administrativa a Acciona. Esa resolución es la que, ahora, la sala de lo contencioso-administrativo del TSJC considera nula. El proyecto preveía erigir generadores de tres palas y 77 metros de diámetro en los municipios de Tarrés y Fulleda.

La organización ecologista Ipcena y un particular —miembro de una organización en defensa del territorio— presentaron un recurso en el que pidieron anular la resolución de 2005 y echar el parque abajo. Los magistrados rechazan el recurso de Ipcena porque lo presentó fuera de plazo, pero admiten el del vecino. El hombre ofreció una docena de argumentos para avalar su tesis. A su juicio, la Generalitat vulneró el principio de participación ciudadana, ya que no abrió un “diálogo con la población afectada” para buscar “alternativas”.

La decisión de instalar el parque en la sierra de Vilobí atenta, según el vecino, “contra el patrimonio artístico y cultural”, ya que altera la ruta del Císter y el camino de Santiago. El recurso plantea que los informes sobre el impacto en la vegetación, la flora y el paisaje tienen “carencias y omisiones sustanciales” y subraya que el proyecto carece de interés público.

Los magistrados descartan la mayoría de esas razones por falta de pruebas y centran el caso en una figura urbanística que ha servido para proclamar la ilegalidad de otros parques eólicos en Cataluña.

Una instalación como la de la sierra de Vilobí, señala la sentencia, debe tramitarse dentro de lo que, en la normativa urbanística, se conoce como “sistemas generales”. Un plan con carácter general es el que debe “vertebrar, estructurar, distribuir y organizar” por el territorio este tipo de infraestructuras. Lo mismo vale, señala la sentencia, en otros supuestos como centrales térmicas, vertederos, infraestructuras de electricidad y de abastecimiento de aguas. Todas ellas son “elementos sustanciales y determinantes del desarrollo urbano” y, por tanto, es “imprescindible” su “previsión a nivel general”.

El problema es que, en el caso del parque eólico de Les Garrigues, se elaboró únicamente un plan especial. Una medida insuficiente por las dimensiones del parque y su “relevancia cuantitativa y cualitativa”. La Generalitat escogió un “atajo jurídico” que ha “hurtado” la posibilidad de vertebrar el territorio. “Redirigir el caso a un régimen jurídico de autorizaciones o licencias dista mucho de poder aceptarse”, concluyen los magistrados.

Tanto Ipcena como el particular pidieron, además, que se anulasen las licencias municipales y se paralizasen las obras o, en su caso, la “demolición de las instalaciones ilegalmente construidas”. La sentencia rechaza esa pretensión, lo cual no quiere decir, en absoluto, que el tema quede cerrado. “El parque queda en una situación de absoluta ilegalidad. Cualquier persona puede iniciar ahora un procedimiento para proteger la legalidad urbanística”, subraya la abogada Elena Moreno, especializada en derecho urbanístico y medioambiental.

Eso es precisamente lo que ha ocurrido con otro parque eólico, el de la sierra del Tallat, en el municipio leridano de Vallbona de les Monges (Urgell). El TSJC lo declaró ilegal con argumentos y en términos similares a los que ha empleado ahora con el parque de Les Garrigues. Un particular pidió que la instalación fuera derribada y un juez de Lleida dictó la orden. Los 33 molinos de viento del Tallat, sin embargo, siguen en pie, ya que la Generalitat recurrió la sentencia y anunció que aprobaría un plan especial para dar cobertura legal al parque.

A juicio de Moreno, que ha dirigido ambas demandas, no se puede restablecer la legalidad de un parque a posteriori. La letrada admite que se trata de procesos lentos y muy complicados, que enfrentan intereses económicos, sociales y ambientales. “La Administración no se da por enterada y sigue usando planes especiales para aprobar parques eólicos. La justicia, al menos en Cataluña, los está tumbando”, remacha. Como en el caso de la sierra de Vilobí, los argumentos de los jueces van más en la línea del incumplimiento de las normas urbanísticas que en la protección del medio ambiente, que en realidad es la principal preocupación de las asociaciones y particulares que interponen demandas.

Las partes demandadas (Generalitat y Acciona) aún pueden recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo. Según datos de la Asociación Eólica de Cataluña, en la comunidad hay 35 parques eólicos en funcionamiento, la mayoría concentrados en las provincias de Tarragona y Lleida. Otros 31 están cuentan ya con autorización administrativa, según las mismas fuentes.



SECTOR EÓLICO, VIENTOS FRENADOS Y CONFUSIÓN


ABC 28 de septiembre de 2012


Sector eólico, vientos frenados y confusión

POR ABEL VEIGA   Día 28/09/2012

Eolo quiso que Galicia conociera de sus vientos. Otros han querido aprovecharlos, captarlos y transformarlos en energía eléctrica. Pero la confusión política y partidista, también empresarial, ha acabado generando un caos cuyos remolinos no distan aún de ser claros. Controversia, disputas, acusaciones y pronunciamientos judiciales han ido condicionado y secuenciando lo eólico en Galicia sobre todo en lo que a concursos se refiere. Amén de los problemas del propio concurso en sí y que desde hace ya un lustro no se construye un solo parque eólico, uno de los principales problemas deriva sobre las primas o no y los precios de mercado a los que tendrían que hacer frente las empresas del sector. Obviamente no se dice de modo tan transparente que el precio final de la energía eléctrica lo acaban, haya prima o no, soportando los ciudadanos. Hubo un tiempo donde la apuesta decidida y alternativa de futuro eran las energías renovables, pero esos tiempos perecieron en la ciclogénesis de una crisis que rompió criterios, partituras y hojas de ruta.

Hay muchos parques eólicos ya operativos, la mayoría en las zonas más óptimas, también hay megavatios concedidos por concurso pero que no producen y que han entrado en la polémica del canon y los impuestos, pero ¿realmente repercute en una fuente de generación de energía tan rica y barata que compense el daño ambiental y paisajístico?¿realmente es una fuerza generadora de riqueza y de empleo como algunos blasonan?, energías limpias o no, nucleares o no, de carbón y gas o no, ¿qué capacidad y potencia pueden generar las eólicas cuando hay miles de megavatios concedidos pero no todos operativos?¿a quién beneficia realmente lo eólico? ¿A las empresas privadas, las administraciones autonómicas y locales o a los ciudadanos?¿son realmente competitivas estas empresas sin subvenciones ni ayudas públicas? Hace sólo unos meses el presidente de la Xunta retaba a los adjudicatarios de megavatios a devolverlos en su caso.

Qué duda cabe que hoy uno de los principales problemas o dificultades que el sector eólico encuentra es hallar financiación para construir sus parques generadores, de evacuación de energía y sus molinos aerogeneradores oteando con sus cadencias al viento. Pero también el gravamen impositivo por megavatio, tasas y tributos que al lado del de transmisiones no cejan de crecer y alimentar unas arcas exhaustas, vacías y que buscan ingresos como sean. De los algo más de 2300 megavatios concedidos en el concurso de la Xunta, la cifra a 40.000 por unidad es clara. Ya no es tiempo de subvenciones, de esas que nunca se devuelven. Tal vez hemos vivido demasiado tiempo apegados a esa concepción patrimonialista pero también clientelar del estado central y autonómico.

Para emponzoñar aún más el debate partidista y político, tras la anulación por parte del Tribunal Superior de Xustiza el pasado agosto de la suspensión del concurso eólico llevado a cabo en las postrimerías del bipartito, unos y otros arrojan sus diatribas políticas pero no solucionan los problemas de fondo. ¿Puede Galicia hoy generar la energía que necesita autosuficientemente? Y, sobre todo, ¿a qué precio para el ciudadano? No es lo mismo exportarla que importarla, tampoco exportar la que se genera y comprarla porque no tenemos suficiente para propio consumo doméstico o industrial. Seriedad e ideas claras. Que no se las lleve el viento partidista.