LA JUSTICIA TUMBA POR ANOMALÍAS UN CONTRATO EÓLICO DEL GOBIERNO DE IBARRETXE

Vista aérea del Parque Oiz

La Justicia tumba por anomalías un contrato eólico del Gobierno de Ibarretxe
Los magistrados respaldan una demanda de Iberdrola, que argumentó la falta de transparencia en cuatro parques


EL CORREO ALAVA, 20-04-2011

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco acaba de tumbar la adjudicación de cuatro parques eólicos que hizo el Gobierno de Juan José Ibarretxe en abril de 2008, ya que aplicó criterios de evaluación de las ofertas que no eran conocidos por quienes optaban a instalar sus molinos de viento en los montes alaveses de Iturrieta, Arkamo y Cruz de Alda, y en el guipuzcoano de Gazume. Los magistrados han dado así la razón a la compañía eléctrica Iberdrola, que no dudó en recurrir a los tribunales, ya que consideraba que había sido apartada de estas adjudicaciones de forma injusta. El Ejecutivo de Vitoria había seleccionado a las firmas Orisol -controlada por el empresario vasco Ignacio López Gandásegui- y ESB para explotar estos cuatro emplazamientos, con capacidad para producir hasta 166 megavatios de electricidad a la hora.


Aunque no se dice textualmente en la demanda presentada por Iberdrola, y tampoco en las cuatro sentencias emitidas por el Tribunal, el mensaje es claro: el Gobierno vasco manipuló a su antojo los criterios de evaluación del concurso, lo que vulneró los principios de transparencia y concurrencia que deben presidir un proceso de este tipo.


Numerosas empresas, entre ellas Iberdrola Renovables, presentaron sus propuestas para ocupar los cuatro emplazamientos. Los lugares habían sido identificados en el Plan Eólico diseñado por el gabinete de Ibarretxe y en dos decretos se habían concretado seis criterios que se tendrían en cuenta para seleccionar la «propuesta idónea». Entre ellos figuraba la acreditación técnica y financiera del promotor; la propuesta concreta de ubicación de los aerogeneradores y la red de evacuación de electricidad; la cuantía de la inversión; el compromiso de realizarla en un breve plazo de tiempo; la prioridad en la presentación de las solicitudes y también lo que se conoce como aportación de «ventajas socioeconómicas para la comunidad autónoma». Esto es, la oferta adicional del promotor en generación de riqueza para el entorno.


Puntuación desconocida


En los decretos que sirvieron de base para la preparación de las ofertas, quienes competían sabían los criterios que se utilizarían para evaluarles, pero no así la ponderación de cada uno. La sorpresa surgió al conocerse la adjudicación de los parques a Orisol -ahora participada también por Repsol- y a ESB, ya que el informe elaborado por el Ente Vasco de la Energía adjudicaba a las «ventajas socioeconómicas» la mitad de la puntuación total. La sentencia llama la atención sobre el hecho de que era el «criterio más subjetivo» de todos los que se debían tomar en cuenta. Así las cosas, el Ejecutivo otorgó la máxima puntuación a Orisol debido a que el empresario López Gandásegui ofrecía como contraprestación el desarrollo del proyecto Aeroblade -dedicado al diseño y fabricación de palas de aerogeneradores-, mientras que ESB ofertaba convertir en socios de los parques a los ayuntamientos afectados por su ubicación.


Iberdrola, en su demanda, argumentó en contra del fondo de la valoración, ya que estimó que el gabinete de Ibarretxe no había tenido suficientemente en cuenta el compromiso industrial del grupo con Euskadi; pero también discutió las formas, y ahí es donde los jueces le han dado la razón. Así, por ejemplo, subrayó que no se había valorado que su inversión era mayor pero, sobre todo, que se había encontrado con una ponderación extremadamente elevada de uno de los criterios, sin que ello hubiese sido advertido con carácter previo. La sentencia del Superior de Justicia -que puede ser recurrida por el Gobierno vasco ante el Supremo- deja claro que «se genera indefensión en los partícipes en el procedimiento de concurrencia competitiva, que ven valorados sus anteproyectos de acuerdo con criterios no previamente establecidos».


Fuentes del Departamento de Industria del Gobierno vasco señalaron ayer que el Ejecutivo aún no ha tenido tiempo suficiente para valorar la sentencia -emitida el lunes-, por lo que no existe todavía una decisión sobre la oportunidad de recurrir la decisión ante el Supremo. Si el fallo del Superior de Justicia se convierte en firme, el Gobierno vasco estaría obligado a emitir una nueva evaluación de los proyectos que se presentaron, con unos criterios más equilibrados de puntuación.

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