DE PALENCIA A DONOSTIA PEDALADA CONTRA EL FRACKING


Ecomarcha 2014

¡Ya puedes inscribirte!

Del 11 al 27 de julio de 2014 pedalearemos con nuestras bicicletas entre Palencia y Donostia, recorriendo los paisajes amenazados por el fracking (la técnica de la fractura hidráulica para sacar gas del interior de las rocas) mientras disfrutamos conociendo las luchas que reivindican la paralización de estos proyectos así como aquellas que están construyendo otra forma de vivir en el territorio sin esquilmarlo. Ya puedes apuntarte a la 4ª Ecomarcha que organizamos Ecologistas en Acción y en la que deseamos encontrarte.

Si te surge cualquier duda en la inscripción, no dudes en llamarnos al 616 38 71 56. También puedes escribirnos a ecomarcha@ecologistasenaccion.org. Estaremos encantadas de resolver tus dudas.

Para participar en la 4ª Marcha en bicicleta por el Decrecimiento es imprescindible que te inscribas previamente en este Formulario. Para facilitar la organización de la marcha, es imprescindible que te apuntes antes del 4 de julio de 2014. ¡Gracias!

Con el objetivo de cubrir gastos (coordinación, alquiler de furgoneta, materiales de difusión...), Ecologistas en Acción solicita una aportación en la inscripción, variable en función de los días en que participes: 
De 1 a 3 días: 23 euros. 
De 3 a 7 días: 48 euros. 
De 7 a 15 días: 63 euros.

Con posibilidad de becas para las más precarias. Indícanoslo en tu inscripción. 
Menores de 12 años, gratis. 
El pago de esta aportación deberá hacerse previamente a la marcha, junto a tu inscripción, al número de cuenta de Ecologistas en Acción: IBAN ES10 1491 0001 2710 0941 0828 indicando en el Concepto "Ecomarcha y el nombre o nombres de la(s) persona(s) inscrita(s)".

La inscripción incluye:

· Seguro de viaje durante todos los días en que participes.
· Apoyo técnico y furgoneta "escoba" para caso de averías.
· Apoyo de la organización y personas disponibles en todo momento.
· Alojamiento gratuito en los espacios que nos ceden para pasar las noches, con acceso a baños y duchas. En el caso de que no sea posible encontrar un espacio cedido y haya que pagar algo, la organización os lo comunicará a la mayor brevedad.
· Información detallada de cada una de las etapas.
· Folleto de los contenidos y acciones durante la marcha.
· Banderolas y dorsales reivindicativos para lucir en tu bicicleta.
· Regalo de una preciosa camiseta en algodón ecológico y diseñada para la marcha.

Cada participante debe acudir, en el horario establecido, al lugar de salida de la etapa que desee, con su bicicleta en buen estado y ganas de pedalear.

Es previsible que en la segunda quincena de julio haga calor y sol, por lo que pedimos responsabilidad y cuidados, para evitar insolaciones, "pájaras" y malestares. Las etapas comenzarán a primera hora de la mañana para aprovechar las horas de temperatura más suave. Cuando apriete el calor, pararemos y, si es necesario, seguiremos al caer la tarde.

Cada participante debe asegurar que lleva agua, algún alimento energético para reponer fuerzas, casco, gorra, crema para sol y ropa adecuada.

Para el diseño de los recorridos, hemos tratado de que las etapas sean accesibles y por caminos tranquilos, alejadas de tráfico de vehículos a motor. Pero no siempre es posible, por lo que se irán explicando las posibles dificultades para entre todas organizar la marcha de la mejor manera posible.

En la furgoneta, además, daremos la posibilidad de llevaros el equipaje más pesado, para haceros más liviana la marcha, pero tendrás que llevar parte de tu equipaje en la bici pues la furgoneta siempre tendrá que tener espacio libre para posibles averías de bicicletas. También facilitaremos herramientas para reparar bicicletas y algunos accesorios, si bien es conveniente que autogestionéis todo cuanto necesitéis en caso de avería.

Ni que decir tiene que esta no es una marcha deportiva ni competitiva. No se trata de correr ni de llegar antes. Cada cual puede ir a su ritmo. Sí pedimos que estéis al tanto de la información que dé la organización (y que es dinámica y puede variar según circunstancias), así como que tratéis de respetar las normas de circulación y que nos apoyemos mutuamente para que todas disfrutemos de esta experiencia maravillosa.

En cuanto a las comidas, no se incluyen en la inscripción. Desde Ecologistas en Acción trataremos de organizar comidas populares en colaboración con buenas gentes y asociaciones locales. Las comidas colectivas que confirmemos las iremos difundiendo. Estas comidas correrían a cuenta de cada una, si bien trataremos de que sean muy asequibles. En cualquier caso, cada participante deberá autoabastecerse de víveres en el caso de que no sea posible organizar comidas o cenas colectivas. Como pasaremos por muchos pueblos, no habrá problemas en comprar víveres en las tiendas o a los campesinos que conoceremos.

Más allá de pedalear, la marcha ciclista pretende ser un espacio para la reivindicación y la construcción colectiva, por ello, el pedaleo se complementará con actividades lúdicas, espacios para la autoformación y el esparcimiento de las participantes, acciones reivindicativas y encuentros con personas y colectivos de los lugares que recorramos. En este sentido, te animamos a indicarnos en el Formulario de Inscripción cualquier sugerencia que quieras compartir.

Cuando todas lleguemos a un lugar, leeremos juntas el manifiesto de la marcha, para compartir en cada pueblo el sentir de la experiencia. Aquí sí os animamos a que estéis todas, para que compartamos la diversidad y conjunto del grupo en cada sitio.

11 al 27 de julio de 2014: por tierras de Palencia - sur Cantabria- norte de Burgos - Araba - Vitoria/Gasteiz - Nafarroa - Lizarra/Estella - Iruñea/Pamplona - Donostia.


Viernes 11 Palencia Llegada y recibimiento 

Sábado 12 Palencia – Melgar de Fernamental (74 km) 

Domingo 13 Melgar de Fernamental– Aguilar de Campoo (50 km) 

Lunes 14 Aguilar de Campoo – Reinosa (35.2 Km 

Martes 15 Reinosa– Corconte – Espinosa de Los Monteros (60 km) 

Miércoles 16 Espinosa – Quincoces de Yuso (35 km) 

Jueves 17 Quincoces de Yuso – Zuazo de Cuartango (55 km) 

Viernes 18 Zuazo de Cuartango -Gasteiz (28 Km) 

Sábado 19 Gasteiz – Kanpezu (Sta. Cruz de Campezo) (45 km) 

Domingo 20 Kanpetzu – Lizarra-Estella (35 km) 

Lunes 21 Jornada de descanso en Lizarra 

Martes 22 Lizarra – Altsasu (55 km) 

Miércoles 23 Altsasu – Iruña-Pamplona (57 km) 

Jueves 24 Iruña – Lekunberri (52 km) 

Viernes 25 Lekunberri – Errenteria (66,5 km) 

Sábado 26 Errenteria – Donostia - Errenteria (30 km) 

Domingo 27 Despedida en Donostia. 

INCONSTITUCIONAL LA LEY CONTRA EL FRACKING DE CANTABRIA

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Gabinete del Presidente
Oficina de Prensa
NOTA INFORMATIVA No 54/2014

EL TC DECLARA INCONSTITUCIONAL LA LEY CÁNTABRA QUE PROHÍBE EL USO DEL “FRACKING” PORQUE INVADE COMPETENCIAS EXCLUSIVAS DEL ESTADO


El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado el recurso presentado por el Gobierno contra la Ley del Parlamento de Cantabria 1/2013, de 15 de abril, que prohíbe en el territorio de esa Comunidad Autónoma el uso de la fractura hidráulica (“fracking”) como técnica de investigación y de extracción de gas no convencional. La sentencia, de la que ha sido ponente el Magistrado Andrés Ollero, no valora si el empleo de esta técnica es o no adecuado, sino que declara la inconstitucionalidad de la citada norma porque invade la competencia exclusiva del Estado “para regular la ordenación del sector energético y, dentro de éste, el subsector gasístico”.

Según la sentencia, la norma recurrida entra en colisión con la Ley 17/2013, que tiene carácter “básico” y que autoriza el empleo de la “fractura hidráulica” en el “desarrollo de los trabajos de exploración, investigación y explotación de hidrocarburos”. La ley estatal exige, además, “la previa declaración de impacto ambiental favorable para autorizar” proyectos que requieran la utilización de técnicas de fracturación hidráulica. La Ley 17/2013, explica la sentencia, está “justificada constitucionalmente, tanto por resultar necesaria para preservar lo básico en materia energética, como también por su incidencia para el desarrollo de la actividad económica del país y, por tanto, para la ordenación general de la economía”. Como consecuencia de ese carácter “básico” de la legislación estatal, las Comunidades Autónomas pueden legislar en la materia en defensa de sus intereses y dentro de las competencias fijadas por sus estatutos, “pero respetando siempre las bases establecidas por el Estado (...)”.

El Pleno afirma que la ley recurrida “invade” la competencia estatal en la medida en que la “absoluta e incondicionada” prohibición que establece respecto del uso del “fracking” en Cantabria “contradice de manera radical e insalvable” lo dispuesto en la Ley 17/2013. De hecho, la norma estatal “autoriza la aplicación de la técnica de la fractura hidráulica en el desarrollo de los trabajos de exploración, investigación y explotación de hidrocarburos no convencionales”.

“El legislador autonómico –observa el Tribunal- no se limita pues a establecer las peculiaridades que estime convenientes dentro del marco competencial que en la materia correspondiente le asigne su Estatuto”, sino que “vulnera la competencia estatal al entrar en conflicto con la eficacia de la legislación básica (...)”.

El Pleno rechaza que la ley autonómica pueda considerarse una norma adicional dictada por la Comunidad Autónoma de Cantabria dentro de sus competencias para la protección del medio ambiente. Y ello porque la legislación básica del Estado “ha intentado dar respuesta a las preocupaciones medioambientales que suscita el empleo de esta técnica industrial” estableciendo “la exigencia de una previa declaración de impacto ambiental favorable para autorizar los proyectos que requieran la utilización de la técnica de la fractura hidráulica”.

La sentencia concluye que, de acuerdo con la doctrina constitucional, y con el fin de proteger el medio ambiente, “la Comunidad Autónoma puede imponer requisitos y cargas para el otorgamiento de autorizaciones y concesiones no previstos por la legislación estatal, pero sin alterar el ordenamiento básico en materia de régimen minero y energético”.

En este sentido, el Pleno señala que la prohibición de la técnica del “fracking” “no constituye una norma adicional de protección a la prevista en la legislación básica estatal, pues no incorpora un nivel de protección más alto”.
Madrid, 25 de junio de 2014

Más información:

PARALIZADOS 16 PARQUES EÓLICOS EN CASTELLÓN POR LA NUEVA LEY DE RENOVABLES


Mediterráneo 15 de junio de 2014

EL INTERIOR DE LA PROVINCIA CUENTA DESDE HACE OCHO AÑOS CON 16 INSTALACIONES

La ley de renovables paraliza ‘sine die’ 16 parques eólicos en Castellón

Las empresas eólicas prevén despidos en los parques del interior y reducir el dinero que reciben los municipios. El Gobierno rebaja hasta un 50% las ayudas y el sector anuncia el bloqueo de todos los proyectos pendientes

ELENA AGUILAR 15/06/2014

Los molinos no van a seguir creciendo en Castellón, al menos a corto y medio plazo. Incluso es probable que alguno de los 16 parques eólicos que funcionan en la provincia desde hace ocho años acabe paralizado. Y todo gracias al real decreto que acaba de aprobar el Gobierno y que fija el nuevo marco retributivo de las energías renovables, pero también de la cogeneración y del tratamiento de residuos. En la práctica, las primas desaparecen y van a ser sustituidas por un nuevo modelo en el que los pagos se calculan a partir de la inversión realizada en cada instalación tipo y sus años de vida útil.

El sector de la energía eólica (uno de los más afectados por la reforma, aunque no el único) ya ha cuantificado el “hachazo” en 1.700 millones de euros. En Castellón, los 16 parques en funcionamiento dejarán de percibir más de 200 millones de euros. “Los parques anteriores al 2005 van a dejar de recibir ayudas porque el Gobierno cree que ya están amortizados mientras que los posteriores a esta fecha (todos los de la provincia) verán reducidos los pagos hasta en un 50%”, explican desde la Asociación Empresarial Eólica (AEE), a la que pertenecen casi todas las firmas del sector.

INVERSIONES, LAS MÍNIMAS // A falta de que se apruebe la orden ministerial que desarrolla los parámetros retributivos, el sector eólico provincial ya ha aventurado que las consecuencias van a ser nefastas. De momento, tanto la AEE como todas las compañías consultadas, dan por sentado que los proyectos pendientes se van a ver paralizados sine die. Y en Castellón hay pendiente nada menos que otros 16 parques. La provincia cuenta en la actualidad con 16 instalaciones eólicas, pero tiene en proyecto el desarrollo de la segunda fase del Plan(contemplaba una inversión de 340 millones y la creación de 360 empleos), unas obras que se adjudicaron mayoritariamente a Iberdrola y Renomar y que no se han realizado. “Todas las nuevas inversiones se van a paralizar ya que el decreto es nefasto para el sector y aboca a una larga travesía de parálisis de inversión”, aseguran desde las empresas.

Con los proyectos de ampliación guardados en un cajón, la cuestión ahora es saber qué pasará con los 16 parques que hay en funcionamiento en Castellón y con las primas que reciben los ayuntamientos en cuyos términos municipales están instalados los molinos. “Hay empresas que van a ver mermados sus ingresos en un 50% y, lógicamente, eso acabará repercutiendo en su funcionamiento. Muchas harán reducciones de plantilla y parece evidente que las primas que esas compañías pagan a los ayuntamientos se reducirán, aunque eso al final va a depender de la decisión de cada compañía”, pronostica Marcos Lacruz, presidente de la Asociación Valenciana de Energías Renovables (Avaesen).

Aunque desde la Generalitat se asegura que las empresas eólicas están obligadas por ley y, en base a la potencia instalada, a compensar a los ayuntamientos (en el 2013 los pagos ascendieron a 1,5 millones de euros), las empresas del sector no lo ven tan claro.

EVALUACIONES DE IMPACTO AMBIENTAL IRREGULARES

El País 14 de junio de 2014

El Consell suplanta a los funcionarios en los controles de impacto ambiental

El TSJ ordena que el personal de Vaersa deje de redactar las declaraciones

Adolf Beltran. Valencia

El Consell ha estado suplantando “de facto”, en el departamento de Medio Ambiente, a los funcionarios responsables por personal de la empresa pública Vaersa (Valenciana de Aprovechamiento Energético de Residuos, SA) en “el ejercicio de las potestades en materia de control y decisión sobre la adecuación medioambiental de los proyectos que le son sometidos a informe”. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), fechada el pasado día 6 de junio, así lo establece en respuesta a un recurso del sindicato Confederación General del Trabajo (CGT) en colaboración con Intersindical Valenciana.

La sentencia, de la sección segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJCV, señala que se ha producido una “vía de hecho” por la que empleados de Vaersa, cuyo cometido no puede sobrepasar el de “emitir determinados informes técnicos”, han “asumido la totalidad de la tramitación y resolución del procedimiento administrativo correspondiente” a las declaraciones de impacto ambiental preceptivas en toda obra pública o proyecto urbanístico.

La “vía de hecho” es un concepto jurídico que describe cuándo la Administración permite que actúe un “órgano manifiestamente incompetente” o prescinde por completo del procedimiento. También, según recoge la sentencia en sus fundamentos jurídicos, describe “una actuación material de la Administración desprovista de la cobertura del acto legitimador o con graves vicios que supongan su nulidad radical o de pleno derecho”.

El recurso de CGT y la Intersindical Valenciana dio pie a una serie de pruebas testificales de empleados de Vaersa y de la propia Consejería de Medio Ambiente, hoy Consejería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, y documentales, a partir de la revisión de diversos expedientes de declaración de impacto ambiental. La sentencia recuerda que Vaersa, como empresa pública 100% propiedad de la Generalitat, tiene la consideración de “medio propio instrumental y servicio técnico” de la Administración autonómica, que le hace encomiendas. Una de ellas, de diciembre de 2007, consistía en la “realización de estudios de impacto ambiental, ejecución de los mismos y vigilancia de las medidas correctoras o del condicionado ambiental”. El alcance de los trabajos, según la orden que reguló ese encargo, era exclusivamente técnico y nunca formaría parte “estrictamente del procedimiento administrativo”.

El TSJCV, constata, tras revisar los testimonios y los documentos, que entre los informes redactados por los técnicos de Vaersa y las declaraciones de impacto ambiental finalmente emitidas por la Generalitat “existe una sistemática y absoluta similitud de contenidos, fechas y formatos, solo desvirtuada ocasionalmente, así como una redacción unitaria de tales documentos por parte de quienes, teniendo solo el cometido de emitir determinados informes técnicos, habrían asumido sin embargo la totalidad de la tramitación y resolución del procedimiento administrativo correspondiente”.

Por eso concluye que “las tareas llevadas a cabo por el personal de Vaersa, efectivamente, exceden de las expresamente recogidas” en la orden de 2007. Pero no solo eso, sino que además, el personal de Vaersa ha suplantado potestades que solo corresponden a funcionarios de la Generalitat. En consecuencia, la sentencia, que desestima el reconocimiento de indemnización alguna, porque no considera al sindicato recurrente legitimado para reclamarla, estima, en cambio, la pretensión fundamental del recurso y ordena a Vaersa y a la Administración autonómica “el cese inmediato de dicha vía de hecho”. Contra la sentencia cabe recurso de casación.

CGT ha anunciado, tras conocer el fallo judicial, la adopción de “medidas legales contundentes” para exigir “por todos los medios” el cese de estas “actuaciones ilegales”, así como “responsabilidades de toda naturaleza a las autoridades y funcionarios que han implantado estos procedimientos, que han perseguido apartar al personal funcionario de sus funciones legales y constitucionales, con el fin de obtener resoluciones administrativas a la medida de los intereses políticos del gobernante”.

El sindicato destaca que las potestades que la ley otorga a los funcionarios son un “mecanismo de garantía de objetividad, imparcialidad, independencia y sometimiento al principio de legalidad en la gestión de lo público” y añade que la Generalitat “ha recurrido a Vaersa para ejercer funciones en otras áreas competenciales de la consejería, de especial trascendencia para los intereses públicos, como la instrucción y resolución de procedimientos sancionadores, tramitación de autorizaciones ambientales integradas, procedimientos urbanísticos, gestión de residuos, elaboración de normativa, etc., lo cual es extraordinariamente grave”. Y considera que pueden haberse cometido delitos de prevaricación, malversación, tráfico de influencias y usurpación de funciones públicas.

Por otra parte, CGT apunta que estudia instar de oficio la revisión de todas aquellas declaraciones de impacto ambiental “en las que se ha instruido y resuelto el procedimiento administrativo de evaluación de impacto por personal de Vaersa, por concurrir una causa de nulidad de pleno derecho”.

NUEVO SISTEMA DE RETRIBUCIÓN A LAS RENOVABLES Y "RENTABILIDAD RAZONABLE"


Publicada la norma que fija el nuevo sistema de retribución a las
Renovables: qué es la "rentabilidad razonable", según el BOE

Cinco Días 10 de junio de 2014 CINCO DÍAS / C. C. 10-06-2014 12:30

El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos. El real decreto fija el recorte a la retribución de las instalaciones renovables que anunció el Gobierno y que aprobó el consejo de ministros el pasado viernes. El real decreto fija un concepto de "rentabilidad razonable" para retribuir a las plantas de renovables por la inversión realizada y que no se cubra con la venta de energía a precios de mercado.

El texto hace un repaso de las distintas normas aprobadas desde 1998 y sus posteriores modificaciones. "No puede obviarse", señala el real decreto, "que el muy favorable marco de apoyo las medidas adoptadas" propició la "rápida superación de las previsiones": Es más, los sucesivos ajustes desde 2009 a 2011 "no habían resultado suficientes para la consecución de los fines que las inspiraban y que el marco normativo adolecía de ciertas ineficiencias". De ahi, señala la aprobación del nuevo sistema de primas

Retribución a la inversión: el valor de la retribución a la inversión de la instalación se calculará, para una empresa eficiente y bien gestionada, de forma que permita compensar los costes de inversión que aún no hayan sido recuperados según la formulación del valor neto del activo y que no podrán ser recuperados mediante los ingresos de explotación previstos para el periodo que le queda a la instalación hasta alcanzar la vida útil regulatoria.

Qué instalaciones se podrán beneficiar: Según fija el real decreto, las instalaciones "podrán percibir durante su vida útil regulatoria", adicionalmente a la retribución por la venta de la energía valorada al precio del mercado, una retribución específica compuesta por un término por unidad de potencia instalada que cubra los costes de inversión que no puedan ser recuperados por la venta de la energía en el mercado.

Para fijar esa rentabilidad "se establecerán mediante real decreto las condiciones, tecnologías o colectivo de instalaciones concretas que podrán participar". Posteriormente, señala el texto publicado, se fijarán mediante una orden los parámetros retributivos aplicables. Las instalaciones que a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio, tuvieran reconocido el régimen económico de primas, tendrán derecho a la percepción del régimen retributivo específico regulado en el presente real decreto.

Rentabilidad razonable: El valor sobre el que girará la "rentabilidad razonable" de las instalaciones se calculará como la media del rendimiento de las Obligaciones del Estado a diez años en el mercado secundario de los 24 meses previos al mes de mayo del año anterior al del inicio del periodo regulatorio incrementada en un diferencial.

Para el periodo inicial, el ministro de Industria fijó el pasado viernes en la rueda de prensa posterior al consejo de ministros que esta rentabilidad estará en torno al 5,8%.

Revisión por periodos regulatorios: cada periodo regulatorio tendrá una duración de seis años. Cada periodo regulatorio se dividirá en dos semiperiodos regulatorios de tres años. Los periodos regulatorios serán consecutivos.

Se podrán realizar revisiones de los parámetros retributivos al finalizar cada periodo regulatorio y cada semiperiodo regulatorio según lo establecido en el artículo 14.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en los artículos 19 y 20 de este real decreto.

Las revisiones del valor sobre el que girará la rentabilidad razonable "aplicarán en lo que reste de vida útil regulatoria de las instalaciones tipo".

Retribución a la operación: la retribución a la operación por unidad de energía de la instalación tipo se calculará de forma que adicionada a la estimación de los ingresos de explotación por unidad de energía generada iguale a los costes estimados de explotación por unidad de energía generada de dicha instalación tipo, todo ello en referencia a la actividad realizada por una empresa eficiente y bien gestionada.

Una orden del Ministro de Industria podrá establecer el número de horas equivalentes de funcionamiento máximas para las cuales la instalación tiene derecho a percibir dicha retribución a la operación.

Como resultado de las revisiones y actualizaciones del régimen retributivo especifico, "se podrán eliminar o incorporar nuevos tipos de instalaciones a los que les resulte de aplicación la retribución a la operación".

Requisitos necesarios para la inscripción en el registro de régimen retributivo(artículo 46): para que una instalación pueda ser inscrita en el registro de régimen retributivo específico en estado de explotación, serán requisitos imprescindibles:

a) Que la instalación esté totalmente finalizada en la fecha límite. A los efectos, se considera una instalación terminada si cuenta con todos los elementos, equipos e infraestructuras necesarios para producir energía y verterla al sistema eléctrico, ha obtenido la inscripción con carácter definitivo en el registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica y ha comenzado a verter energía eléctrica.

b) que la instalación cumpla los requisitos y las condiciones establecidas por orden del Ministro de Industria

No obstante, la potencia de la instalación podrá diferir de la potencia inscrita

- Si la potencia instalada o la suma de las potencias instaladas es inferior a la inscrita en el registro, la potencia con derecho a régimen retributivo será la potencia finalmente ejecutada.

- Si la potencia instalada o la suma de las potencias instaladas es superior a la inscrita en el registro, la potencia con derecho a régimen retributivo será la potencia inscrita




TRÁFICO DE INFLUENCIAS EN LOS EÓLICOS VALENCIANOS


Valencia Plaza 3 de junio de 2014

EL EXPRESIDENTE DE BANCAJA, IMPUTADO


Olivas, Cotino y los 'juegos' con Iberdrola y Endesa


J. CLEMENTE. 03/06/2014


El expresidente de Bancaja cobró medio millón de euros por asesorar una operación en la que la eléctrica de la que era consejero tuvo un papel relevante


La historia llevaba circulando más de un mes por los círculos financieros y de poder de Valencia pero no fue hasta este lunes cuando el diario Las Provincias la confirmó de fuentes judiciales. José Luis Olivas está siendo investigado por un supuesto delito fiscal que no tiene que ver con su actividad con Bancaja, ni con el Banco de Valencia ni con Bankia.

El otrora todopoderoso presidente de la primera entidad financiera valenciana fue a declarar como imputado ante el juez que está instruyendo una denuncia de la Fiscalía por una evasión de impuestos en la que está implicado el empresario Vicente Cotino, máximo accionista de Sedesa, dentro de la cual se considera a Olivas como cooperador necesario. A grandes trazos, Cotino no pagó lo que debía a Hacienda usando la factura de 580.000 euros que Olivas le giró desde su empresa particular (Imarol SL) por asesorarle en la venta de unas acciones.

El fondo de la historia, sin embargo, es mucho más complejo y arroja sombras sobre los negocios paralelos de Olivas mientras fue presidente de Bancaja. Las acciones que quería vender y vendió Cotino eran su participación en Parques Eólicos Valencianos, una sociedad ya extinguida tras ser absorbida por Enel.

Aunque esta operación en si misma no está siendo investigada, lo cierto es que las fuentes que la explicaban antes de que saltara a la luz pública se echaban las manos a la cabeza. Cotino había creado con Endesa (después Enel) una sociedad -Proyectos Eólicos Valencianos- para optar al plan eólico de la Comunitat Valenciana. En un momento determinado (2008) quiso vender su parte y contrató el asesoramiento de Olivas para esa desinversión.

La clave está en que Olivas era consejero de Iberdrola, además de presidente de Bancaja, eléctrica de la que la caja era accionista y así como socia en otro de los grupos creado para optar al negocio de energía eólica valenciano, Sistemas Energéticos de Levante.

Cuando Cotino puso en venta su paquete accioniarial en Proyectos Eólicos Valencianos, Iberdrola presentó oferta por ella. Aunque al final no lo compró y fue Endesa quien, ejerciendo su derecho de compra preferente se quedó los títulos, las fuentes empresariales consultadas por este periódico aseguran que la oferta de la eléctrica presidida por Ignacio Sánchez Galán hizo subir de precio las acciones de Cotino al tener Endesa que igualarla.

El papel de Olivas, como consejero de Iberdola, en la decisión de la eléctrica de presentar oferta por esas acciones es lo que está en boca de los corrillos empresariales valencianos. Pero eso no es objeto de investigación por el juzgado.



Jose Luis Olivas, además de expresidente de Bancaja, fue presidente de la Comunidad Valenciana de 2002 a 2003, después de Zaplana y antes de Camps. Y durante su mandato, se adjudicó a las diferentes empresas los parques eólicos del Plan eólico valenciano. A SEDESA, la empresa de la familia Cotino, le “tocaron” 498 MW.

Juan Cotino, apartado ahora temporalmente de SEDESA, actualmente es Presidente del Parlamento de la Comunidad Valenciana (Les Corts Valencianes)


MÁS SOBRE LAS PALAS DE LOS MOLINOS


ABC 26 de mayo de 2014 


Constituyen un residuo emergente: no hay una directiva europea que regule su gestión y reciclado o la reutilización de sus componentes, que pueden liberar químicos muy contaminantes


EFE Día 26/05/2014


Las palas de los aerogeneradores en desuso o al final de su vida útil -entre 1.500 y 2.000 en España- se están almacenando en vertederos incontrolados, con el consiguiente riesgo para la salud y el medio ambiente.

Si las palas se depositan junto a un bosque y un incendio forestal, fortuito o provocado, las quemara, la combustión de las aspas de los aerogeneradores, compuestas por fibras de carbono y de vidrio, reforzadas en algunos casos con poliéster, liberaría químicos peligrosos y muy contaminantes para el medio ambiente y el hombre, ha explicado en una entrevista Félix A. López, investigador del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC).

Las palas de molinos en desuso suponen residuos emergentes y, por tanto, todavía no existe una directiva europea específica que las catalogue como residuos «peligrosos» o «tóxicos» o «inertes», favoreciendo el vacío legal en torno a ellas, ha detallado el experto en reciclado de materiales y residuos.

En este contexto, López ha señalado que el CSIC trabaja en un proyecto de reciclaje, ralentizado por la ruina del sector eólico en particular y la crisis económica en general, que concluirá en un máximo de dos años y que permitirá recuperar las fibras y transformar en energía las resinas y otros constituyentes.

De momento -ha añadido-, en Europa aún no se puede hablar de soluciones que establezcan estrategias para la gestión, reciclado o reutilización de los componentes de las palas de los aerogeneradores.


Casi 800 parques en 15 autonomías


España, la tercera potencia en el mundo y la segunda en Europa en producción de energía eólica, por detrás de Estados Unidos y Alemania, cuenta con 766 parques eólicos repartidos entre 15 comunidades autónomas. Castilla-La Mancha, Castilla y León y Galicia aportan más del 50% de la producción total.

Al respecto, cabe señalar que el parque eólico español, cuyos primeros aerogeneradores datan de 1997, está constituido por 17.000 aerogeneradores, sumando un total de 51.000 palas, de las que unas 1.500 o 2.000 se encuentran, a día de hoy, averiadas o en desuso.


Casi 2.000 molinos llegarán al final de su vida útil


En la actualidad, el destino de estas palas, sin una legislación que lo defina, hay que buscarlo en almacenes y depósitos localizados en las inmediaciones de los parques eólicos que hay por casi toda la península. López ha matizado que es probable que «alguna empresa gestora de residuos las recojan, trituren y lleven a un vertedero de residuos inertes o peligrosos». Aunque no se conoce con exactitud la trazabilidad de una pala.

El investigador, subraya, que los parques se sitúan, por lo general, en lugares inaccesibles, por lo que el transporte de una pala y su posterior trituración pueden suponer para la empresa gestora de la misma un coste que varía entre los 4.000 y 5.000 euros, haciéndolo, a veces, inasumible.

Oportunidad de negocio

Las palas de los aerogeneradores miden entre 45 y 48 metros y se pueden averiar bien por fenómenos meteorológicos adversos, como los rayos, bien por choques de avifauna o simplemente porque han llegado al final del ciclo de su vida, unos 15 años dependiendo de diversos factores, lo que haría imprescindible su sustitución.

El CSIC estima que en España y en un período entre 2017-2025, alrededor de 1.500 aerogeneradores (4.500 palas) equivalentes a una potencia instalada de aproximadamente 2.128 MW, y erigidos entre los años 1997-2000, habrán llegado al final de su vida útil.

«Durante dicho período se calcula que se producirán alrededor de 21.000 toneladas de materiales compuestos que habrá que gestionar». Además, el aprovechamiento de las palas también estaría orientado a la recuperación de materiales como las fibras de carbono, que gozan de un valor añadido, ya que pueden aplicarse dentro de la industria aeronáutica y representan una oportunidad de negocio y de innovación importante.

EÓLICOS, BANCOS Y FONDOS BUITRE

30 de mayo de 2014. Cuarto poder. http://www.cuartopoder.es/loszapatosdelvagabundo/la-reforma-energetica-de-soria-pone-el-sector-de-renovables-en-manos-de-bancos-y-fondos-buitre/3001

La reforma energética de Soria pone el sector de renovables en manos de bancos y ‘fondos buitre’

Los productores españoles de energía fotovoltaica consiguieron este lunes que el Consejo de Estado ampliara hasta el viernes el plazo para presentar sus alegaciones al proyecto de José Manuel Soria, ministro de Industria y Energía, que regula la retribución a los productores de energías renovables. La inminente ley Soria recorta drásticamente las primas a las renovables, lo que va a hacer inviable la pervivencia de muchas de las pequeñas y medianas explotaciones que durante estos últimos años se han creado en España. Y los fondos buitre y los bancos ya andan al acecho para comprar a precio de saldo las instalaciones españolas. “Cotidianamente hay inversores extranjeros y fondos buitre que nos llaman para que les ayudemos a gestionar la venta de estas plantas. Nosotros nos hemos negado, por supuesto”, relata Juan Castro Gil, asesor jurídico de la Asociación Nacional de Productores de Energía Fotovoltaica (Anpier).

Muchos productores ya han tomado la determinación –incluso antes de que se haga definitivo el texto de la reforma– de poner sus explotaciones en manos de los bancos a cambio de la deuda pendiente. Un negocio ruinoso, ya que estas instalaciones solo alcanzan rentabilidad al cabo de 12 años de funcionamiento. Lo mismo está ocurriendo con los que apostaron por el viento, según aseguran desde la Asociación Empresarial Eólica (AEE): “La Reforma Energética deja al sector en una situación complicada, en la que muchos parques no ingresarán lo suficiente para poder hacer frente a los gastos corrientes. No hay que olvidar que la eólica es la tecnología más afectada por la reforma, la que sufre mayores recortes. Es imposible predecir cuántos están en riesgo. Según les ha sucedido a los pequeños y medianos productores de fotovoltaica, los de eólica también están vendiendo sus instalaciones a los bancos al precio de la deuda que les queda por pagar”.

En 2013, España se convirtió en el primer país del mundo en producir y consumir más energía eólica que nuclear. Según los productores, la Reforma Soria va contra la tendencia internacional de apostar por energías limpias. De hecho, la AEE acaba de conceder a Barak Obama su Distinción Anual por “su decidida apuesta por la eólica, que ha multiplicado por cerca de cuatro veces la capacidad instalada en el país durante su presidencia con un importante protagonismo de las empresas españolas. De los 61.110 MW de potencia eólica con los que contaba Estados Unidos a finales de 2013 –sólo superada por China–, el 72,6% se instalaron durante la presidencia de Obama. A pesar de que a menudo se ha encontrado con la oposición tanto de la Cámara de Representantes como del Senado, el presidente ha luchado en los últimos seis años para prolongar la política de exenciones fiscales a la eólica y se ha marcado ambiciosos objetivos”. Un panorama bastante diferente al que hoy se dibuja en España.

La AEE dice carecer, de momento, de datos globales sobre explotaciones en peligro e inversiones y préstamos pendientes. Anpier señala que las 72.000 plantas de fotovoltaica tienen aún pendiente una deuda cercana a los 38.000 millones de euros. Una deuda que, aseguran, buena parte de las explotaciones no podrá pagar. “La publicidad institucional que se hizo para cautivar a los inversores particulares fue un engaño extraordinario”, resume Juan Castro Gil. “Para impulsar el sector, como no había fondos estatales, se le permitió a los inversores un apalancamiento del 80%, y se le dijo a los bancos que podían avalar ese 80%. En los tres decretos al respecto que se dictaron (uno en la época de Aznar y dos en la de Zapatero), se establecía la imposibilidad de cambios futuros. Ahora mucha gente se va a ir a la ruina o se va a ver obligada a vender sus explotaciones a precios muy bajos”.

“Desde el año 2006, y con el eslogan “El sol puede ser tuyo”, el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía publicitó y promovió la inversión en solar fotovoltaica, unas inversiones que han resultado ruinosas para 55.000 familias españolas, en la mayoría de los casos pequeños ahorradores agrupados en cooperativas solares ubicadas en entornos rurales, en muchos casos desfavorecidos”, señala Anpier en su página web anunciando acciones legales por publicidad engañosa.

De momento, los inversores extranjeros, a través de ocho arbitrajes que tendrá que dirimir el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias (dependiente del Banco Mundial), reclaman al Gobierno español cerca de 3.000 millones por estos cambios legislativos. Y eso antes de que la reforma de Soria entre en vigor. Antes de que el sol deje de ser tuyo.

GESTIÓN FORESTAL SOSTENIBLE EN CANTABRIA

MANIFIESTO POR UNA GESTIÓN FORESTAL SOSTENIBLE

Tras las Jornadas sobre Gestión Forestal Sostenible celebradas en el Centro de Estudios Rurales en Cabezón de la Sal durante el mes de Mayo, los organizadores, la Revista Cantárida y Ecologistas en Acción-Cantabria, han difundido el siguiente Manifiesto sobre Gestión Forestal Sostenible al que pueden adherirse cuántas personas y entidades, incluidas las instituciones municipales, autonómicas o estatales con competencias en el tema, lo deseen en los siguientes términos: 

–Que la gestión forestal en Cantabria necesita dotarse de los instrumentos legales y técnicos de gestión sostenible de los recursos forestales con una visión integral, transversal y multidisciplinar que permita, simultáneamente, tratamientos diferenciados en función de los ámbitos concretos, de los ecosistemas y especies afectados, y de los intereses de las comunidades rurales y la compatibilidad entre las políticas económicas, sociales y ambientales.

–Que para alcanzar una gestión forestal sostenible deben analizarse con el máximo rigor las interacciones o compatibilidades entre las funciones ambientales, recreativas o socioculturales y productivas para garantizar la conservación y renovación de los recursos forestales, mantener o aumentar las superficies de vegetación natural, reforzar la calidad de sus valores ecológicos y paisajísticos, potenciar los usos y conductas sociales relacionadas con la investigación, la lucha contra el cambio climático, y la educación ambiental con sus posibilidades didácticas, y rentabilizar los recursos turísticos, agroganaderos y madereros con técnicas y planteamientos que eviten los impactos, desarrollen sistemas de explotación y aprovechamiento manuales, blandos o extensivos, y contribuyan, entre otros fines, a la prevención de riesgos en materia de incendios, inundaciones, erosión, pérdida de fertilidad, degradación de los paisajes…, y a dinamizar las economías rurales.

–Que, entre otras medidas urgentes, deben restringirse las plantaciones masivas e indiscriminadas de eucaliptos, pinos y chopos de explotación intensiva, las talas a matarrasa, la apertura de pistas de saca y la extracción de biomasa mediante el desnudamiento de los suelos; establecer discontinuidades en su localización, y exigir distancias y servidumbres respecto a cabeceras, fuentes y manantiales, vaguadas, canales, ríos, laderas de fuerte pendiente, carreteras, caminos rurales y pistas forestales, núcleos habitados, crestas y líneas de cumbres, barrancos, áreas de pastos, espacios de valor agroecológico, bosquetes, paisajes relevantes y cuencas visuales de particular fragilidad y profundidad. Y paralelamente, fomentar la repoblación de especies autóctonas de alto valor añadido con un régimen específico de ayudas y la creación de un Banco de Crédito Forestal, y respetar y ampliar la vegetación natural, las praderas naturales y las vegas y mieses de vocación agroganadera y hortofrutícola. 

–Que estas actuaciones deben apoyarse con un proceso de información y participación institucional, ciudadana y pública para introducir las dimensiones ambientales, la rentabilidad social y criterios de protección del paisaje en los programas y contenidos de la Política Agraria Comunitaria y el Plan de Desarrollo Regional; de las leyes estatales, sectoriales o autonómicas sobre el Suelo, Montes, Aguas, Costas, Paisaje, Patrimonio Natural…; del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Cantabria (PORN), del Plan Regional de Ordenación del Territorio (PROT), del Plan Forestal, de los Planes de Ordenación de los Recursos Forestales (PORF), y de las Certificaciones Forestales; y de las Ordenanzas Forestales y los planeamientos municipales impulsadas o protagonizadas por las distintas Administraciones –Unión Europea, Gobierno Central y Autonomías, Confederaciones Hidrográficas, Ministerios y Consejerías, Ayuntamientos, Juntas Vecinales…–, con la generalización de prácticas económicas y productivas que tengan que ver con la diversificación, la transformación y comercialización en los mercados locales, el desarrollo endógeno, las denominaciones de origen y la trazabilidad ecológica, la mejora de los vínculos entre oferta y demanda con una mayor equidad en el reparto de beneficios y la eliminación de las prácticas monopolísticas o de cártel de los intermediarios forestales y los fabricantes de celulosa, las compensaciones a los municipios por los rendimientos ambientales o a largo plazo de los recursos forestales, la reforma de las bases de las concentraciones parcelarias para el mantenimiento de las estructuras de mosaico y los paisajes de cercas…entre otras iniciativas.