Por qué no son capaces de implantar un solo aerogenerador
La Plataforma ya ha presentado cinco
contenciosos, contra la Ampliación de la
S.E. Aguayo y los polígonos industriales
El Escudo, Somaloma-Las Quemadas, Campo Alto-La Costana y Cuesta Mayor
Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria
NOTA DE PRENSA
30 /08/2023
En
2023 nos desborda la desinformación, inexactitudes/mentiras puras y duras de
las Administraciones, el oligopolio o, incluso, nuevos colectivos que brotan
-desaparecen- a diario, con ruedas de prensa anunciando qué “van a hacer”
respecto al atropello eólico.
En
tal situación, la Plataforma, hace el
siguiente un breve resumen de datos reales:
·
en
2015 el TS confirmaba la sentencia del TSJC que, en 2012, había anulado la
ilegal atribución -dijeron “concurso eólico”-
de 1.400 Mw de potencia eólica a 7 grupos de empresas, que fue declarado
instrumento ilegal de planificación al omitir la legal, obligatoria Evaluación
Ambiental Estratégica, incumpliendo la obligación de planear/evaluar antes de
autorizar/ejecutar.
·
desde
entonces seguimos sin planificación -ni Plan
Regional de Ordenación del Territorio, PROT, ni Plan de Sostenibilidad Energética, PSEC-, ni Evaluación Ambiental Estratégica, EAE, de los impactos de la
implantación energética, en concreto la
eólica,
·
también
desde entonces 11 años- es continua la cascada -lenta pero insegura- de datos
reales, rumores y falsedades sobre solicitudes de proyectos eólicos de los
adjudicatarios del “concurso”, a los
que se ha unido un muy activo grupo, Capital
Energy, acumulando la amenaza de más de 2.000 Mw eólicos,
·
salvo
el ilegal y salvaje atropello arqueológico por Marcano del molino “experimental” de Vestas, en
Celada-Marlantes, Campoo de Enmedio, en nuestro territorio regional no se ha
implantado ni un parque, ni un solo molino,
·
“la
cosa” se ha acelerado con el empuje de los miles de millones -que dicen- de
Europa y, en realidad son de todos nosotros,
·
tras
intervenir, hace 11 años, en los procedimientos que acabaron en las sentencias
del TSJC y el TS, la Plataforma
recurre y alega contra todo, contra absolutamente todos y cada uno de los
movimientos administrativos en materia energética/eólica, del oligopolio y las
Administraciones
·
tenemos
solicitada, sin que la Administración siquiera nos haya acusado recibo, la
revisión de oficio y la nulidad de pleno derecho de todos y cada uno de los polígonos
industriales, incluido el P.E. El Escudo, cuya falta de respuesta, generadora
de indefensión, tendrá serias consecuencias judiciales,
·
se
han otorgado, muy bien repartidas, DIAs
favorables a Iberdrola (El Escudo), Capital Energy (Cuesta
Mayor y Bustatur/Bustasur), EdP (Somaloma-Las Quemadas) y al sorprendente, no explicado Agustín
Valcarce, Iniciativas Eólicas de Cantabria (Campo Alto/La Costana),
·
ninguno
de los polígonos industriales, llamados P.E.,
dispone de Evaluación Ambiental Estratégica, ni de autorización de uso
industrial en suelo rústico, ni de concesión administrativa, ni conformidad
total de los propietarios del territorio, en especial comunales, ni…, por lo
que todo lo tramitado es nulo,
·
tenemos
también presentadas todas las alegaciones y recursos frente al muy ilegal/abusivo
Salto de Aguayo.
·
es
tal el panorama que, una vez más, afirmamos que ningún expediente eólico de los
que está en trámite llegará a buen puesto, todos zozobrarán, como lo hizo el “concurso eólico”, por lo que exigimos que rueden cabezas de los
responsables.
En
tal situación, a día de hoy, sin ningún proyecto legalmente próximo a la
posibilidad de que sea autorizada su instalación la Plataforma tiene presentados sendos recursos
contencioso-administrativos, 5, contra la autorización previa de la Ampliación de la S.E. Aguayo y el
polígono industrial, P.E. El Escudo, los
2 ante el TSJ de Madrid, algo que, conociéndolo, siempre calla al falsear
desinformando El Delirio Montañés y
contra los polígonos P.E. Somaloma-Las Quemadas, P.E. Campo Alto-La
Costana y P.E. Cuesta Mayor, estos
3 ante el TSJ de Cantabria.
Son razones jurídicas similares que, entre
otras, basan los contenciosos:
·
Nulidad
de pleno derecho de la DIA
· Nulidad de pleno derecho del PNIEC 2021-2030
Requerimientos a esa Consejería y al MITERD por nulidad radical de todos los expedientes de parques eólicos en nuestro territorio, no tramitados.
·
Falta
de planificación y, en especial, de Evaluación
ambiental estratégica previas
·
Falta
de autorización de los propietarios del suelo comunal
·
Falta
de autorización para el uso industrial del suelo rústico
·
Diversas
ilegalidades muy graves en el procedimiento.
·
Fraccionamiento
de proyectos y falta de valoración de las sinergias.
·
Afecciones
a la salud.
·
Afección
a espacios naturales protegidos, Red
Natura 2000 y conectividad
·
Afección
a especies incluidas en el Catálogo de
Amenazadas.
·
Incumplimiento de las Directrices técnicas y ambientales del PSEC
2014-2020 y las Leyes 7/2013 y 4/2014.
·
Falta de
alternativas.
·
Ilegalidades urbanísticas y
referidas a la utilidad pública.
Sería prueba de que nuestra enferma sociedad aún tiene -un mínimo- pulso democrático que todos, absolutamente todos los medios -a los que ofrecemos las ampliaciones que nos soliciten- publicaran esta breve nota aclaratoria sobre la desinformación, inexactitudes o mentiras puras y duras que circulan por ahí.
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