Resumen de las alegaciones presentadas por la Plataforma a la actualización del PNIEC 2023-2030
Plan Nacional Integrado de Energía y Clima
03/09/2023
PREVIA 1.- Nulidad del PNIEC
2021-2030.- Nuevas EAE y DAE de la ampliación del PNIEC 2023-2030 que tengan en cuenta los impactos del brutal incremento
de potencias de generación eólica y fotovoltaica ahora propuestos.
PREVIA 2.- Caos de proyectos provocado por el PNIEC 2021-2030.-
La aprobación del PNIEC 2021-2030
supuso un caos de solicitudes de proyectos de generación “renovable”, de megaproyectos eólicos y fotovoltaicos por toda
España, generando un atasco administrativo y la imposibilidad de realizar una
información pública correcta de los proyectos con intervención de afectados e
interesados.
En Cantabria el total en tramitación 800,22+795,075= 1595,295 Mw, duplicando con exceso los 700 Mw que preveía el caducado PSEC y superando, incluso, los 1.400 Mw del ilegal/anulado Concurso eólico.
Caos de polígonos eólicos solicitados en Cantabria
PREVIA 3.- DEBATE energético previo.-
Es preciso un nuevo modelo energético que frene el destrozo, un modelo asentado en un real debate socio-político, con participación global de afectados e interesados, en el que se informe, discuta y decida sobre las reales prioridades energéticas, la sostenibilidad y la conveniencia o no -para el interés general- de mantener la actual política de mega-estructuras industriales –eólicas, fotovoltaicas,…-, tendidos de alta tensión, subestaciones, fracking,... o si, por contra, de verdad queremos "cambiar el sistema", pasar del modelo concentrado de las grandes corporaciones a la soberanía energética del pequeño consumidor, energía distribuida con generación reducida, de proximidad, …
PRIMERA.- PARTICIPACIÓN, Convenio de Aarhus.
Anexo g.-
Los trámites del borrador del PNIEC evidencian una palmaria falta de respeto por parte de la Administración a la Ley, Convenio de Aarhus y su transposición e, incluso peor, al ciudadano, incumpliendo sus altas responsabilidades socio-políticas, en lugar de mantener exclusiva atención a la publicidad/propaganda -no la información- tejida en torno al PNIEC. Se saca la norma a consulta pública en pleno verano, como la anterior, sin informar a los interesados, como la Plataforma, manipulando el concepto de participación que exige el Convenio de Aarhus, reducido a la mera (des)información…
SEGUNDA.- OBJETIVOS.-
32% de reducción de emisiones de gases de
efecto invernadero respecto a 1990
48% de renovables sobre el uso final de la
energía.
44% de mejora de la eficiencia energética en
términos de energía final.
81 % de
energía renovable en la generación eléctrica.
Reducción de la dependencia energética hasta un 51%.
Como ya hemos dicho, si el
anterior PNIEC 2021-2030, ha supuesto
un caos de solicitudes de proyectos imposibles de planificar y tramitar, el
incremento que supone la actualización -triplicar y quintuplicar la generación
eólica terrestre y fotovoltaica- del mismo, va a significar la debacle total.
La real razón del incremento de objetivos de
la nueva ampliación no es otra que obtener fondos Next Generation, no olvidemos que públicos,
Así pues, el PNIEC que se nos plantea es un mero instrumento para que las grandes empresas energéticas causantes de la actual situación de crisis, aprovechen las “oportunidades” de negocio que -según ellos alardean- genera tal crisis y adquieran aún más poder, sin plantear soluciones al problema real y, muy al contrario, generando otros nuevos con irreversibles impactos dañinos que comprometerían aún más el futuro humano.
TERCERA.- POLÍTICAS y MEDIDAS.-
Nuevas instalaciones de generación
eléctrica “renovable”.-
Dos años después de la aprobación del anterior PNIEC se pretende “actualizar”, más bien triplicar y quintuplicar, el número que parece haberse quedado corto e incrementar en 10 años del 2021 al 2030 del 74 al 81% de “renovables”, de aproximadamente 105 GW en el periodo 2021-2030, lo que supone el incremento a 160 GW de renovable en el total del mix energético de 214 GW para el 2030.
En el caso de la producción eléctrica supone triplicar la producción eólica de 26 GW en 2020 a los 62 GW en 2030 y quintuplicar la solar de 11 a 76 GW, o sea la instalación de 1.500 polígonos eólicos y 2.000 solares.
Interconexiones eléctricas.-
El
aumento del 5% al 15% de interconexión en 2030 con los países limítrofes: de
5000 a 8000 MW con Francia, de 2.200 a 3.000 con Portugal, a 800 MW con Marruecos,
duplicar los tendidos con Andorra, para “conseguir
mayor competitividad mediante un gran mercado eléctrico, aumento de la
seguridad de suministro o mayor penetración de las renovables”, revelan que
lo que realmente pretenden es conseguir un gran mercado eléctrico especulativo
dominado por unos pocos actores de gran tamaño.
Las interconexiones eléctricas, proyecto de cable submarino, Gatika-Cubnezais, o entre Aragón y los Pirineos Atlánticos franceses o entre Navarra y Las Landas son tan sólo parte de una gigantesca trama eléctrica, que exige construir/conectar otras grandes líneas de alta tensión, como la Soto-Ribera-Penagos-Güeñes-Itxaso,…, enormes y dañinas subestaciones de transformación, nuevas estaciones de bombeo o instalaciones gigantes, como los proyectos Seatec, en el Mar del Norte y Desertec, en el norte de África; un descomunal mercado eléctrico que asegura el suministro al mejor postor, dejando fuera a quienes no pueden pagar la electricidad entendida como mercancía.
Simplificación de los procedimientos
administrativos.-
No procede la pretendida revisión/simplificación del procedimiento debiendo quedar claro que, en ningún caso, el PNIEC facilitará los trámites administrativos de evaluación de los impactos, como propone, se aumentará la exigencia, calidad, duración e intensidad de los trabajos de campo de los EIA, así como la frecuencia de las visitas de campo en los estudios previos,
CUARTA. IMPACTOS.-
4.1- Impacto del despliegue de la renovables en la biodiversidad,
ESPECIES AMENAZADAS.-
“Las
actuaciones derivadas del plan deberán ser compatibles con los planes de
recuperación, conservación y manejo de fauna y flora, y alejarse de los
espacios naturales protegidos.”
Ya
hemos dicho que, tanto el Ministerio como las administraciones regionales, no
disponen de la información básica adecuada de fauna y flora, que no está
actualizada o es incompleta, por lo que la primera medida deberá ser actualizar
y completar los datos que garanticen una protección efectiva de hábitats como
de especies; es ejemplo de las deficiencias el hecho de que solamente haya
redactadas 16 estrategias de conservación y gestión de especies en peligro de
extinción cuando hay 192 especies en tal peligro, además de las 134 “vulnerables”, que exigen protección a
nivel nacional.
A
nivel regional en Cantabria, transcurridos
15 años desde la aprobación del Catálogo
de Especies Amenazadas, CREAC, no se han aprobado aún sus Planes de Recuperación y Conservación que
exige la Ley 4/2006, de 19 de mayo, de
conservación de la naturaleza y el propio CREAC, aprobado por el gobierno regional por Decreto 120/2008, de 4 de diciembre, lo que, sin duda posible, es
exigible a la Dirección General de
Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático que, con su poca
responsable actitud, además de incumplir la legalidad, se convierte en una
grave amenaza para la conservación de las especies en “peligro de extinción” o “vulnerables”,
como el Milano real, Alimoche, Águila
Real, Aguilucho pálido y cenizo,…
Caso
significativo es el del aguilucho pálido
y cenizo de los que no puede valorarse adecuadamente el impacto sobre las
poblaciones de estas especies amenazadas, al no existir un censo oficial en
Cantabria; el censo de 2017, de SEO/Birdlife,
no ha efectuado la prospección adecuada de ambas especies, adaptadas en estas
zonas de montaña a hábitats de pastizal con matorrales y brezales, por lo que
no han sido localizadas muchas de las parejas existentes, prueba de ello, es
que en los EIAs de los múltiples
proyectos presentados ya han aparecido muchas más parejas que las que figuran
en el citado “censo”.
ZONIFICACIÓN y SENSIBILIDAD AMBIENTAL.-
El MITERD, desde diciembre de 2020, tiene establecida una zonificación
ambiental para la implantación de las energías renovables eólica y
fotovoltaica, pues bien, aunque se dice que los mapas están actualizados a mayo
de 2022, estos no contienen la información adecuada, peor incluso nos
encontramos a nivel regional, como hemos explicado anteriormente.
La
zonificación, por un lado, propuesta por el MITERD,
está mal elaborada y no identifica correctamente los indicadores de afección en
el territorio. Los datos de biodiversidad o no están incluidos correctamente o
no están actualizados, por lo que la sensibilidad ambiental de los puntos no
está bien elaborada, ni se basa en datos reales, ante lo cual se debiera
aplicar el principio de precaución. En muchos puntos tan solo se han tenido en
cuenta únicamente los indicadores de Visibilidad y Montes de Utilidad Pública.
Las
“zonas de exclusión” eólica,
propuestas por otro lado, por el Gobierno de Cantabria adolecen de los mismos
defectos que los anteriormente mencionados para la zonificación del MITERD. El famoso, legalmente
inexistente “mapa de exclusión eólica”
está pendiente de la aprobación del PROT,
por lo que sólo hay una propuesta de zonas
de exclusión, que, en realidad, lo que cartografía, son las “zonas de implantación” más apetecibles
por las empresas eólicas, pero que no está basado, como anteriormente hemos
demostrado, en datos fiables de fauna y flora, patrimonio, o zonas más aptas para producción
agrícola ganadera o eólica o fotovoltaica.
4.2. Impactos en la salud humana.-
Tras casi 20 años de masiva implantación de enormes infraestructuras eólicas cerca de las viviendas, en Dinamarca, Francia, Bélgica, Holanda,… se conocen ya los graves efectos que tal implantación provoca en la salud y calidad de vida de los afectados, conocimiento que, por ejemplo, ha motivado que se paralice la masiva implantación eólica que se desarrollaba en Australia, así como que empiecen a aparecer sentencias de los Tribunales que obligan a desmantelar enormes infraestructuras de aerogeneradores de los eufemísticamente denominados "parques eólicos".
QUINTA.- MEDIDAS CORRECTORAS y COMPENSATORIAS.-
El PNIEC ha de tener como objetivo garantizar la conservación de la biodiversidad, los usos ya implantados en el territorio y no pretender compensar el daño causado por el plan. Ninguna medida correctora o compensatoria corrige el daño causado.
SEXTA.-
OTROS PLANES Anexo h). interacciones con otros planes y programas.-
Contraviene el PNIEC:
- El Convenio Europeo del Paisaje de Florencia.- ... integrar el paisaje en las políticas de ordenación territorial y urbanística y en sus políticas de materia cultural, medioambiental, agrícola, social y económica, así como en cualesquiera otras políticas que puedan tener un impacto directo o indirecto sobre él”.
- Plan Estratégico del Patrimonio Natural y la Biodiversidad a 2030
(PEEPNyB), dado que la información del territorio, sus condiciones y hábitats es
anticuada o fruto de un mal método, elaborada por personal no cualificado, con
escasa financiación y seguimiento...
- Directrices para la implantación y gestión de la Red Natura 2000 y
Planes Directores en las diferentes CCAA. Estrategias de conservación y gestión
de especies amenazadas.-
- Política Agraria Común PAC
- Programa Nacional de Desarrollo Rural
SÉPTIMA.- METODOLOGÍA.-
La presentación de alegaciones en una dirección de correo: bzn-actualiza-PNIEC@miteco.es, no es el modo adecuado de formalizarlas, menos en un trámite de audiencia e información pública, incumpliendo la LPAC, teniendo la obligación legal, tanto entidades como la propia administración, de relacionarse a través del registro electrónico, donde se asigna un número de registro a cada una e identifica al remitente a través de la firma electrónica; del mismo modo, el formato de presentación de las mismas a través de unos cuadros en formato Excel condicionan, dificultan y dirigen las “aportaciones” a epígrafes que suelen interesar solo a quien lo solicita/exige.
Por todo ello,
SOLICITO DE LA OFICINA ESPAÑOLA DEL CAMBIO CLIMÁTICO Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA ENERGÉTICA Y MINAS.- MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO que tenga por presentado este escrito y por efectuadas las anteriores alegaciones para que, a tenor de la evidente ilegalidad y nulidad de pleno derecho de todos los trámites desarrollados, se reinicien los mismos en debida forma de modo que se garantice 1) un debate previo de la política energética, 2) su correcta planificación y evaluación, 3) la participación en el trámite, con carácter previo a su iniciación, de todos los interesados y afectados y 4) la posibilidad de una correcta valoración de todos los impactos sinérgicos que la actividad futura derivada de tal política energética pueda generar, 5) que se inventaríen de forma adecuada los datos de fauna y flora y que entre tanto se suspendan las “subastas de renovables” y todos los mega-proyectos energéticos (eólicos, fotovoltaicos, LATs,…) en tramitación.
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