El Plan de Sostenibilidad energética de Cantabria es un plan elaborado única y exclusivamente con criterios energéticos; bajo el paraguas de “sostenibilidad”, ésta se refiere únicamente a la autosuficiencia energética.
El INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL (ISA) “debe identificar, describir y evaluar los probables efectos significativos sobre el medio ambiente que puedan derivarse de la aplicación del plan” (Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, BOE 102, 29 abril 2006)
El INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL, que debería evaluar el impacto real del Plan energético, se reduce a un compendio de datos de Cantabria de unas 300 páginas, en el que, nos encontramos constantemente con una terminología tomada de los EIAs (Estudios de Impacto Ambiental) y de la Evaluación de Planes y Programas, que le dan una apariencia de respeto y “sostenibilidad ambiental”: valoración estratégica y reducción de impactos, medidas de prevención ambiental, criterios estratégicos preventivos de exclusión, perímetros de protección, … y así un reguero interminable.
- Sin embargo, NO IDENTIFICA, NI EVALUA LOS PROBABLES IMPACTOS NI LA AFECCIÓN TERRITORIAL que pueda derivarse de la aplicación del plan y en concreto DE LA INSTALACIÓN DE LOS 1336 MW ADJUDICADOS EN EL CONCURSO EÓLICO.
Tan sólo traslada la EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS a los EIAs de cada proyecto, es decir a la EVALUACIÓN PARQUE A PARQUE;
- No se evalúa por lo tanto, el IMPACTO AMBIENTAL EN CONJUNTO NI EL EFECTO ACUMULATIVO de la instalación de los 1336 Mw adjudicados en las 7 zonas del concurso.
No basta con valorar cada zona adjudicada en conjunto individualmente, porque de este modo no se valoran los efectos acumulativos de las zonas colindantes, ni los de los parques ya adjudicados en el PLENERCAN anterior, ni tampoco las provenientes de Comunidades Autónomas limítrofes como Castilla y León.
- No concreta tampoco las características ambientales, ni el valor y vulnerabilidad de las ZONAS que se puedan ver afectadas de manera significativa (7 zonas adjudicadas del concurso): características naturales especiales, patrimonio cultural, afección a paisajes singulares.
Tan sólo propone como ÁREAS DE EXCLUSIÓN únicamente los Espacios Naturales Protegidos de Cantabria, POL, BICS…; y aún ni eso, porque si leemos literalmente, la letra pequeña, aclara, que sólo se eximen estos espacios de la ubicación de molinos, pero no se aplicaría a los accesos (pistas) o líneas (tendidos) de evacuación.
Los que andamos en ello sabemos que no han entrado en la red Natura espacios bien merecedores como por ejemplo el famoso monte Hijedo, tan conocido y reconocido pero de ningún modo protegido.
También sabemos lo que se conoce y lo que se desconoce, y existen amplias zonas muy poco estudiadas de Cantabria, poblaciones y distribución de algunas especies de fauna totalmente desconocidas por parte de la administración y de flora mejor no hablemos.
CONCLUSIÓN
El Plan de Sostenibilidad energética de Cantabria se basa únicamente en criterios energéticos y eólicos, no tiene en cuenta en su ordenamiento previo limitaciones por criterios medioambientales y culturales, ni propone zonas de exclusión en base a la biodiversidad, ni al patrimonio-cultural o paisajístico como el PLENERCAN anterior (2006-2011).
Y es que partimos del condicionante de encajar los 1336 Mw eólicos ya adjudicados, cuando lo lógico debería ser al contrario, cuántos molinos o Mw realmente caben en Cantabria o se pueden asumir sin afectar gravemente a los valores patrimoniales de la “Cantabria infinita”
- Para ello es imprescindible la aprobación previa del PLAN DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, que planifique y ordene las infraestructuras previstas en el espacio y en el tiempo. Cantabria es la que es y su territorio no va a cambiar.
- Del mismo modo un INVENTARIO DE PAISAJES SINGULARES Y SOBRESALIENTES, como obliga el Convenio de Florencia y no a posteriori para evitar lamentaciones.
- Y por último elaborar un PLAN SECTORIAL EÓLICO que ORDENE Y EVALUE PREVIAMENTE LOS IMPACTOS TERRITORIALES de la implantación eólica EN SU CONJUNTO teniendo en cuenta no sólo criterios energéticos y de viento sino criterios naturales, culturales y paisajísticos.
Podremos así realmente presumir de haber sido la única Comunidad Autónoma que ha implantado las “renovables” de un modo realmente “limpio” (renovable y limpio no siempre van de la mano), con el mayor respeto a otros valores, no únicamente energéticos, ni monetarios, y que además ha contado con la participación y consenso de los principales agentes y movimientos sociales de Cantabria.
SUSPENDAN ESTE PLAN ENERGÉTICO, ANULEN EL CONCURSO EÓLICO y empecemos de nuevo en el orden que establece la lógica.
17 de agosto último día para presentar alegaciones.
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