NOTA
DE PRENSA
TRAMITACION DE PARQUES EÓLICOS EN
CANTABRIA.
EL PRESIDENTE DIEGO NO DICE LA VERDAD
Plataforma para la Defensa del Sur
de Cantabria
Hace casi
dos meses conocíamos por los medios de comunicación que “el Gobierno de Cantabria ha recibido solicitud de tramitación para doce parques al amparo de la Ley de
aprovechamiento eólico, con una potencia total de 368 megavatios”, así como
que “esos proyectos se ubican en San Miguel de Aguayo, Molledo, Bárcena de Pie
de Concha, Luena, Soba y Campoo de Yuso” y “están en la fase de análisis de su
adecuación a los requerimientos de esa Ley de aprovechamiento eólico”.
Efectuadas
por nuestra parte las comprobaciones precisas, podemos decir que todo ello es
incierto y la realidad es que es una empresa denominada Koly Green Company, S.L., domiciliada en Ermua (Vizcaya),
constituida el año 2005 para “Estudiar,
proyectar, gestionar parques de generación eléctrica”, al margen del cártel empresarial que se benefició del
anulado concurso eólico, la que viene solicitando sin éxito desde 2008 la
autorización para instalar doce parques eólicos denominados: Los Tornos-Salama,
Campoo de Yuso I y II, San Andrés y San Miguel de Aguayo, El Jucal, Garma, La
Tablada, El Montuco, Santa María, Mediajo Frío y El Pombo.
Insistimos
en que, sus solicitudes han sido reiteradamente denegadas desde 2008/2009 hasta
hoy, coincidiendo en el tiempo y el territorio con algunas de las
autorizaciones del citado concurso anulado por el TSJC.
Ahora
mismo hemos conocido
la presentación por parte de BIOCANTABER, S.L. (nombre neutro tras el que está
IBERDROLA) de documentación referida a parques eólicos a implantar en los
mismos o muy similares lugares.
BIOCANTABER,
S.L. es miembro del cártel o
Asociación eólica de Cantabria cuyos miembros fueron adjudicatarios del anulado
concurso eólico y sus proyectos coincidían en su zonificación con la
documentación que ahora vuelven a presentar.
Insistimos
en que, desconociendo la exacta ubicación de parques, instalaciones de acceso,
subestaciones y líneas de transporte de la energía que se pretende generar
(elementos que en estricta técnica jurídica constituyen cada “Parque”), tanto por parte de Koly Green Company, S.L., como de
BIOCANTABER, S.L., entendemos que, al margen de estarse vulnerardo la normativa
que defiende el derecho de todos a la trasparencia, información y participación
política popular (Convenio de Aarhus
y normas que lo desarrollan), se está generando indefensión en el correcto
ejercicio del derecho a la defensa de los legítimos intereses de los afectados
e incluso al mismo tiempo, salvo pacto previo entre Administración, bancos y
empresas eléctricas, se estarían causando perjuicios a otros posibles
interesados en la instalación de parques en nuestro territorio.
Tratándose, de nuevo, de una
flagrante ilegalidad por parte del Gobierno, parece urgente la adopción de medidas
de naturaleza preventiva que afecten al funcionamiento del PLENERCAN 2014-2020 y la Ley
de aprovechamiento eólico, así como que por la Fiscalía Superior
de Cantabria se abrá una urgente investigación para valorar las repercusiones
de todo ello en el ámbito penal.
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