Contestación a consultas “Parque eólico QUINTANILLAS. SIA-056-2019. Valdeolea.VIESGO RENOVABLES, S.L. 25 de enero de 2021. Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria.

Contestación a consultas a la DIRECCION GENERAL DE BIODIVERSIDAD, MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO DEL GOBIERNO DE CANTABRIA, Parque eólico QUINTANILLAS. SIA-056-2019. Procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria. Actuaciones previas. Fase de consultas a las Administraciones públicas y personas interesadas. TT.MM. de Valdeolea”, promovido por VIESGO RENOVABLES, S.L. 25 de enero de 2021. Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria.

Entre las que destacaríamos las siguientes consideraciones:


-          Nulidad y paralización de todos los parques eólicos en tramitación en Cantabria.

 

-          Nulidad y archivo del expediente por encontrarnos ante dos expedientes diferentes de la misma empresa para un mismo emplazamiento. El proyecto sometido a consultas P.E. Quintanillas, SIA-056-2019 y el Expdte. EOL/15-2015. PE Quintanillas sometido a información pública son dos proyectos diferentes; el SIA-056-2019 sometido a consultas, de diciembre de 2018, consta de 7 aerogeneradores de 3,8Mw, 224 págs. mientras que en el EOL/15-2015, noviembre de 2019, 743 págs., consta de 5 aerogeneradores de 5,5 Mw. Por lo que se solicita que se archiven los expedientes, por ser nulos, y se notifique a todos los que han intervenido en el proceso de información pública del expediente EOL/15-2015, anterior a las presentes consultas, pues lo contrario supondría estar tramitando dos expedientes distintos sobre el mismo asunto, ampliando aún más la ilegalidad que hemos denunciado y generando indefensión e inseguridad jurídica a las personas interesadas.






PE Quintanillas. EOL/15-2015.  5 aerogeneradores de 5,5 Mw


-          Ratificamos nuestras alegaciones previas presentadas el 22/10/2020 y segundas alegaciones el 24/11/2020 a la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Industria del gobierno Cantabria en relación al Expdte. EOL/15-2015. PE Quintanillas. De todos modos y, a efectos meramente polémicos en aras de reforzar nuestra debilitada seguridad jurídica, efectuamos las presentes consideraciones de fondo sobre otros motivos de nulidad y efectos significativos sobre el medio ambiente y la salud del P.E. Quintanillas, SIA-056-2019.

 

-          Nulidad por incumplimiento del Convenio de Aarhus y la Ley 21/2013, de evaluación ambiental, no se consulta a los Concejos y Juntas vecinales propietarios de los montes comunales. No consta en los expedientes, ni en el sometido a información pública, ni en el ahora a consultas, que hayan sido objeto de un proceso de información previo, los directamente afectados, concejos y juntas vecinales/administrativas: Mata de Hoz, Santa Olalla, Espinosa, Quintanillas, Reinosilla, Olea …, o Valberzoso, interesados como propietarios de los terrenos comunales y afectados directos del P.E. Quintanillas.


-          Fragmentación de un único parque eólico en tres diferentes. Competencia del Estado por superar los 50 Mw y afectar a dos comunidades autónomas diferentes, Cantabria y Castilla y León.- Tanto el denominado PE Quintanillas EOL/15-2015, sometido a información pública, como el SIA-056-2019, motivo de las presentes consultas, promovidos ambos por Viesgo Renovables, S.L. son parte de un único polígono industrial eólico -por proximidad, menos de 2km., y continuidad- que ha sido fragmentado en tres partes y repartido entre dos mercantiles diferentes: P.E. Henestrosas, Green Capital Power, S.L.  (13,86 Mw, 4 aerog.) + P.E. Quintanillas, Viesgo Renovables S.L., (27,50 Mw, 5 o 7 aerog. respectivamente) + P.E. Ornedo, Green Capital Power, S.L.U. (13,86 Mw, 4 aerog.), que suman 54,72 Mw, 13 o 15 aerogeneradores.


 

       P.E. Quintanillas  27,5 Mw  5 o 7aerog.            P.E.Henestrosas 13,86 MW 4 aerog




   P.E.Ornedo 13,86MW, 4 aerog

 

-          Los expedientes del P.E. Quintanillas están caducados. El PE Quintanillas EOL/15-2015 o SIA-056-2019 frente al que alegamos, efectivamente están caducados pues su expediente se inició en el 2015 por lo que incumple todos los plazos expresados en las diferentes leyes al respecto.

 

-          No se han evaluado las sinergias y efectos acumulativos de otros parques eólicos en tramitación en un radio de 5km., por lo que no se han medido correctamente los impactos, lo que es motivo de nulidad.- Ni en la memoria presentada a consultas ni en el EIA del proyecto PE Quintanillas EOL/15-2015 (BOC de 16/10/2020) sometido a información pública, se han tenido en cuenta las sinergias actualizadas de otros parques en tramitación.  Sólo se cita la existencia del P.E. El Pical, en el Ayto. de Brañosera, Barruelo de Santullán, pero se obvian o se ocultan parques eólicos en tramitación a menos de 2 km. que, en realidad, son partes del que se solicita, como son el P.E. Henestrosas, (13,86 Mw, 4 aerog) y P.E. Ornedo, (13,86 Mw, 4 aerog.), promovidos ambos Green Capital Power, S.L.U. Tampoco se tienen en cuenta otros proyectos cercanos en tramitación en el mismo municipio de Valdeolea, como el P.E. Olea, o en municipios colindantes como Campoo de Enmedio o Valdeprado del Rio, y mucho menos en el conjunto del sur de Cantabria y sierra del Escudo, embalse del Ebro, donde se concentran la mayoría de los proyectos solicitados por lo que, insistimos, no se han evaluado adecuadamente las sinergias de los impactos ambientales acumulativos de este proyecto.


-          Afección a la salud de las personas de las poblaciones cercanas. El P.E. Quintanillas está proyectado a escasos metros de diversos pueblos del municipio de Valdeolea: Quintanillas 1,650km, Reinosilla 1,470 km., Espinosa 1,730 km., Mata de Hoz 1,970 km., Santa Olalla 2,850 km., y de Castilla y León: Valberzoso 1,07 km..., debiendo haberse tenido en cuenta el enorme tamaño de los aerogeneradores -200  o 180m. de altura total y los graves efectos perjudiciales probados sobre la salud.

 

-          No existiendo en Cantabria ni el preceptivo PROT, ni ningún Plan Eólico, con el Plan energético caducado, lo sometido a consultas no se adecúa a ninguna planificación previa.

 

-          Afecta a Espacios Protegidos autonómicos y comunitarios. Incumple las Directrices Técnicas y ambientales del PSEC 2014-2020 de Cantabria y el PORN del Parque Natural de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina.


-          Incumple las Directrices Técnicas y ambientales del PSEC 2014-2020 al afectar a diferentes especies del Catálogo de especies amenazadas y a hábitats de interés comunitario. Falta de censos actualizados y de la aprobación de los Planes de gestión. No se evalúan las sinergias y efectos acumulativos sobre las especies amenazadas de parques eólicos en tramitación a menos de 2km:  P.E Las Henestrosas y del P.E. Ornedo.

 

-          El estudio del paisaje solo valora la afección visual. No se evalúan las sinergias con parques eólicos cercanos. Afección paisajística severa.

 

-          No se evalúan los efectos negativos sobre las actividades socio-económicas ya asentadas en el territorio. Casas palacios e iglesias catalogadas como BIC, ruta de los Menhires, alojamientos rurales y de restauración Molino de la Vega, Santa Olalla, Tasca Camesa, Casasola …  y daños graves a las personas y sus medios de vida consolidados, presentes y futuros.


-          Incumple las Normas Subsidiarias del Ayuntamiento de Brañosera. No se tiene en cuenta que se pretende iniciar la tramitación de una nueva Ley del Suelo de Cantabria. El Municipio de Brañosera cuenta con Normas Subsidiarias Municipales aprobadas definitivamente por la CPU de Palencia el 26/02/1996.


-          Necesidad de un debate energético previo.

Por todo ello exigimos la nulidad del expediente y que se deniegue la autorización al proyecto P.E. QUINTANILLAS, SIA-056-2019.

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