Alegaciones a solicitud de instalación de torre anemométrica en Fresno del Río y Aradillos (Ayto. de Campoo de Enmedio). Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria, 08 febrero 2021.
En el BOC 15 de 25/01/2021 se somete a “información pública de solicitud de autorización
para instalación de torre anemométrica en Fresno del Río y Aradillos”. en suelo rústico, parcela 39027A006000030000XW, promovido
por la mercantil "Green Capital
Power S.L.U.", con
relación a lo cual resumimos las principales alegaciones presentadas:
- La ubicación de la torre que solicita Green Capital Power S.L.U., corresponde al llamado P.E. Lantueno y coincide con la de otro P.E. denominado con el mismo nombre y solicitado por BOREAS/NATURGY.-
Es evidente que, en este momento y en el lugar citado, la pretensión de instalar la torre anemométrica corresponde a los trabajos previos de un proyecto concreto de parque eólico, el denominado SIA-006-2020, EOL/29-2020, P.E. Lantueno de 36 Mw 6 aerogeneradores de 6MW de 200m de altura, promovido por Green Capital Development 54, S.L.U.
Boreas/Naturgy, tenía proyectado en concreto en el mismo lugar en el que se había solicitado la antena el Parque eólico Lantueno de 16Mw. Según escrito de octubre de 2020 remitido por la Dirección General de Industria, Energía y Minas del Gobierno de Cantabria, parece ser que el promotor ha desistido del proyecto.
Justifica ello nuestra queja referida a que parece ser que las empresas promotoras poseen información privilegiada, pues nosotros hasta la anterior fecha citada no hemos conocido el desistimiento mientras que la empresa que ahora solicita la torre anemométrica parece tener conocimiento de ello muchísimo antes, puesto que ya ha solicitado con anterioridad el proyecto de parque eólico.
- Sinergias de
proyectos en la zona.
- Nulidad
por falta de notificación a colindantes. Normativa urbanística, utilidad
pública y excepcionalidad.-Siendo el suelo en que se pretende implantar la
infraestructura una parcela particular en Suelo Rústico que afecta a otras
parcelas colindantes, puesto que los vientos para sujetar la torre anemométrica,
tendrían que ocuparlas, la autorización frente a la que alego incumpliría la
normativa urbanística vigente, no habiéndose notificado debidamente a los colindantes
afectados lo que vicia de nulidad la tramitación del expediente.
- Nulidad
por incumplimiento del Convenio de Aarhus y participación ciudadana.-
- El lugar de ubicación de la
antena posee una conectividad muy alta entre espacios pertenecientes a la Red
Natura y existen especies incluidas en el Catálogo
de Especies Amenazadas de Cantabria.
- Debate
energético.- Nos encontramos en un momento decisivo de la transición hacia
otro modelo energético, por lo que es urgente que, previo a la instalación de
megainfraestructuras energéticas innecesarias, parques industriales eólicos,
tendidos de alta tensión, fracking, que malgastan nuestro dinero y territorio
se debata y decida qué modelo energético queremos, si uno concentrado, como el
que ya existe, u otro distribuido.
El debate
fundamental previo a la instalación de estas megainfraestructuras es si
realmente cubren las necesidades eléctricas regionales y locales y, en
especial, si su elevadísimo coste es asumible y necesario en un momento en el que
debe ser imparable la revolución de la generación distribuida y la acumulación eléctrica: generar la electricidad que
consumimos es el único camino hacia la Soberanía energética, por ejemplo, en
Alemania ciudadanos, cooperativas, Ayuntamientos, generan ya el 47% de la electricidad
renovable.
Por todo ello solicitamos que se deniegue la autorización para la instalación de la torre anemométrica en Fresno del Río y Aradillos.
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