Al borde ya de la querella criminal global y sin respuesta de nadie a nuestras alegaciones y recursos, la Plataforma exige al gobierno regional y el MITERD, a través de un expediente de “revisión de oficio”, la nulidad del trámite del Plan Energético Regional, ahora llamado -lenguaje perverso- PSEC 2021 (¡¡)-2030, así como de todas las infraestructuras energéticas en tramitación, incluidos, por supuesto, los llamados P.E. El Escudo y Salto de Aguayo II
Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria
NOTA DE PRENSA
22/10/2025
Un analfabeto
funcional de los restos del PRC,
Pedro Hernando, quiere ahora, porque él lo dice -protegiendo a pasiegos y
merachos, colonizados, junto a Valderredible, por la familia Botín y la peor
burguesía urbana- que se implanten todos
los molinos solo en Campoo y Soba, respetando los proyectos Zalama, del muerto viviente Huerta Jr., El Escudo, Bustatur y, además, Somaloma,
Campo Alto, La Costana y Cuesta Mayor,
anulados por el TSJC, junto a Alsa, que él -
como siempre
mintiendo, imaginamos por qué- dice que están pendientes de autorización
Acompañamos el escrito completo para quien quiera leerlo:
https://drive.google.com/file/d/1B6OtgxNwvce61k-baHxbrAu76yFkK6Wh/view?usp=sharing, siendo algunas razones:
En 2025 se tramita
el PSEC 2021-2030 ¿con efectos retroactivos?
El PSEC se apoya
en el PNIEC estatal, delictivo y, por tanto, nulo
Se apoya en una
ridícula, totalitaria, autárquica “soberanía
energética regional”
Se
ha producido un invalidante incumplimiento, reiterado y doloso, de los
garantistas plazos legales (ver el escrito completo)
Aparte
de sus específicas razones, la inexistencia de PROT y nulidad del PSEC, implica, por las mismas razones de nulidad
radical, la de la totalidad de los proyectos energéticos en tramitación
Se
consideran ya instalados o casi el polígono industrial PE El Escudo y la ampliación de la central/salto de Aguayo (páginas
61 y 62), lo que demostraremos falso.
En
la página 67 se dice que incorporar nuevos proyectos renovables requerirá
nuevas subestaciones al estar lejos de los puntos de consumo, sin definir cómo
hacerlo, pese a existir un sabido objetivo global, aunque no definido, de crear
nuevas SETs.
No
se hace ningún análisis del impacto de las nuevas LATs en el territorio pese a que el MITERD declara que la zona de la SET Aguayo está sobresaturada.
No
se incorporan criterios máximos concretos y definidos, obviados en el anterior,
siendo objetivo de los mismos evitar la sobresaturación ambiental y energética
de una zona, cuando ya en el P.E. La
Coteruca se decía que la zona de la SET
Aguayo ya estaba sobresaturada de infraestructuras energéticas.
No
se tiene en cuenta las normas sobre el uso del agua en el caso del llamado Salto de Aguayo II.
Se ignora la obligatoriedad de realizar una Evaluación Ambiental Estratégica,
imposible al no existir una planificación previa.
No
se ha llevado a efecto un imprescindible debate energético previo.
Existencia de irregularidades invalidantes al
adjudicar la redacción del PSEC.
Ni siquiera se digna a mencionar la inexistencia del, imprescindible tras
un profundo, participado debate público, PROT.
La ampliación del Salto de Aguayo,
Aguayo 2, es ilegal de toda ilegalidad.
No incluye ninguna previsión seria sobre la eólica terrestre ajena a las
decenas de solicitudes sin cabeza que nos acogotan- 707,3 Mw de potencia de la
energía eólica instalada para 2020 -y más ajeno aún, a “la nada” de esta fecha- de un modo que ni siquiera cambia la fecha
a 2030.
No se hace ningún tipo de análisis del impacto de las nuevas redes de
alta tensión para transportar la energía generada/transformada, SETs y LATS.
El Estudio Ambiental Estratégico,
elaborado por Tragsatec, es parcial,
falto de rigor y calidad y sólo hablaba de generalidades sin base
No se tiene en cuenta y valora la naturaleza jurídica,
propiedad en mano comú de los vecinos, de parte importante del territorio
afectado.
No
ha habido participación informada: grave incumplimiento del Convenio de Aarhus
Falta
de respuesta a todos nuestros escritos, en especial al recurso de alzada por
alegaciones previas no respondidas.
Absoluta,
dolosa inactividad administrativa
Falta
de valoración de los impactos sinérgicos de los distintos prques prvistos en
nuestro pequeño, mín9imo territorio, superiores, en todo caso, alos generados
individualmente por cada proyecto.
Por todo ello, solicitamos del consejo de gobierno regional y el MITERD para ante quien corresponda que, respecto a la “Resolución por la que se formula la Declaración Ambiental Estratégica del Plan de Sostenibilidad Energética de la Comunidad autónoma de Cantabria (PSEC) para el período, 2021-2030” y, al mismo tiempo y vinculada a la ilegalidad/ineficacia de dicho PSEC, a la totalidad de las autorizaciones concedidas o en tramitación en nuestra región para implantar infraestructuras de generación de energía eólica y la hidroeléctrica del Salto de Aguayo II, interesamos se tramite un EXPEDIENTE DE REVISIÓN DE OFICIO, a fin de que, tras las actuaciones legales, se declare la NULIDAD RADICAL, DE PLENO DERECHO del referido expediente administrativo íntegro y todos los, relacionados con él, tramitados para autorizar la generación de energía eléctrica eólica y la hidroeléctrica del llamado Salto de Aguayo II.
Seguiremos
luchando/informando
Sinergias de
parques eólicos previstos en Cantabria señaladas en el Documento de inicio del
P.E. Maya, de Green Capital Power, S.L. en agosto de 2019
Iberdrola advierte de los
evidentes riesgos, por su condición de “instalación
industrial”, pero insiste en llamarlo “parque” y no lo que es, agresivo, dañino “polígono industrial”
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