Declarada nula la subestación de Villameca (León) que evacua los parques eólicos de Omaña-Cepeda
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de León ha declarado nula de pleno derecho la autorización y aprobación del proyecto de ejecución de la Subestación Villameca, en la provincia de León, por la que se evacuan todos los parques eólicos de Omaña-Cepeda.
EUROPA PRESS. 13.12.2012
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de León ha declarado nula de pleno derecho la autorización y aprobación del proyecto de ejecución de la Subestación Villameca, en la provincia de León, por la que se evacuan todos los parques eólicos de Omaña-Cepeda.
Así lo ha informado SEO/BirdLife, que había recurrido esta instalación sobre la que ahora se ha dictado sentencia, que han apelado la Junta de Castilla y León y la empresa promotora, ha explicado en un comunicado la organización conservacionista.
SEO/BirdLife ha indicado que, tal y como sucediera hace ya cuatro años con el polémico proyecto del Parque Eólico Murias II, el Juzgado ha dictado el 25 de octubre una sentencia declarando la nulidad de pleno derecho tanto de la autorización, como de la aprobación del proyecto de ejecución de la Subestación de Villameca, (BOCyL de 26 de junio de 2008) que, además de la producción del anulado Murias II, se construyó con la finalidad de evacuar la energía generada por hasta 20 parques eólicos de las comarcas de Omaña y Cepeda.
Entre otros, ha explicado, se verían afectados por esta anulación hasta seis parques ya construidos y en funcionamiento, entre los que se encuentran Valdesamario o La Espina, también promovidos por Promociones Energéticas del Bierzo, "polémicos proyectos que han sido denunciados en numerosas ocasiones al afectar a la población de urogallo cantábrico más meridional del mundo".
Asimismo, se han denunciado al haberse llevado a cabo obras constructivas en períodos expresamente prohibidos por sus declaraciones de impacto ambiental "e incluso con anterioridad a contar con las autorizaciones y licencias necesarias".
La Sentencia estima "íntegramente" los argumentos desarrollados por SEO/BirdLife, según la organización, que ha recordado que estos se apoyan en dos "claras ilegalidades" como son la fragmentación ambiental y eléctrica del proyecto.
Así, en cuanto a la FRAGMENTACIÓN AMBIENTAL, SEO/BirdLife ha concretado que la sentencia reconoce que el proyecto de la Subestación de Villameca no es en sí mismo un proyecto autónomo sino parte de uno más complejo, que inicialmente comprendía un total de cuatro subestaciones transformadoras intermedias, la propia subestación final de Villameca y un tendido eléctrico de alta tensión de más de 58 kilómetros de longitud.
FRACCIONAMIENTO DEL PROYECTO. El fallo también indica que se sometió a evaluación de impacto ambiental, pero tras ser informado desfavorablemente por su elevado impacto, en el año 2007 se comienzan a someter a información pública de forma separada los distintos elementos que formaron parte del proyecto inicial, en total hasta ocho proyectos diferentes de los cuales la mitad no se sometieron a evaluación, entre los que se encuentra esta subestación.
La organización conservacionista ha recordado que la normativa ambiental prohíbe de forma expresa la fragmentación de proyectos cuando mediante la misma se eludan los umbrales que la legislación contempla para su sometimiento a evaluación de impacto ambiental, que es lo que la sentencia reconoce ha sucedido en este caso.
Por lo que se refiere a la FRAGMENTACIÓN ELÉCTRICA, se expone que en el año 2002 las empresas promotoras de los 19 parques eólicos inicialmente previstos suscribieron un acuerdo marco en el que ya se preveía la evacuación en la Subestación Villameca de 661,20 megavatios —la organización ha incidido para poder valorar el alcance de la cifra que el reactor de la central nuclear de Garoña tiene una potencia eléctrica de 466 megavatios—. En la actualidad, para este nudo de evacuación se encuentra autorizada una potencia superior a los 350 megavatios, ha añadido.
SEO/BirdLife considera que la implantación de un proyecto de nueva planta de unas dimensiones como el presente "no puede ajustarse" a la misma tramitación que la normativa del sector eléctrico prevé para pequeñas instalaciones de generación de energía renovable de potencia inferior a 50 megavatios.
"Esto supondría un absoluto fraude de ley que, mediante la autorización separada de los distintos elementos de este macro proyecto empresarial, harían obtener sustanciosos ingresos a multinacionales amparándose en el beneficio ambiental de la energía eólica y el régimen especial al que se quieren acoger", ha afirmado.
Como muestra de la importancia de la subestación, SEO/BirdLife ha explicado que, según datos aportados por la propia mercantil promotora del proyecto en el procedimiento judicial de la Subestación de Villameca, actualmente sólo con los seis parques eólicos que vierten su producción en dicha subestación, la empresa obtendría en torno a dos millones de euros mensuales (1.789.928).
En este sentido, ha añadido que las actuales prácticas llevadas a cabo por estas grandes multinacionales cuentan con la "permisividad" de los órganos que han intervenido en la tramitación de los mismos, "conscientes en todo momento de que se trataba en realidad de un único proyecto que desde su inicial planteamiento en el año 2002 debió haberse sometido a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental conjunto".
Además, la organización conservacionista ha asegurado que estas prácticas "cierran el paso a un modelo más distribuido en el que participe un número mayor de entidades".
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