MARTES, 5 DE NOVIEMBRE DE 2013 - BOC NÚM. 212
PRESIDENCIA DEL GOBIERNO
CVE-2013-15935 Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación
Administración General
del Estado - Comunidad Autónoma de Cantabria en
relación con Ley 1/2013, de 15 de abril, por la que se regula la prohibición en
el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria de la técnica de fractura
hidráulica como técnica de investigación y extracción de gas no convencional.
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General
del Estado-Comunidad Autónoma de Cantabria en su reunión celebrada el día 12 de
julio de 2013 ha adoptado el siguiente Acuerdo:
1.º Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias
manifestadas en relación con la Ley 1/2013, de 15 de abril, por la que se
regula la prohibición en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria de
la técnica de fractura hidráulica como técnica de investigación y extracción de
gas no convencional.
2.º Designar un grupo de trabajo para proponer a la
Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
3.º Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional,
antes del próximo día 26 de julio de 2013, a los efectos previstos en el
artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal
Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial
del Estado» y en el Boletín Oficial de Cantabria
Madrid, 12 de julio de 2013.
El presidente del Gobierno de
Cantabria,
Juan Ignacio Diego Palacios.
El ministro de Hacienda y
Administraciones Públicas,
Cristóbal Montoro Romero.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 265 Martes 5 de noviembre de 2013 Sec. III. Pág.
89008
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA Y
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
11567
Resolución de 21 de octubre de 2013,
de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, por la que se
publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración
General del Estado-Comunidad Autónoma de Cantabria en relación con la Ley
1/2013, de 15 de abril, por la que se regula la prohibición en el territorio de
la Comunidad Autónoma de Cantabria de la técnica de fractura hidráulica como
técnica de investigación y extracción de gas no convencional.
Conforme a lo establecido en el artículo
33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional,
modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero,
Esta Secretaría General dispone la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acuerdo que se transcribe
como anexo a la presente resolución.
Madrid, 21 de octubre de 2013.–La
Secretaria General de Coordinación Autonómica y Local, Rosana Navarro Heras.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación
Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Cantabria en relación
con la Ley 1/2013, de 15 de abril, por la que se regula la prohibición en el
territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria de la técnica de fractura
hidráulica como técnica de investigación y extracción de gas no convencional
La Comisión Bilateral de Cooperación
Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Cantabria en su reunión
celebrada el día 12 de julio de 2013 ha adoptado el siguiente Acuerdo:
1.º Iniciar negociaciones para resolver
las discrepancias manifestadas en relación con la Ley 1/2013, de 15 de abril,
por la que se regula la prohibición en el territorio de la Comunidad Autónoma
de Cantabria de la técnica de fractura hidráulica como técnica de investigación
y extracción de gas no convencional.
2.º Designar un grupo de trabajo para
proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
3.º
Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, antes del próximo día 26 de
julio de 2013, a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica
2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el
presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de
Cantabria».
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