EL PASTEL EÓLICO, PARTICIPACIÓN Y NUEVA AMAZONÍA

EL PASTEL EÓLICO, PARTICIPACIÓN Y NUEVA AMAZONÍA

Hemos leído en la prensa que, al parecer, Gobierno y Parlamento, totum revolutum corrupto, piensan aprobar el martes el Anteproyecto de una Ley eólica en la que parecen estar todos de acuerdo.

Ya se han repartido el pastel, Cantabria está ya vendida, como si les perteneciese; se la han entregado con total libertad a las multinacionales energéticas y del dinero, a las mismas del anulado concurso eólico más algún invitado nuevo, amigo de los ahora gobernantes. Cada porción del pastel será más pequeña, pero ya están todos los que querían.

Sólo se han reunido con las empresas y sólo hablan de dinero.

Sólo les importa su negocio y que no se lo estropeemos; a cambio, nos destrozan la vida y condenan a amplios territorios de Cantabria a la exclusiva producción energética, impidiendo y dificultando actividades económicas ya establecidas o aún por desarrollarse.

El “nuevo Amazonas” en este caso, es sin duda, el Sur de Cantabria, donde quienes ocupamos territorio estorbamos a los intereses económicos de las grandes multinacionales,- “transnacionales” si aceptamos el símil de lo que aquí acontece con la situación al otro lado del charco -, eléctricas, gasísticas, constructoras o bancos.

No es este el único ataque contra estos territorios, la misma intención de eliminar los concejos y juntas administrativas, no nos engañemos, esconde la apropiación y usurpación de los miles de Hectáreas de los montes comunales, propiedad de los vecinos, para eliminar cualquier obstáculo a la implantación de estas megainfraestructruras energéticas: eólicas, fracking, biomasa a gran escala, o cualquiera otra que se les ocurra.

El cambio climático es un facilón lavado de cara, si no, cómo se explica que alguna de las promotoras de parques eólicos, solicite al mismo tiempo permisos y sondeos de fracking.

Se siguen sin cumplir las exigencias de Europa, en especial despreciando el esencial e inhabilitante Convenio de Aarhus, respecto al derecho de todos a la información y participación.

Lo muy poco que sabemos es lo que, vaya a saber si cierto, se publica en la prensa.

Si alegamos ante la Administración, ni resuelve ni nos contesta.

Si pedimos entrevistas al Presidente, ni nos responde. Se reúne, eso sí, con sus amigos (¿o temidos?) de la Asociación Eólica.

El PRC nos dice ayer, para justificarse, que sí informan y propician la participación, que hace poco se han reunido, ¡ya lo sabíamos, faltaría más!, con la Asociación Eólica.

Esa Ley no mejora la muy insegura normativa de PSOE y PRC, la empeora hasta hacer desaparecer toda seguridad jurídica.

En el caso de que tengan la osadía dolosa de aprobar el nuevo atropello el martes acudiremos, de nuevo, a Europa y a los Tribunales y se nos llamará, otra vez, "enemigos del progreso".

El Estado de Derecho se cae a pedazos.

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Presidente de la Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria
http://www.surdecantabrianatural.blogspot.com/

Pd. Pese a todo hemos presentado el siguiente escrito adjunto a los tres grupos parlamentarios para que tengan en cuenta otro punto de vista diferente al único e interesado de las empresas:

ASUNTO: PLENERCAN  y Anteproyecto de Ley que regulará el desarrollo eólico en Cantabria
AL GRUPO POPULAR/ PSOE/PRC DEL PARLAMENTO DE CANTABRIA.-

......................................................................, en representación como Presidente de la PLATAFORMA PARA LA DEFENSA DEL SUR DE CANTABRIA, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones con el número ........... y con domicilio a efectos de notificaciones en ......................................, Cantabria, en relación al asunto de referencia, comparezco y DIGO:

I.- Desde hace tiempo, los medios vienen recogiendo noticias de la Presidencia del Gobierno sobre un llamado “Anteproyecto de la Ley que regulará el desarrollo eólico en Cantabria”, a partir del cual “el gobierno adjudicará cada parque eólico sin concurso y según la oferta”, para lo que “los promotores eólicos deberán pasar un examen previo de Industria” que otorgará “cada parque de forma individual y sin supeditar todo el desarrollo a un único concurso”.
Sobre ello han dicho que “el presidente de la Asociación Eólica de Cantabria, Manuel Huerta, conoció el anteproyecto en una reunión con el jefe del ejecutivo regional” y “expresó su satisfacción por el cumplimiento de los plazos comprometidos por el presidente para elaborar esta Ley”, habiendo reconocido “la importancia de la seguridad jurídica que añade la nueva norma para que no se vuelva a entorpecer el desarrollo eólico en la región”.
 II.- Gobierno y Asociación parecen haber olvidado la sentencia del TSJC que anuló el “concurso eólico” y quieren dar la impresión –rigurosamente falsa- de que es tal “anteproyecto” el que “deja sin efecto las asignaciones del concurso de 2009, cuando sabe todo el mundo que quien lo hizo fue la citada sentencia del TSJC.
III.- Pese al mucho tiempo transcurrido y a ser los afectados/perjudicados por la pretendida “chapuza/pelotazo/burbuja eólica”, el Presidente no nos ha recibido, ni quiere escuchar nuestras fundadas razones en defensa de la nulidad radical del PLENERCAN 2011-2020, ni nos entrega copia del fantasmagórico y (por lo filtrado a la prensa) ilegal anteproyecto, ni nos permite intervenir en su trámite incumpliendo con ello gravemente lo que exige el fundamental Convenio de AARHUS sobre información y participación, habiéndonos obligado a acudir en denuncia y queja Europa, denuncia que actualmente está en trámite.
IV.- Tales hechos y la urgencia social de disponer de una buena norma energética, el llamado PLENERCAN o Plan de Sostenibilidad Energética, legalmente tramitada y adecuada a las necesidades reales y a todos los intereses en litigio, hace que tengamos que denunciar el intento, nuevamente, de privarnos de nuestro irrenunciable derecho a ser parte en la elaboración de tal norma y la antes citada Ley, que sabemos se mueve por intereses ajenos a los generales.
V.- Son breves antecedentes que explican nuestros planteamientos:
      1. El 17 octubre  2012 el T.S.J.C. dictaba en el PO 139/2010, promovido por ARCA contra el Gobierno de Cantabria y varios consorcios, la sentencia núm. 752/2012 anulaba el concurso público para la asignación de potencia eólica  para instalar Parques Eólicos en Cantabria y decía que la Administración y las poderosas empresas adjudicatarias actuaban ilegalmente.
      2. El 14 de noviembre, dirigíamos al Presidente un escrito sobre el Plan de Sostenibilidad Energética de Cantabria. PLENERCAN 2011-2020, reiterando el contenido de dos anteriores (de 16 agosto 2011 y 12 julio 2012) sobre anuncios publicados en el BOC núm. 101, 27 mayo 2011 y Extraordinario núm. 43, 15 julio 2011, denunciando extensamente que, pese al tiempo pasado y a haberse informado a los medios que “el Plan elaborado, recoge las modificaciones derivadas de las alegaciones aceptadas”, no habíamos (ni hemos) recibido respuesta, ni siquiera verbal, a dichos escritos.

     3. Ampliábamos la queja a la intención del Gobierno de no abrir información y participación pública sobre las posibles modificaciones que se puedan proponer y/o introducir a partir de este momento en la propuesta de Plan que la Consejería de Industria eleve, en su caso, al Consejo de Gobierno para su aprobación, pretensión que incumple de nuevo de modo invalidante el Convenio de AARHUS, que impone los derechos de participación y de acceso a la información y la justicia en materia medioambiental. La supuesta segunda supuesta información pública fue un fraude más.

      4. Solicitábamos además que, anuladas de facto por la citada sentencia las bases fácticas y jurídicas del PLENERCAN 2011-2020 y su pretensión de potenciar en nuestra región, de modo especial en los valles de montaña del Sur, el desarrollo de la generación energética de origen eólico, se declarase la nulidad de pleno derecho del PLENERCAN en trámite, toda vez que:
          A) Se ha incumplido -y se incumple- el Convenio de AARHUS, lo que causa una total inseguridad jurídica y, con ella, su nulidad radical.
          B) Igual lo tramitado por el anterior Gobierno que por el actual, basa todo el desarrollo energético de Cantabria en la generación eólica, hoy puesta en cuestión su dudosa condición de sostenible, a tenor de su carácter inconstante e impredecible y el daño que toneladas de hormigón y acero, pistas, subestaciones, líneas de transporte,… causan en el territorio. No es verde, ni limpia.
        C) Incumple los objetivos energéticos europeos y no existe razón alguna que, desde la solidaridad, justifique la carga eólica que se quiere implantar, salvo un intento de pasar del pelotazo del ladrillo al eléctrico.
        D) No hay Plan Regional de Ordenación del Territorio (PROT) ni se realiza Evaluación Ambiental Estratégica, real y global de todas las infraestructuras.
5. Agrava lo anterior que BIOCANTABER, S.L. (IBERDROLA) ha estado tramitando (no sabemos si está) una “Solicitud de Autorización y Declaración de Impacto Ambiental del proyecto de instalación del parque eólico El Escuchadero y otra del parque eólico Cruz del Marqués”, CAPECAN 2009/ZD/003 y 2009/ZD/00, en San Miguel de Aguayo, Luena, Campoo de Yuso y Molledo, expedientes nulos (por la sentencia y la Ley de acompañamiento de los Presupuestos 2013), lo que perjudica intereses generales y pudiera caer en responsabilidades penales.
   6. También venimos denunciando la ilegal tramitación e instalación de torres anemométricas en el territorio, torres innecesarias, agresivas e ilegales de las que son titulares las adjudicatarias del Concurso Eólico.
VI.- Es última y siniestra paradoja el hecho de que en algunas zonas coincidan en idénticos emplazamientos pretensiones de implantar agresivas infraestructuras eólicas y no menos dañinos sondeos de fracking, dándose incluso el caso de que la misma multinacional energética solicita permisos en igual emplazamiento para una instalación de explotación eólica y, al tiempo, otra de fracking. Resultaría chocante verlo llevar a la práctica, record Guinnes, sin duda.
Lo que pretenden, sin duda, es echar a los vecinos y adueñarse de la tierra, ya pensarán para qué.
VI.- Así pues, en lo que aquí afecta, el art. 3 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, que regula, entre otros, el derecho de participación pública en la elaboración, cambio,… de disposiciones de carácter general en materia medioambiental y traspone a la normativa española las vinculantes exigencias del Convenio de AARHUS, nos atribuye, en su apartado 2.a), el derecho a “participar de manera efectiva y real en la elaboración, modificación y revisión de aquellos planes, programas y disposiciones de carácter general relacionados con el medio ambiente (…)”, mientras el 2.b) amplía tal derecho a “acceder con antelación suficiente a la información relevante referida a (…) disposiciones de carácter general”.
VII.- Por todo ello, en el trámite concreto de la aprobación del “anteproyecto de la ley que regulará el desarrollo eólico en Cantabria” entendemos que el más laxo cumplimiento de las vinculantes exigencias del Convenio de AARHUS obliga a la Administración a 1) facilitarnos la aportación de sugerencias e ideas, 2) potenciar nuestra presencia como afectados en la elaboración y trámite administrativo del planeamiento energético y, para ello, 3) entregarnos de forma inmediata copia del citado “anteproyecto”.

Por todo ello,

SOLICITO tengan por efectuadas las anteriores alegaciones y a su tenor acuerden la NO APROBACION del Proyecto de Ley de referencia y del futuro PLENERCAN, reiniciando el trámite de ambos, con estricto cumplimiento del Convenio de Aarhus.
En Santander a catorce de noviembre de dos mil trece

OTROSI DIGO que, si lo estiman necesario, ofrecemos cuanta información complementaria precisen al respecto, por lo que

SOLICITO tengan por hechas las anteriores manifestaciones a los efectos oportunos.

Lugar y fecha anteriores.

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