Parques eólicos "vigentes" autonómicos
Parques eólicos administración del Estado
Plataforma para la defensa del
Sur de Cantabria
Trámite del recurso contencioso-administrativo contra
el PSEC
Recurso de reposición contra la denegación de la
suspensión cautelar
Comisión de posibles delitos por el Consejero Francisco
Martín
Responsabilidades
políticas del Gobierno de Cantabria y petición de dimisión de Miguel Angel
Revilla, Francisco Martín y Juan
José Sota.
Anunciado
el 15/octubre/2014 recurso contencioso-administrativo pidiendo la nulidad del
PSEC 2014-2020 y transcurrido
casi un año ni siquiera han contestado a la demanda la Administración y los
codemandados, A.E.C. y Viesgo, pero ha sido denegada la medida de suspensión
cautelar que tenemos solicitada, denegación que hemos recurrido.
En ese año,
se han generado 1) unos daños objetivos (entre otros, la tramitación del parque
de El Escuchadero y una esperpéntica
solicitud de indemnización de 114 millones € por Sniace y otra de 2 millones €
por Biocantaber/Iberdrola) y, al tiempo, 2) una ilegal y falsaria alarma social
por el Consejero, Francisco Martín, al afirmar en el Parlamento que “en un plazo de dos años estarán instalados
los primeros parques eólicos de los 14 que se tramitan en la actualidad,
con una potencia de unos 600 megavatios” y que “hay otros 17 de los que debe encargarse el Estado al extenderse
por varios territorios que exceden a la comunidad”; 14 y 17 parques que se
reflejan en dos planos elaborados por la Consejería.
El plano
de los que el consejero dice que tramita Cantabria, se titula “PP.EE. VIGENTES” ¿qué quiere decir “vigentes” en el lenguaje “político”,
ajeno a la legalidad, del Sr. Martín? ¿cómo es posible que haya 14 parques “vigentes” y solamente uno, el de El Escuchadero, haya sido anunciado en
el BOC? ¿los
trece restantes, los 600 Mw que prácticamente agotan los 700 totales del PSEC, los gestionan en algún despacho el
Sr. Martín y el lobby eólico?
Los 17
recogidos en el plano titulado “PP.EE.
COMPETENCIA DE LA ADMINISTRACION DEL
ESTADO ”, plantean la seria cuestión de que el simple
hecho de admitirlos y no plantearse realizar una Evaluación Estratégica
conjunta de los impactos podría constituir un delito contra el medio ambiente,
castigado con serias penas de inhabilitación y prisión.
Todo ello
ha motivado que, al recurrir la denegación de la suspensión cautelar del ilegal
PSEC, hayamos ampliado ante el TSJC las razones de tal suspensión y su máxima
urgencia.
Está
acreditado en el incidente de medidas que 1) la ordenación, aquí inexistente, debe preceder
a la implantación de los parques, 2) no existe PROT, ni siquiera Plan Eólico,
3) la ley atribuye al PSEC un valor orientativo y no de instrumento de
planificación territorial, 4) había más ordenación y planificación en el Plenercan 2006-2012 y, aun siendo ilegal, en el anulado Concurso
eólico que en el PSEC 2014-2020, 5) en tal PSEC no
hay Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) sometido a información pública y 6) tampoco se ha llevado a efecto Evaluación Ambiental Estratégica
del riesgo global del PSEC
para el medio ambiente, pretendiendo que la ilegal evaluación de impactos se
realice parque a parque.
Por todo
ello, entendemos que 1) se debe suspender urgentemente la eficacia del PSEC 2014/2020, 2) exigir
responsabilidades políticas al Gobierno, 3) exigir la dimisión de Miguel Angel
Revilla, Juan José
Sota y Francisco Martín, responsables del Concurso
Eólico y el PSEC y, como ya hemos
hecho ante la Sala, 4) exigir responsabilidades penales de, al menos, el
Consejero de Industria, Francisco Martín.
RUEDA DE PRENSA
Día 1 de octubre de 2015, jueves, a las 10:30 horas
LUGAR: Librería LA VORÁGINE - c/Cisneros, 15 SANTANDER
Proyectos de parques eólicos autonómicos
y del estado en el sur de Cantabria con Mw y molinos.
Septiembre 2015
Proyectados sobre el territorio
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