TALA DEL PINAR DE ALCEO EN EL PARQUE NATURAL SAJA-BESAYA

DENUNCIAS SOBRE IMPACTOS AMBIENTALES EN EL PARQUE NATURAL SAJA-BESAYA y EL CAMINO HISTÓRICO DE BÁRCENA MAYOR A CAMPOO.


Pinar de Alceo y el hayedo del Queriendo, lugares afectados

El representante de los grupos ecologistas y conservacionistas de Cantabria en el Patronato del Parque Natural Saja-Besaya y Ecologistas en Acción han denunciado ante la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, las Consejerías competentes del Gobierno de Cantabria, la Dirección del Parque, el Ayuntamiento de Los Tojos y la Junta Vecinal de Bárcena Mayor, los graves impactos que podrían causarse en la cuenca del río Queriendo, afluente del río Argoza que, a su vez lo es del río Saja, en su tramo alto, dentro de los límites de la Junta Vecinal de Bárcena Mayor del Ayuntamiento de Los Tojos (Cantabria).

Los citados impactos surgirían de llevarse a cabo el proyecto de tala a matarrasa del pinar de Alceo tras el anuncio de licitación y la adjudicación, mediante subasta, del llamado pinar de Alceo con el aprovechamiento forestal de maderas en el monte de utilidad pública número 11, Colladas y Collugas (BOC 24-8-2015), en la margen izquierda del río Queriendo en el tramo comprendido entre Avellaneo y Puente Bujén donde la accidentada orografía, las pronunciadas pendientes, los movimientos de tierras, el uso de maquinaria pesada y las pistas de acceso para proceder a la saca, y el propio perfil del río pueden acabar convirtiéndose en factores de riesgo para desencadenar alteraciones hidrológicas, procesos de erosión, argayos y deslizamientos de ladera sobre el ecosistema fluvial y su entorno inmediato que podrían provocar afecciones irreversibles a la flora y la fauna silvestres que aún resiste en aquel lugar, degradar los variados y singulares paisajes y micropaisajes de una profunda cuenca visual particularmente frágil, y afectar al camino histórico de origen bajo medieval, entre Bárcena Mayor, la Venta del Mobejo y la Venta de Tajahierro en el puerto de Palombera y la ruta a Campoo y Castilla, un testimonio relevante de las culturas viarias tradicionales que la Consejería de Cultura incluyó en el Inventario Arqueológico Regional ( nº de ref. 086.002) con el objeto de darle protección legal en el marco de la normativa vigente en materia de patrimonio cultural y cuyos drenajes, canaletas, sistemas de desagüe..., mantienen en buen estado de conservación su funcionalidad en la evacuación de las aguas, el mantenimiento de fuentes, manantiales y abrevaderos, la consistencia del firme, y la fijación de los taludes y laderas que atraviesa.

Las alteraciones hidrológico-forestales y las agresiones ambientales se multiplicarían, además, con las interacciones y sinergías que se producirían con la tala de cientos de hayas prevista en el bosque caducifolio colindante de la ladera norte del monte Colladas-Collugas en la margen derecha del río Queriendo y frente al citado pinar de Alceo, contribuyendo a acentuar los efectos de las lluvias torrenciales aguas abajo, disminuir la capacidad de esponjamiento de los suelos, potenciar la acción de la escorrentía superficial, y devaluar la función ambiental de las masas boscosas.

Las actuaciones previstas encierran, además, una flagrante contradicción con las figuras proteccionistas de un paraje único, en pleno corazón del Parque Natural Saja-Besaya, área colindante con la ZEPA del Alto Saja, y territorio integrante de uno de los LIC,s de la Red Natura 2.000, escenario de la aplicación del Programa Marco de Gestión de los LIC,s de los Ecosistemas Fluviales de la Consejería de Medio Rural del Gobierno de Cantabria, donde confluyen formaciones de ribera y bosques de galería, rodales y densas formaciones caducifolias con calidades ambientales excepcionales y un elevado grado de naturalidad y continuidad, escasa incidencia antrópica, hábitat de especies como el pito negro, la nutria, el tritón alpino, el oso pardo, el urogallo, anfibios, reptiles, anguilas y truchas...

Tampoco se justificarían todas estas agresiones ambientales y al paisaje por razones puramente economicistas en el futuro aprovechamiento forestal del pinar existente que, en todo caso, debería ser objeto de un aclarado muy selectivo sin recurrir a la tala a matarrasa, utilizando para la saca de troncos un vado provisional desde la pista entre la braña del Castillo en Bárcena Mayor y las proximidades del pozo de Avellaneo y Puente Bujén –con la posibilidad de rehabiitación de su estructura y el restablecimiento provisional del tránsito de vehículos–, recurriendo a técnicas manuales o de bajo impacto, y realizando, paralelamente, un plan de reforestación de especies autóctonas, Unas actuaciones que deberían contemplar, inexcusablemente, la compensación económica adecuada al Ayuntamiento de Los Tojos por el valor del lucro cesante en las restricciones totales o parciales a la explotación del pinar en función de la rentabilidad ambiental y social de la alternativa propuesta con la aportación de las partidas presupuestarias en la gestión del Parque para la conservación de los valores y el patrimonio natural que motivaron su declaración.

Por todo ello, solicitamos:

–Que en la medida que les corresponda a cada una de las instituciones implicadas –incluida la Confederación Hidrográfica del Cantábrico– en la protección de aquel paraje, en el respeto del ecosistema fluvial del río Queriendo y sus afluentes de arroyos y canales adyacentes, y en la conservación de los equilibrios hidrológicos en el entorno del camino histórico afectado, tengan a esta organización como parte del expediente y le informen puntualmente de las circunstancias en que se encuentra, de los requerimientos y sanciones que hayan podido establecer, de las medidas o disposiciones concretas que puedan contribuir a garantizar los valores amenazados, y del cumplimiento estricto de las leyes y normas relacionadas con la gestión del Parque y las figuras de protección mencionadas, con el dictamen preceptivo del Patronato, con las evaluaciones de impacto ambiental, con los procedimientos administrativos para la concesión de licencias de obra, y con la Ley de Patrimonio Cultural.

–Que se proceda a la exigencia de una rigurosa evaluación de impacto ambiental que tenga en consideración los análisis y propuestas recogidas en esta denuncia con las prohibiciones o medidas correctoras adecuadas para garantizar la conservación de los valores ambientales y los paisajes que pudiesen verse afectados.

–Que se tengan en cuenta las responsabilidades administrativas y penales en que pueden incurrir las instituciones implicadas, incluidos los delitos ecológicos y contra el patrimonio contemplados en la legislación vigente.

–Y que se elabore un programa de rehabilitación conjunto del tramo del camino, los ecosistemas fluviales, los paisajes y los valores etnográficos, respetuoso con sus características originales y base de referencia para su difusión y promoción como ruta de interés didáctico, ecológico y cultural.

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