IRREGULARIDADES EÓLICAS EN LA COMUNIDAD VALENCIANA II

El País 30-10-2010
Otra sentencia del TSJ sitúa los parques eólicos fuera de la ley
Los parques eólicos valencianos están fuera de la ley. Una nueva sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJ) abunda en el hecho de que el troceamiento de los complejos eólicos en subconjuntos más pequeños vulnera la ley. La sentencia de la sección primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo, fechada el 8 de octubre y notificada ayer, anula la aprobación definitiva en enero de 2008 de la ampliación del plan especial de la zona 6, que se conoce como parque eólico Alto Palancia III.
ADOLF BELTRAN - Valencia - 30/10/2010

Ya el pasado mes de junio, http://www.accioecologista-agro.org/spip.php?article2050 el TSJ declaró nula la aprobación del plan especial de la zona 6 al considerar que los seis subconjuntos de aerogeneradores en que estaba dividido constituyen, en realidad, un solo parque eólico. Tanto aquella sentencia como esta responden a recursos presentados por el grupo Acció Ecologista-Agró, que ha contado con el apoyo de la Asociación para un Desarrollo Eólico Sostenible (ADES).
Siguiendo los argumentos que ya desarrolló en la anterior sentencia, el tribunal considera acreditado que "el parque Alto Palancia III, al que se refiere la ampliación, se encuentra a una distancia de 1.000 metros de los parques Alto Palancia I y Alto Palancia II", lo que significa que forman los tres un único parque. De esta manera, no puede considerarse la existencia autónoma de un parque cuya potencia era de 32 megavatios. Eso tiene unas repercusiones importantes, dado que las comunidades autónomas no pueden autorizar instalaciones de producción de energía eléctrica de una potencia superior a 50 megavatios. Sólo puede hacerlo el Gobierno central. El hecho de superar esa potencia, además, impide a las empresas que los gestionan (en este caso Proyectos Eólicos Valencianos, SA) acceder a las primas del régimen especial de producción de energías renovables.

Una misma unidad

Según el Plan Eólico de la Comunidad Valenciana se considera un solo parque eólico aquel conjunto de aerogeneradores que estén situados a menos de 2.000 metros o que viertan energía a la misma central de transformación. En una situación similar a los aerogeneradores del área 6 se encuentran la práctica totalidad de las 15 zonas eólicas.
La sentencia considera nulo el plan recurrido en sus determinaciones energéticas, "en la medida en que la Administración autonómica carecía de competencias para regularlas, lo que le priva de sentido y los descausaliza por completo".


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