DECRETO SUSPENSIÓN DE PRIMAS A LAS RENOVABLES

www.boe.es/boe/dias/2012/01/28/pdfs/BOE-A-2012-1310.pdf
 REAL DECRETO-LEY 1/2012, de 27 de enero, por el que se procede a la suspensión de los procedimientos de preasignación de retribución y a la supresión de los incentivos económicos para nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de cogeneración, fuentes de energía renovables y residuos.


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En los últimos años, el crecimiento que las tecnologías incluidas en el régimen especial ha permitido superar con creces en 2010 los objetivos de potencia instalada previstos en el Plan de Energías Renovables 2005-2010 para la tecnología eólica y en particular para las tecnologías solar termoeléctrica y solar fotovoltaica.

Este elevado desarrollo no está exento, sin embargo, de crítica. La superación de los objetivos, ha puesto de manifiesto un desequilibrio entre los costes de producción y el valor de las primas, suponiendo un incremento del sobrecoste para el sistema en concepto de primas para las tecnologías solares de más de 2000 millones en 2010, cifra que se incrementará en 2000 millones de euros anuales a partir de 2014.



El Real Decreto-ley 6/2009 de 30 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas en el sector energético y se aprueba el bono social, estableció límites para acotar el incremento del déficit tarifario, esto es, la diferencia entre los ingresos procedentes de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica y los costes de las actividades reguladas del sector eléctrico que deben cubrir. De este modo el citado real decreto-ley establece, a partir de 2013, el principio de suficiencia de los peajes de acceso para satisfacer la totalidad de los costes de las actividades reguladas de modo que, a partir de dicho momento, no pueda aparecer déficit tarifario.

Posteriormente, y como consecuencia de la aparición de una serie de circunstancias sobrevenidas, entre otras, la caída significativa de la demanda durante 2010 y el incremento en la producción eléctrica a partir de fuentes renovables por las favorables condiciones climatológicas, que tuvieron una importante incidencia sobre los parámetros de previsión de déficit tarifario del sistema eléctrico, se adoptaron nuevas medidas con carácter de urgencia, en el Real Decreto-ley 14/2010 para abordar al corrección del referido déficit tarifario del sistema eléctrico.

Sin embargo, las medidas adoptadas hasta la fecha no resultan suficientes, poniendo en riesgo el objetivo final de supresión del déficit tarifario a partir de 2013.

El déficit tarifario constituye en sí mismo una barrera para el adecuado desarrollo del sector en su conjunto y en particular para la continuación de las políticas de fomento a la producción eléctrica a partir de fuentes de energía renovable y alta eficiencia.

Por otro lado, los objetivos de potencia para el año 2020 recogidos en el recientemente aprobado Plan de Energías Renovables permiten al Gobierno disponer de un holgado margen de maniobra en la fijación de la senda de implantación de las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables desde el momento actual.

A ello hay que añadir que la capacidad de generación instalada en este momento es suficiente para asegurar la cobertura de la demanda prevista para los próximos años.

Así, no resulta imprescindible en este momento continuar con las tasas anuales de implantación de estas tecnologías para lograr al final de la década los objetivos previstos.

La compleja situación económica y financiera aconseja la supresión de los incentivos para la construcción de estas instalaciones, con carácter temporal, al menos hasta la solución del principal problema que amenaza la sostenibilidad económica del sistema eléctrico: El déficit tarifario del sistema eléctrico.

Estas medidas son coherentes con las medidas de ajuste que se están llevando a cabo con objeto de retomar la senda de crecimiento de nuestra economía

Por otra parte, el modelo de generación distribuida, con el acercamiento del coste de producción de estas tecnologías al coste de consumo para los segmentos de menor escala, cobra cada vez mayor importancia. Así, el procedimiento para permitir el denominado balance neto de electricidad cuya regulación está en curso, constituye una alternativa real para el desarrollo de instalaciones de pequeño tamaño a través del fomento del autoconsumo de energía eléctrica.



Resulta necesario diseñar un nuevo modelo retributivo para este tipo de tecnologías que tenga en cuenta el nuevo escenario económico, promoviendo la asignación eficiente de los recursos a través de mecanismos de mercado. De este modo, se trata de articular a futuro un sistema que favorezca la competitividad del mercado a través de mecanismos similares a los utilizados en otros países de la Unión Europea y que garanticen la viabilidad futura del Sistema.

Asimismo, los nuevos marcos deberán incentivar la reducción de costes aprovechando la pendiente de la curva de aprendizaje y propiciando la captura de la maduración de la tecnología de manera que reviertan éstos en los consumidores.

De acuerdo con lo expuesto se ha considerado oportuna la supresión de los regímenes económicos incentivadores para ciertas instalaciones de régimen especial y para ciertas instalaciones de régimen ordinario de las mismas tecnologías, así como la suspensión del procedimiento de preasignación de retribución para las mismas, de forma que pueda acometerse la resolución del problema del elevado déficit tarifario del sistema eléctrico en un entorno más favorable. En la adopción de dicha medida, el Gobierno ha optado por limitar su alcance a las instalaciones de régimen especial que no hayan obtenido aún la inscripción en el Registro de preasignación de retribución, con excepción de aquellos supuestos en que dicha circunstancia sea consecuencia del incumplimiento del correspondiente plazo de resolución por la Administración. En similar sentido, en lo que concierne a las instalaciones de régimen ordinario, no sometidas al mecanismo de preasignación, se ha decidido limitar el alcance de la medida en términos que excluyan su incidencia sobre inversiones ya ejecutadas.

Esta medida debe adoptarse además con carácter de urgencia. En este momento se encuentran pendientes de resolución las cuatro convocatorias de preasignación fotovoltaica correspondientes al año 2012, por una potencia cercana a los 550 MW. En efecto, la inevitable dilación en el tiempo de la adopción de esta medida que supondría su tramitación por el cauce normativo ordinario determinaría, inevitablemente, la entrada en el sistema de 550 MW fotovoltaicos adicionales y el riesgo de un efecto llamada para aquellas tecnologías cuyos objetivos no han sido cubiertos: Cogeneración, biomasa, biogás, hidráulica y residuos.

Este real decreto-ley mantiene el régimen retributivo fijado en el ordenamiento jurídico para las instalaciones en funcionamiento y para aquellas que hubieran resultado inscritas en el Registro de preasignación de retribución.

En su virtud, haciendo uso de la autorización contenida en el artículo 86 de la Constitución, a propuesta del Ministro de Industria, Energía y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de enero de 2012,

DISPONGO:

Artículo 1.

Objeto.

Constituye el objeto de este real decreto-ley:

a) La supresión de los incentivos económicos para las instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen especial y para aquellas de régimen ordinario de tecnologías asimilables a las incluidas en el citado régimen especial que se detallan en el artículo 2.1.

b) La suspensión del procedimiento de preasignación de retribución para el otorgamiento del régimen económico primado.

Artículo 2.

Ámbito de aplicación.

1. El presente real decreto-ley será de aplicación a las siguientes instalaciones:

a) Aquellas instalaciones de régimen especial que a la fecha de entrada en vigor del presente real decreto-ley no hubieran resultado inscritas en el Registro de preasignación de retribución previsto en el artículo 4.1 del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas en el sector energético y se aprueba el bono social.

b) Aquellas instalaciones de régimen especial de tecnología fotovoltaica que a la fecha de entrada en vigor del presente real decreto-ley no hubieran resultado inscritas en el Registro de preasignación de retribución previsto en el artículo 4.1 del Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, de retribución de la actividad de producción de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica para instalaciones posteriores a la fecha límite de mantenimiento de la retribución del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, para dicha tecnología.

c)Aquellas instalaciones de régimen ordinario que a la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley no dispusieran de autorización administrativa otorgada por la Dirección General de Política Energética y Minas.

2.El presente real decreto-ley no será de aplicación a las instalaciones de régimen especial que hubieran presentado solicitud de inscripción en el Registro de preasignación de retribución, cuando el correspondiente plazo de resolución, en virtud de lo previsto en los apartados 2 y 3 del artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, hubiera ya vencido a la fecha de su entrada en vigor.

Artículo 3.

Supresión de los incentivos económicos para las nuevas instalaciones.

1. Se suprimen los valores de las tarifas reguladas, primas y límites previstos en el Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial, para todas las instalaciones que se encuentren en el ámbito de aplicación del presente real decreto-ley.

2. Se suprimen el complemento por eficiencia y el complemento por energía reactiva, regulados en los artículos 28 y 29, respectivamente, del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, para todas las instalaciones que se encuentren en el ámbito de aplicación del presente real decreto-ley.

3. Sin perjuicio de lo previsto en los apartados 1 y 2 de este artículo, el Gobierno podrá establecer reglamentariamente regímenes económicos específicos para determinadas instalaciones de régimen especial, así como el derecho a la percepción de un régimen económico específico y, en su caso, determinadas obligaciones y derechos de los regulados en los apartados 1 y 2 del artículo 30 de la Ley 54/1997, de 23 de noviembre, del Sector Eléctrico, para aquellas instalaciones de producción de energía eléctrica de cogeneración o que utilicen como energía primaria, energías renovables no consumibles y no hidráulicas, biomasa, biocarburantes o residuos agrícolas, ganaderos o de servicios, aun cuando las instalaciones de producción de energía eléctrica tengan una potencia instalada superior a 50 MW.

Para la determinación de los regímenes económicos específicos se podrá tener en cuenta la potencia instalada, el nivel de tensión de entrega de la energía a la red, la contribución efectiva a la mejora del medio ambiente, al ahorro de energía primaria y a la eficiencia energética, la producción de calor útil económicamente justificable y los costes de inversión y de operación, el tipo de energía primaria empleada, teniendo en cuenta unas tasas de rentabilidad razonables con referencia al coste del dinero en el mercado de capitales.

Artículo 4.

Suspensión del procedimiento de preasignación de retribución.

1. Queda suspendido el procedimiento de inscripción en el Registro de preasignación de retribución previsto en el artículo 4.1 del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, para las instalaciones incluidas en el ámbito del presente real decreto-ley.

2. Queda suspendido el procedimiento de inscripción en el Registro de preasignación previsto en el artículo 4.1 del Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, de las solicitudes de instalaciones de tecnología fotovoltaica que hubieran sido presentadas a las convocatorias correspondientes a 2012.

Del mismo modo, queda sin efecto la celebración de las convocatorias de preasignación correspondientes al año 2012 y sucesivos.

3. Los titulares de las instalaciones de régimen especial incluidas en el ámbito de aplicación del presente real decreto-ley a las que, a su entrada en vigor, no les hubiera sido resuelta su solicitud de inscripción en el Registro de preasignación de retribución, podrán, dentro del plazo de dos meses a contar desde la fecha de dicha entrada en vigor, desistir de su solicitud de inscripción en el referido registro, y en su caso, desistir también de su solicitud de acceso a la red, interesando la devolución de los avales que hubieran depositado al amparo de lo previsto en de los artículos 59 bis y 66 bis del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, del artículo 9 del Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, así como del artículo 4.3.i del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, sin que, haya lugar, en virtud de ese desistimiento, a la ejecución de las tales garantías.

4. Sin perjuicio de lo previsto en los apartados 1 y 2 de este artículo, el Gobierno podrá restablecer reglamentariamente la inscripción en el Registro de preasignación de retribución cuando el contexto energético así lo requiera.

Disposición adicional única.

Devolución de los avales depositados para las instalaciones de régimen especial que hubieran sido inscritas en el Registro de preasignación de retribución y no fueran a ejecutarse.

Los titulares de las instalaciones de régimen especial inscritas en el Registro de preasignación de retribución que opten por no llevar a cabo la ejecución de la instalación, en el plazo máximo de dos meses desde la entrada en vigor de este real decreto-ley, siempre que el plazo de inscripción definitiva y venta de energía no hubiera vencido, podrán renunciar a la inscripción en el citado Registro de preasignación de retribución, sin que esto les suponga la ejecución de los avales que hubieran depositado al amparo de los artículos 59 bis y 66 bis del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, del artículo 9 del Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, así como del artículo 4.3.i del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril.

Disposición transitoria única.

Instalaciones que hubieran obtenido autorización administrativa para una modificación sustancial con fecha anterior a la entrada en vigor del presente real decreto-ley.

La derogación del apartado 4 del artículo 4 y del artículo 4.bis del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, prevista en la disposición derogatoria única, no será de aplicación a aquellas instalaciones que hubieran obtenido autorización administrativa para la modificación sustancial de la misma, en los términos regulados en el citado artículo 4 del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, con fecha anterior a la entrada en vigor del presente real decreto-ley.

Disposición derogatoria única.

Derogación normativa.

Quedan derogados, el apartado 4 del artículo 4 y el artículo 4 bis del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, así como cuantas otras disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este real decreto-ley.

Disposición final primera.

Título competencial.

Lo dispuesto en el presente real decreto-ley tiene carácter básico al dictarse al amparo de las competencias que corresponden al Estado en el artículo 149.1.13ª y 25ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva para determinar las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y las bases del régimen minero y energético, respectivamente.

Disposición final segunda.

Habilitación normativa y desarrollo reglamentario.

Se autoriza al Gobierno para que, en el ámbito de sus competencias, dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo y aplicación de este real decreto-ley.

Disposición final tercera.

Entrada en vigor.

Este real decreto-ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 27 de enero de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno,

MARIANO RAJOY BREY

PLATAFORMA NO AL VERTEDERO DE VALDERREDIBLE

29-01-2012 Cine Amor. Aguilar de Campoo.
Reunión informativa Vertedero Munilla

PLATAFORMA NO AL VERTEDERO DE VALDERREDIBLE


El pasado viernes 27 de enero en el Pleno del Ayuntamiento de Valderredible se trató el tema del Vertedero industrial en la Finca de Los Taleros, más conocido como finca Munilla.

El sábado 28 de enero en Polientes a las 18 h. en el Salón de Actos del Ayuntamiento de Valderredible hubo una reunión informativa sobre el vertedero donde se analizaron los efectos para los pueblos afectados y a la que asistieron cerca de un centenar de personas.

Como colofón el domingo 29 a las 12h. en el cine Amor en Aguilar de Campoo tuvo lugar otra sesión informativa a la que acudieron unas 200 personas.

Consecuencia de estas reuniones se ha creado una Plataforma a la que te puedes sumar o firmar en contra de la instalación de este enorme vertedero industrial en Valderredible, en los siguientes enlaces:
 
 

SIN SUBVENCIONES EL VIENTO YA NO SOPLA

NOTA DE PRENSA:


El Comtat se librará de momento de parques eólicos: “Sin subvenciones el viento ya no sopla”

El Consejo de Ministros del viernes día 27 ha aprobado un Real Decreto Ley que suspende temporalmente e indefinidamente las ayudas a los nuevos parques eólicos. A partir de este momento, un parque eólico para ser rentable únicamente podrá instalarse donde haya mucho viento (por encima de las 3000 horas equivalentes anuales). Los estudios de viento para los parques eólicos de las comarcas de El Comtat y La Marina Alta, según el proyecto presentado al concurso eólico de 2001 cifraban en poco más de 1600 horas equivalentes el viento aprovechable para los parques de las sierras de Alfaro y Almudaina.

A nivel nacional, se habían juntado una serie de condicionantes que hacían previsible una medida de estas características y que ya debía haberse tomado hace tiempo:

- El estado español es el tercer país de Europa de Europa con la energía eléctrica más cara (únicamente superado por Chipre y Malta).

- Actualmente y gracias a la fiebre constructiva de centrales eólicas y de ciclo combinado de gas natural, habíamos instalado una potencia eléctrica del doble de la potencia eléctrica necesaria.

- Las primas anuales por energías renovables (y que se tendrán que seguir pagando) han supuesto en 2011 nada menos que 7.000 millones de euros.

Quedan por pagar a las eléctricas 24.000 millones de euros en concepto de atrasos acumulados por primas a las renovables, que en algún momento deberán cargarse a los recibos de la luz.

Estamos en una situación de crisis, con Comunidades autónomas como el País Valenciano en situación de quiebra técnica, y además, con más de 5 millones de parados y con recortes bestiales en materia de dependencia, sanidad, educación y sueldos. Ya constituía todo un escándalo que se siguiese primando tan generosamente a las eléctricas y a los promotores de energías renovables que, hasta el momento, no habían notado la crisis.

Desde la Coordinadora d’Estudis Eòlics del Comtat (http://www.zona14.org/) lamentamos que las energías renovables no se hayan podido desarrollar más y mejor en todo el Estado y, en concreto, en el País Valenciano, donde la única preocupación que ha habido en estos años por este sector ha sido el empeño de las autoridades en fomentar y mantener el negocio energético de los promotores, y que habían convertido las renovables, y en particular la eólica, en el último reducto de la cultura del pelotazo, la especulación y el negocio fácil a la sombra del poder autonómico. En estas condiciones, no podemos hacer otra cosa que alegrarnos de que no haya más primas para las nuevas instalaciones y esperamos que, cuando la situación económica lo permita, se afronte de nuevo el camino de promoción de las energías renovables, en base a un Plan energético global, democrático, participativo, eficaz, respetuoso para el medio ambiente y donde el beneficio económico de las empresas no prime sobre todo lo demás. Si se hace así, nos tendrán a su lado.

Sólo lamentamos que este decreto no tenga carácter retroactivo, ya que hay muchos parques eólicos en funcionamiento sin viabilidad técnica, que sólo tienen sentido por las enormes subvenciones que los sostienen.

Por último, queremos agradecer el apoyo recibido de los miles de ciudadanos de las comarcas de L’Alcoià y El Comtat en los ocho años que ha durado el conflicto, ya que gracias a ellos pudimos retrasar el proyecto de instalación de los parques eólicos de la Sierra de Alfaro y Almudaina, lo que ha propiciado que, al final, no se puedan construir por falta de rentabilidad, al desaparecer las primas económicas. Sin este apoyo ciudadano, los parques ya estarían construidos sobre una zona que, gracias a nuestro esfuerzo y al apoyo recibido, se convirtió en Zona de Especial Protección para las Aves, dentro de la Red Europea Natura 2000, con la fatal incongruencia de coexistir aerogeneradores y especies de avifauna protegidas sobre el mismo espacio.

Aparcada, de momento, esta amenaza al futuro económico de la comarca, la Coordinadora seguirá vigilante, para tratar de impedir otras ocurrencias de la Administración Autonómica en su empeño en convertir El Comtat en el desván del País Valenciano, donde ubicar todo aquello que las demás comarcas van rechazando. No descansaremos hasta que un decreto del gobierno valenciano derogue definitivamente el Plan Eólico Valenciano

El Comtat, 28 de gener del 2012

Coordinadora d'Estudis Eòlics del Comtat
Web: http://www.zona14.org/
Email: info@zona14.org

COSTE EÓLICA Y PRIMAS. CORE


2.2.3. DEL COSTE ECONÓMICO EÓLICA: ENERGÍA CARA y PRIMAS


La energía eólica necesita tener prevista y preparada para funcionar otra industria de energía de reserva, fiable, que entre en funcionamiento cuando no sople el viento. Esto hace que, estas industrias en fase de apoyo, tengan que estar siempre en funcionamiento en modo “respaldo”, solo para entrar en red cuando haga falta. En ese estado su rendimiento baja ostensiblemente, con lo que su eficiencia energética disminuye, consume más combustible, emite más CO2 y aumenta el coste final de producción por KW/h. Así se cobra doblemente, por la energía eólica y por la energía de reserva.

Por otro lado, están las PRIMAS; según datos del propio Gobierno de España, con las instalaciones en funcionamiento y las primas comprometidas, el sector de las energías renovables va a percibir en los próximos 25 años más de 126.000 millones de euros, (más de 20 BILLONES, con B, de las antiguas pesetas).

Las compañías eólicas reciben unas primas de unos 38,29 €/MWh, cuando el precio medio la electricidad la paga el Estado a unos 74,07 €/MWh. Es decir las eólicas reciben como primas más de la mitad de lo que se paga la electricidad, un gran negocio. Para el consumidor una energía muy cara.

La propia presidenta de la Comisión Nacional de la Energía (CNE), declaraba en junio pasado, que para atajar el déficit tarifario, los 22.000 millones que se deben a las eléctricas “son necesarias medidas reguladoras adicionales entre las que no cabe descartar una nueva “moratoria” a las energías renovables. De hecho, entre las medidas que el gobierno de la nación pretende aprobar antes de que acabe la actual legislatura, proponen entre otras, la rebaja de las primas en un 40%, lo que a juicio de los promotores eólicos, será de facto una nueva moratoria.

Nadie se atreve a valorar cuánto cuesta al final el KW/h eólico.

El actual DÉFICIT DE TARIFA, lo que los españoles debemos a las eléctricas, por lo que todavía no se les ha pagado por generar la electricidad, es de 22.000 millones de euros, en su mayor parte debido a las primas a las renovables. Todos los españoles debemos a las eléctricas 3,6 Billones de las antiguas pesetas. Cada familia española adeuda a las compañías eléctricas más de 1.500 €, más sus intereses, que nosotros o nuestros hijos tendrán que pagar.

El diario económico EXPANSIÓN, en su editorial del 30-04-2010, El fiasco de las energías renovables, decía, en referencia a las industrias españolas “que se ha dado la voz de alarma sobre el proceso de deslocalización inducido por un coste de producción inasumible. Los costes energéticos triplican los costes laborales y, como admite el propio Ministerio, la factura energética para la industria española es un 17 % superior a la media de la UE. En otras palabras, una de las principales causas del déficit de competitividad de España se encuentra en su marco energético”.

Hay que tener en cuenta que para la industria básica (cementeras, metales, gases industriales, química básica o siderurgia), los costes energéticos son muy importantes en su producción. España se hace menos competitiva, en una parte importante, por culpa de las alocadas políticas con las renovables, lo que se traduce en mayor crisis y destrucción del empleo.

FUENTE:

“Informe ENERGÍA EÓLICA EN CANTABRIA”. CORE, Octubre 2011

PARALIZACIÓN DE LAS PRIMAS A LAS RENOVABLES

Industria paraliza la incorporación de nuevas plantas renovables con primas


http://www.expansion.com/agencia/efe/2012/01/27/16908596.html

27/01/2012 EFE

Madrid, 27 ene (EFE).- El Gobierno ha decidido paralizar temporalmente la concesión de primas a nuevas instalaciones del régimen especial (renovables y cogeneración) para contribuir al objetivo de reducir el déficit público, anunció hoy el ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria.

La medida no afectará a las instalaciones ya en marcha, a las primas ya autorizadas ni a las plantas ya inscritas en los registros de preasignación. "No hay retroactividad", subrayó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Soria señaló que el objetivo es frenar la generación del déficit de tarifa, que surge porque los ingresos del sistema son insuficientes para cubrir los costes.

Este desajuste ya supera los 24.000 millones y corre el riesgo de ser un problema financiero a un ritmo anual de crecimiento de entre 3.000 y 4.000 millones, según Soria.

"Es sólo un primer paso, no es una medida aislada para resolver el problema del déficit tarifa y frenar su ritmo de crecimiento", dijo Soria, quién puntualizó que, por el momento, no hay planteada una tasa para la nuclear aunque no es descartable.

Actualmente, el déficit lo financian las empresas eléctricas, aunque son los consumidores los que lo pagan a través del recibo de la luz, por lo que no tiene relación con el déficit de las cuentas del Estado.

El titular de Industria añadió que la decisión de paralizar la concesión de primas no pone en riesgo la seguridad de suministro del sistema eléctrico e insistió en que la apuesta del Gobierno por las energías renovables es "firme".

En este sentido, explicó que actualmente la capacidad instalada más que duplica a la demanda punta de energía, aquella que se produce en los momentos de máximo consumo.

El Real Decreto Ley aprobado hoy por el Consejo supone la suspensión temporal e indefinida de los procedimientos de preasignación de retribución renovable y la supresión de los incentivos económicos para nuevas instalaciones.

El Gobierno enmarca la decisión en "la compleja situación económica y financiera" y mientras se pone en marcha una reforma integral del sistema eléctrico.

CORE PIDE AL GOBIERNO DE CANTABRIA QUE NO CEDA ANTE LA PRESIÓN DE LA INDUSTRIA EÓLICA

CORE PIDE AL GOBIERNO DE CANTABRIA QUE NO CEDA ANTE LA PRESIÓN DE LA INDUSTRIA EÓLICA


La jornada que celebra la Asociación Eólica de Cantabria tiene como única finalidad presionar al gobierno para defender sus intereses económicos.

Santander (27/01/2012)

Para CORE la jornada que se celebra en Santander este día 27 de enero tiene como única finalidad defender sus intereses particulares y para ello no duda en presionar al Gobierno de Cantabria para que no cambie el plan eólico e incumpla su compromiso de tramitar un plan energético transparente y que cuente con el consenso de todos.

CORE quiere recordar a la asociación eólica que el plan eólico del anterior gobierno estaba sobredimensionado y que además dejaba las puertas abiertas al destrozo paisajístico de nuestra región.

CORE A FAVOR DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES

La plataforma “Cántabros por la ordenación racional de la energía eólica” apuesta por un verdadero desarrollo de las energías renovables pero no a costa del territorio y sus valores culturales y paisajísticos.

Además CORE cree que los planteamientos de la Asociación Eólica de Cantabria nada tienen que ver con la sostenibilidad y sí con el de cuidar sus intereses económicos y beneficiarse de las subvenciones del Ministerio de Industria. CORE sugiere que bien podría , en estos momentos de crisis, la Asociación Eólica de Cantabria emplear sus esfuerzos, sus presiones y sus medios económicos, para conseguir un verdadero plan eólico que ponga en valor los beneficios que para la sociedad tiene la energía eólica, en vez de seguir empeñados en solicitar la ejecución de un concurso que se ha demostrado desmesurado y perjudicial para la región como reconoce incluso el Plan Energético de Cantabria en tramitación, que califica como SEVERA LA AFECCIÓN TERRITORIAL del planteamiento que propone el concurso eólico.


UN PLENERCAN AJUSTADO A LAS NECESIDADES DE CANTABRIA

Para CORE el PLENERCAN que sacó a exposición pública el anterior gobierno, parecía estar elaborado a la carta para dar cabida a los proyectos de parques eólicos aprobados en el Concurso eólico, en vez de evaluar cuánta energía eólica cabría en Cantabria sin afectar significativamente a la biodiversidad, patrimonio cultural y paisajístico.

Desde CORE esperamos por tanto una rebaja significativa de la potencia eólica asignada, y sobretodo que se ponga sobre la mesa una adecuada zonificación que establezca ÁREAS DE EXCLUSIÓN que no dejen en manos de los promotores eólicos la ubicación de los parques eólicos, en especial los valles del sur de Cantabria que parecen ser un objetivo muy codiciado por la industria eólica.


*CORE está integrado por ARCA, Cantabria Nuestra, Federación ACANTO, Foro Becedo, Mortera Verde, SEO/BirdLife, Plataforma en defensa de los valles del sur de Cantabria, Revista Cantárida.

BAJA CALIDAD DE LOS EIAs y de los PLANES DE VIGILANCIA de los PARQUES EÓLICOS

Ambientum 23 de enero de 2012

Los criterios económicos rebajan la calidad de los Estudios de Impacto
Ambiental23/1/2012redaccion@ambientum.com

Consultoras y profesionales independientes de España y Portugal presentes en el “I Congreso Ibérico sobre Energía Eólica y Conservación de la Fauna”, celebrado esta semana en Jerez de la Frontera, alertan de la baja calidad de algunos Estudios de Impacto Ambiental y sobre todo de los Planes de Vigilancia Ambiental de Parques Eólicos.
La profundidad y detalle de los estudios revisados hasta la fecha, unos 1.000 en los últimos diez años en la mitad norte peninsular, han evidenciado carencias notables que no permiten evaluar ni concluir que los impactos sobre aves y murciélagos se realizan adecuadamente. En cualquier caso distan de ser tan elevados como los presentados durante el Congreso celebrado en Jerez por algunas organizaciones que estiman mortalidades de 6 a 18 millones de aves por año.
Aunque se ha avanzado de manera notable en el desarrollo de este tipo de energía y en su seguimiento ambiental, la política comercial del sector de consultoría y la falta de conocimientos adecuados en el tratamiento de la información son las principales causantes de las carencias detectadas en muchos de los planes de vigilancia. El coste de los estudios ha sido rebajado notablemente en un mercado altamente atomizado e inadecuadamente formado, lo que compromete seriamente la toma de datos con una metodología adecuada, su posterior análisis y elaboración de unas conclusiones acordes a los problemas que se plantean. Todo ello puede dar lugar a recomendaciones erróneas y a que finalmente algunos estudios deban repetirse.
El coste económico de estos trabajos es el criterio principal a la hora de su contratación por los promotores; sin embargo no debe ser el único ni el primero. Por su parte, las Administraciones correspondientes deben cumplir su papel de garantes en la revisión y exigencia de contenidos de los mencionados estudios manteniendo su adecuación a la legislación ambiental vigente en todo momento.


PRIMAS Y RENOVABLES

Soria se pregunta si debe seguir aumentando la instalación de renovables

19\01\2012 - El Economista
http://www.eleconomista.es/economia/noticias/3679857/01/12/Economia-Energia-Soria-se-pregunta-si-debe-seguir-aumentando-la-instalacion-de-renovables-con-prima.html

Soria se pregunta si debe seguir aumentando la instalación de renovables con prima. El ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria, se ha preguntado si la capacidad instalada de energías renovables que reciben prima debe seguir aumentando, y ha adelantado que esta cuestión forma parte de las reflexiones de su departamento acerca de la reforma del sistema energético. "¿Debemos seguir aumentando esta capacidad instalada? Y, sobre todo, ¿debemos seguir aumentando la de las más caras y las que requieren una prima?", se preguntó el ministro en una entrevista con el canal 24h, de TVE, recogida por Europa Press, antes de aludir a la eólica, la fotovoltaica, la termosolar, minihidráulica e incluso a los ciclos combinados como las tecnologías primadas.

FRACKING EN CAMPOO-LOS VALLES

El 13 de noviembre de 2009, el gobierno de España concedió a la empresa “Petroleum Oil & Gas España” las licencias de investigación de hidrocarburos “BEZANA” y “BIGÜENZO” en una zona comprendida entre Cantabria y Castilla y León. Los permisos abarcan la práctica totalidad de Campoo-Los Valles.

En los últimos años está proliferando la concesión de este tipo de licencias. En muchas de ellas se tiene la certeza de que se utilizará la fractura hidráulica, y en el resto la posibilidad es muy alta. Debido a lo peligroso de la técnica es muy corriente la falta de información pública, por lo que en algunos casos, como estos de Campoo, es necesario exigir información para certificar su uso.

La fractura hidráulica es un método bastante moderno ideado en EEUU. Su objetivo es extraer gas en pequeñas burbujas dentro de determinadas rocas.

Consiste en realizar una perforación kilométrica a través de la cual se inyecta una mezcla de agua, arena y cerca de 600 productos químicos. Esta mezcla fractura la roca y libera el gas.

Para cada pozo se necesitan varias Has. donde sacar los lodos contaminados y demás infraestructura
Entre los componentes de la mezcla de fractura se encuentran varias sustancias cancerígenas y otras que afectan gravemente a la salud.

En todas las regiones de EEUU donde se emplea fractura hidráulica ha habido informes de aguas contaminadas en los ríos, lagos y el suministro de agua potable.

Debido a todos los riesgos que conlleva para la salud y el medio ambiente, el 30 de junio 2011 Francia prohibió la utilización de este método en todo su territorio.

Más información:

DENUNCIA ANTENAS ANEMOMÉTRICAS


Instalación de antenas medidoras de viento

Denuncian a los ayuntamientos de Valdeolea y Valdeprado

La Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria asegura que los consistorios han autorizado la instalación de antenas medidoras de viento sin haber contestado a las alegaciones que se plantearon a su ubicación y pese a que algunas solicitudes han caducado

17.01.12 - 18:45 - EFE SANTANDER

La Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria ha presentado una querella en el Juzgado de Reinosa contra los alcaldes y las juntas de gobierno de los ayuntamientos de Valdeolea y Valdeprado del Río por haber concedido licencia de obra y autorizar la instalación de cinco antenas medidoras de viento.

La querella acusa a la junta de gobierno de Valdeolea y a su alcalde, Fernando Franco (PP), de presunta prevaricación, una imputación que extiende a la junta de gobierno de Valdeprado del Río, a su alcalde, Jaime Soto (PP), y al secretario municipal de ese ayuntamiento.

Este colectivo denuncia que los ayuntamientos han autorizado estas antenas sin haber contestado a las alegaciones que se plantearon a su instalación y pese a que algunas solicitudes han caducado.

La querella se ha presentado por cuatro antenas instaladas en Valdeolea, en concreto en monte Endino, monte Siete Cruces, Peña Tabla y el Puerto de Pozazal, y una en Valdeprado del Río, que está en el monte Somaloma.

El alcalde de Valdeoela, Fernando Franco, ha negado que existan irregularidades en la instalación de las antenas y ha asegurado que la tramitación se ha realizado ajustándose a la legalidad.

Además, ha asegurado que la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo (CROTU), un órgano colegiado adscrito al Gobierno regional, dio el visto bueno a esa instalación.

Por su parte, fuentes del Ayuntamiento de Valdeprado del Río han indicado que la antena que denuncian no se ha instalado porque todavía se está tramitando, siguiendo el procedimiento que establece Ley del Suelo.

Además, aseguran que el Ayuntamiento no es el que tiene que resolver las alegaciones sino la CROTU, organismo al que se han remitido y que es el que tiene que autorizar o no la instalación.

La Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria asegura en la denuncia que todas las antenas se han colocado en la primera quincena de diciembre.

Según indica, la antena de monte Endino ha recibido alegaciones hasta en tres ocasiones sin que en ningún caso se haya recibido respuesta.

Esta plataforma también advierte de que no tiene constancia de que esas antenas cuenten con los informes sectoriales preceptivos de Ordenación del Territorio y de Biodiversidad.

Y añade que la antena de Pozazal "se ha colocado en un lugar diferente al que aparece en el expediente".

La plataforma señala que en sus alegaciones dejó constancia de que los lugares de ubicación de las antenas tienen "un gran valor cultural y natural".

En este sentido, subraya que el monte Endino es zona de protección del oso pardo.

Y, según se recoge en la querella, pese a todo ello, y aunque no disponen de las preceptivas licencias administrativas, las antenas medidoras ya se han instalado.

Los querellantes creen que la instalación de estas antenas constituye una medida "de presión" para "consolidar la adjudicación de potencias eólicas en la zona".

"Se está pretendiendo, con la dolosa colaboración de las administraciones afectadas y la plena coincidencia de la ubicación de las distintas antenas instaladas con los proyectos de parque, crear la apariencia de una inexistente actividad con una cierta relevancia que haga inevitable la implantación de los parques eólicos", se asegura en la querella.

Los promotores de esta querella han advertido de que tienen intención de iniciar acciones ante los tribunales contra todos los responsables municipales de ayuntamientos que sigan permitiendo que se instalen estas antenas.

22 ENERO POMAR DE VALDIVIA. NUEVA REUNIÓN VERTEDERO MUNILLA.

Para obtener más información el Ayuntamiento de Pomar de Valdivia convoca a una reunión que tendrá lugar:

 el próximo domingo día 22 deEnero, a las 11 de la mañana, en el propio Ayuntamiento.

Una empresa denominada Grupo Toysal, ha solicitado el 4 de enero de 2011en la Consejería de Medio Ambiente de Cantabria que se inicie el trámitepara la instalación de un complejo de gestión de residuos industrialesno peligrosos, en el término municipal de Valderredible.

El proyecto trata de la creación de una planta gigantesca de residuos industriales en la finca “Los Taleros”, zona conocida comúnmente como“Granja Munilla”.

Esta planta prevé depositar en tres balsas 350.000 toneladas de residuos anuales, de las cuales 150.000 toneladas serían residuos reciclables y 200.000 toneladas residuos no peligrosos calificados de no valorizables. Estos últimos son TODO TIPO DE RESIDUOS que no se pueden reciclar (hospitalarios, farmacéuticos, metales pesados, productos químicos…y un largo etc..)

Esto supone el traslado a la planta de más de 1.000 toneladas al día, lo que significa un trasiego de más de 80 camiones diarios.

Los residuos denominados no peligrosos son en realidad RESIDUOS PELIGROSOS tratados químicamente para que las sustancias peligrosas que contienen tarden más tiempo en liberarse.

El acceso a la planta según el proyecto se realizaría atravesando los núcleos de Canduela y Quintanilla de las Torres.

Como ejemplo de instalaciones, la empresa pone otra planta que tiene en funcionamiento desde el 2001 denominada XILOGA, con una capacidad de 515.155 m/3. Esta planta ha tenido dos incendios graves 09/07/2008 y 27/04/2010 y ha sufrido combustión en carga en el traslado de residuos a la planta. Lleva 10 años incumpliendo la legislación medioambiental. La planta que quieren instalar en nuestra zona sería seis veces mayor a la anteriormente mencionada.

Por todo lo citado anteriormente se deduce el grave perjuicio al que estamos todos expuestos si el proyecto se lleva a cabo: Contaminación del aire, malos olores, aumento exagerado del tráfico en la zona (con el agravante de, en caso de accidente, la peligrosidad de los productos transportados), contaminación de los acuíferos de los que personas, animales y plantas de la zona nos abastecemos, pérdidas en el sector turístico…En general un empeoramiento manifiesto de nuestro medio ambiente y de nuestra calidad de vida.

TALLER DE BLOGS Y REDES SOCIALES MATAPORQUERA

7º Taller de Creación , Manejo de Blogs y Redes Sociales. Mataporquera

Queremos que cada participante aprenda creando y desarrollando su propio blog con un método claro, visual y sin tecnicismos informáticos.

En este 7º Taller incluimos dos días más de aprendizaje dedicados en exclusiva a crear y manejar las redes sociales más populares como son,Facebook y Twitter.

Facilitaremos tras acabar el taller, recursos variados para el autoaprendizaje posterior, y un posible seguimiento de cada blog a lo largo del tiempo .

Plazas: 8 - 10
Fechas: 30 y 31 de Enero, 1, 2 y 3 de Febrero
Hora: 19:00 - 21:30
Lugar: Mataporquera (Cantabria). Aula Ruralab
Cuota de inscripción: 10 Euros (Abonar el primer día de curso)

*Pueden inscribirse: mayores de 16 años, residentes en cualquiera de los municipios del ámbito de actuación de la Asociación País Románico.
Ver relación de municipios en el programa nota 1.*Plazo de inscripción: Abierto hasta el 27 Enero 2012

Programa e inscripción: PAIS ROMÁNICO
Contacto: informatica@paisromanico.org

ASAMBLEA SOBRE EL VERTEDERO INDUSTRIAL GRANJA MUNILLA


Alrededor de unas 50 personas, particulares; representantes de los diferentes organismos municipales de la zona: Común de Valdelomar, pedanías de Valderredible y norte de Palencia afectadas y cercanas, e incluso concejales del Ayto de Aguilar y Valderredible; representantes de diversas agrupaciones y asociaciones: asociación Valdelomar, Ecologistas en Acción, Coordinadora Salinas (CCSA), Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria, se reunieron el pasado domingo 15 de enero del 2012 en San Martín de Valdelomar con el objeto de informarse y ver qué se puede hacer en relación al  proyecto de vertedero de residuos industriales en la Granja Munilla en Valderredible.

Expertos informaron sobre la magnitud y contenido del proyecto, sobre sus impactos medioambientales en general y sobre los acuíferos en particular, sobre las posibles afecciones a los pueblos cercanos y de la zona, sobre los aspectos urbanísticos y legales. Se intercambiaron dudas y preguntas y se propusieron posibles actuaciones a realizar corto plazo.
 
La numerosa y variada representación de los asistentes demuestra la enorme preocupación e indignación por la falta de información que ha suscitado entre los pueblos de la zona un proyecto de tal envergadura.

TALA INDISCRIMINADA DE HAYAS EN CERVATOS

Bajo el pretexto de limpieza de las líneas,  EON ha talado recientemente en Cervatos, de forma totalmente abusiva hayas de más de 30 años en una franja de unos 20m de anchura cuando sólo tenía autorizado hasta los 10.

El arbolado autóctono existente bajo los tendidos no necesita ser talado si no que con una poda en altura de forma regular basta para no poner en riesgo los tendidos ni que haya peligro de incendio.


Otro ejemplo similar tuvo lugar el pasado verano en la cercana línea de Alta Tensión que atraviesa el bosque del monte Bardal.
Estas talas no son hechos aislados sino una práctica habitual llevada a cabo con total impunidad, no sólo por EON sino también por REE, que en la mayoría de las ocasiones no informan previamente ni a los concejos propietarios de los montes, ni a los Ayuntamientos, que se enteran de las talas una vez llevadas a cabo.
A destacar por su magnitud son las talas llevadas a cabo durante estos dos últimos años en Campoo de Enmedio, en la líneas anteriormente citadas de Cervatos y Reinosilla;  en Valdeolea; en Valdeprado del Río, en el monte Peñota, Lojudo y Mediadoro (Los Riconchos) y en Valderredible (Arantiones…).

El impacto de estas talas no sólo es grave por la importancia de las especies de árboles autóctonos taladas: hayas, rebollas, pero sobre todo quejigos, muy escasos en Cantabria, sino también, por la edad de los ejemplares cortados, y sobre todo porque estas enormes franjas deforestadas fragmentan los ecosistemas forestales con su consiguiente pérdida de calidad como corredores ecológicos para la fauna. 

Por este motivo es muy importante evitar que nuevos tendidos eléctricos atraviesen masas forestales autóctonas bien conservadas, como son prácticamente la mayoría de las existentes en el sur de Cantabria.

En muchos parques eólicos instalados en el  norte de Burgos en la zona de Valdeporres, las líneas de evacuación de la energía de éstos y las nuevas líneas de alta tensión necesarias para el transporte de la energía de estos lugares montañosos bien conservados producen un impacto sobre el entorno incluso mayor que el de los propios molinos. 

VENENO EN VALDEOLEA Y CERVATOS



SEO/BirdLife solicita una rápida actuación de la administración ante los graves episodios de envenenamiento en Valdeolea y Cervatos (Cantabria)

•         Ante la grave amenaza que supone el uso de veneno, SEO/BirdLife a través del proyecto Life+ VENENO solicita al Gobierno de Cantabria a tomar las medidas oportunas para que casos como este no vuelvan a repetirse

•         Al menos 2 perros, 5 milanos reales, 5 zorros, un cuervo y un gato han muerto envenenados en estos episodios

Madrid, 12/01/2012- El número de ejemplares muertos y la toxicidad del veneno utilizado en  Valdeolea y Cervatos ponen de manifiesto la grave amenaza que supone el veneno, no sólo para la fauna salvaje, sino también para los animales de compañía e incluso para las personas. Por ello, SEO/BirdLife solicita que se intervenga con la mayor contundencia para depurar las responsabilidades penales que se deriven de estos episodios. Asimismo, desde el proyecto Life+VENENO se ejercerá la acusación particular en el caso de que prospere el proceso judicial.

La investigación de los episodios de veneno es fundamental para identificar a los autores y reducir la impunidad de este tipo de delitos. Como afirma Beatriz Sánchez, coordinadora del proyecto Life+ VENENO: “es necesario hacer buenas investigaciones y seguir unos procedimientos muy técnicos y escrupulosos, por este motivo una de las acciones del proyecto Life que hemos desarrollado en Cantabria es impartir cursos especializados para la guardería”.

Felipe González, Delegado de SEO/BirdLife en Cantabria solicita a la Consejería que, “dado que el caso parece estar relacionado con los conflictos entre la ganadería y el lobo, se paguen cuanto antes las indemnizaciones pendientes para compensar los daños producidos a los ganaderos”. Asimismo, recuerda el compromiso firmado por el Gobierno de Cantabria ante la Comisión Europea y manifestado por su Consejera de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural, para la aprobación de un Plan de Acción para la erradicación del uso ilegal de veneno. Este plan ha sido elaborado, en el marco del proyecto Life+ VENENO, por técnicos de SEO/BirdLife y la antigua Dirección General de Montes, estando pendiente su aprobación.

 Veneno en Cantabria

En Cantabria los casos de envenenamiento tienen su origen mayoritariamente en los conflictos que se producen entre el lobo y el sector ganadero, aunque también se detectan casos relacionados con el uso incontrolado de sustancias tóxicas, como los rodenticidas. En este sentido, la Delegación de SEO/BirdLife en Cantabria ha recibido denuncias de  casos de envenenamiento en el ámbito rural y urbano, que también deberían ser objeto de investigación. Y es que si las estadísticas oficiales muestran que Cantabria no es una región con alta incidencia del veneno es porque no se hace un seguimiento más intenso de estos casos.

 Uso de cebos envenenados

A pesar de ser ilegal, el veneno se sigue utilizando para eliminar depredadores, así como para el control de plagas agrícolas. La colocación de cebos envenenados es una práctica arraigada en nuestros campos, completamente ineficaz para los objetivos que persigue, además de un método masivo, no selectivo y cruento para la fauna. Por ello, está prohibido por la legislación nacional y autonómica y aparece tipificado como delito en el Código Penal. El veneno en el campo supone un riesgo para la salud pública, para el medio ambiente y para nuestras mascotas.

El proyecto Life+ VENENO tiene como objetivo lograr una disminución significativa del uso de veneno en España. Cuenta con un presupuesto de 1,6 millones de euros, de los cuales la Comisión Europea cofinancia el 40% y se desarrolla entre 2010 y 2014.

SEO/BirdLife, el Fondo para la Conservación del Buitre Negro y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha son los beneficiarios del proyecto. Los cofinanciadores son el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, la Fundación Biodiversidad, el Cabildo de Fuerteventura, la Junta de Andalucía y el Gobierno de Cantabria. La Editorial América Ibérica colabora con el proyecto y otras doce comunidades autónomas y un cabildo participan en diferentes acciones.

DENUNCIA ANTENAS ANEMOMÉTRICAS EN VALDEOLEA Y VALDEPRADO DEL RÍO

LA PLATAFORMA PARA LA DEFENSA DEL SUR DE CANTABRIA DENUNCIA LA INSTALACIÓN DE CINCO ANTENAS ANEMOMÉTRICAS EN VALDEOLEA Y EN VALDEPRADO DEL RÍO


La Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria ha presentado en el juzgado de Reinosa una querella por haber concedido licencia de obra y autorización para la instalación de cuatro antenas medidoras de viento en el monte Endino, monte Siete Cruces, Peña Tabla y puerto de Pozazal, sin haber recibido contestación a las alegaciones presentadas, haberse instalado las antenas una vez caducadas las solicitudes, e incluso algunas en ubicaciones diferentes a las que salieron a información pública.

En octubre de 2010 CORE ya denunció en prensa la aprobación por parte de Biodiversidad de la concesión de instalación de varias torres anemométricas sin haber sido sometidas a información pública en contra de lo establecido en el artículo 116.1.b. de la Ley 2/2001 de Ordenación del Territorio y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria.

La respuesta fue, que posteriormente salieron a información pública, y se presentaron las alegaciones correspondientes.

Cúal ha sido nuestra sorpresa, con el precedente anterior, cuando hemos visto cómo se ha procedido a la instalación durante la primera quincena de diciembre 2011 de cinco antenas anemométricas, cuatro en Valdeolea: en el MONTE ENDINO, en el monte SIETE CRUCES, en Peña TABLA y en el PUERTO DE POZAZAL, y una quinta en SOMALOMA, en Valdeprado del Río, sin haber contestado ni tan siquiera a las alegaciones.

La antena en el monte Endino se ha llegado a alegar hasta en tres ocasiones y en ninguna se han molestado ni a contestar.

No queda ahí la cosa, ya que la solicitud de las antenas del Endino y Peña Tabla se habían caducado tal, y como publicó Biodiversidad en el BOC 2 de marzo de 2011, y contestó por escrito en fecha de 17 mayo 2011.

Si a ello añadimos, que la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria ha desestimado el pasado 30 de noviembre 2011 el recurso de alzada interpuesto por EOLICAN a la suspensión de los dos parques eólicos situados, precisamente en Peña Tabla y Siete Cruces en Valdeolea, al no cumplir las determinaciones del vigente PLENERCAN 2006-2011. Del mismo modo no las cumplen las antenas mencionadas.

Se da la circunstancia, y en las alegaciones se refiere, que los lugares de ubicación de las antenas tienen un gran valor natural y cultural, tanto el monte Endino, zona de protección de oso pardo, como Pozazal, Siete Cruces y peña Tabla.

Incluso la antena de Pozazal se ha colocado en un lugar diferente al que aparece en los planos.

Esta no es la manera a la que invitaba hace escasos días Arasti a cumplir la legalidad por parte de las eólicas, o en este caso, por los Ayuntamientos que han concedido las licencias, y mucho menos estas actitudes coadyuvan al consenso ni son un ejemplo de la tan nombrada participación ciudadana.

¿Es esto un adelanto de lo que va a suceder con las alegaciones al PLENERCAN, a los parques éolicos, EIAs, etc.?

EXPOSICIÓN FOTOGRÁFICA SURDECANTABRIA BIODIVERSA

SURDECANTABRIA BIODIVERSA

Lugar: Sala de exposiciones La Cuchara del Camesa,
OLEA, Cantabria
Desde el 1 de enero al 26 de febrero de 2012
Días: SÁBADOS: 13 a 22 HS.
Domingos y festivos: 13 a 19 hs.

Cuatro enamorados de la vida silvestre del Sur de Cantabria aúnan sus miradas en una exposición en la que podemos disfrutar de unas asombrosas fotografías de la fauna y flora de esta rica tierra biodiversa y fronteriza, en un enclave acogedor e inigualable como es la Tasca Camesa en Valdeolea.

Javier Alonso Torre
http://lanaturalezahabla.blogspot.com/
http://thenorthphototours.blogspot.com/
http://revistalnh.blogspot.com/

Manuel Estébanez Ruíz
http://www.fotonatura.org/galerias/7950/
http://www.naturalezadigital.org/search.php/
http://www.miradanatural.es/galeriausuario.php?id=1002/

Jon Maeso Carreño
http://argazki-natur.blogspot.com/
http://www.rinconesdevizcaya.com/

José Miguel Martínez Postigo
http://www.arcera.org/

LA CUCHARA DEL CAMESA
http://www.endolea.es/
www.facebook.com/endolea
http://www.endolea.wordpress.com/
http://www.artesaniaenmadera.wordpress.com/
http://www.lacucharadelcamesa.wordpress.com/
http://www.rabelistasenolea.wordpress.com/

ORGANIZA y PATROCINA: ASOCIACIONARCERA. http://www.arcera.org/