Alegaciones a solicitud de instalación de torre anemométrica en Fresno del Río y Aradillos (Ayto. de Campoo de Enmedio). Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria, 08 febrero 2021.

Alegaciones a solicitud de instalación de torre anemométrica en Fresno del Río y Aradillos (Ayto. de Campoo de Enmedio). Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria, 08 febrero 2021.

En el BOC 15 de 25/01/2021 se somete a “información pública de solicitud de autorización para instalación de torre anemométrica en Fresno del Río y Aradillos”. en suelo rústico, parcela 39027A006000030000XW, promovido por la mercantil "Green Capital Power S.L.U.", con relación a lo cual resumimos las principales alegaciones presentadas:

-  La ubicación de la torre que solicita Green Capital Power S.L.U., corresponde al llamado P.E. Lantueno y coincide con la de otro P.E. denominado con el mismo nombre y solicitado por BOREAS/NATURGY.- 

    Es evidente que, en este momento y en el lugar citado, la pretensión de instalar la torre anemométrica corresponde a los trabajos previos de un proyecto concreto de parque eólico, el denominado SIA-006-2020, EOL/29-2020, P.E. Lantueno de 36 Mw 6 aerogeneradores de 6MW de 200m de altura, promovido por Green Capital Development 54, S.L.U.

    Boreas/Naturgy, tenía proyectado en concreto en el mismo lugar en el que se había solicitado la antena el Parque eólico Lantueno de 16Mw. Según escrito de octubre de 2020 remitido por la Dirección General de Industria, Energía y Minas del Gobierno de Cantabria, parece ser que el promotor ha desistido del proyecto.

    Justifica ello nuestra queja referida a que parece ser que las empresas promotoras poseen información privilegiada, pues nosotros hasta la anterior fecha citada no hemos conocido el desistimiento mientras que la empresa que ahora solicita la torre anemométrica parece tener conocimiento de ello muchísimo antes, puesto que ya ha solicitado con anterioridad el proyecto de parque eólico.

- Sinergias de proyectos en la zona.

- Nulidad por falta de notificación a colindantes. Normativa urbanística, utilidad pública y excepcionalidad.-Siendo el suelo en que se pretende implantar la infraestructura una parcela particular en Suelo Rústico que afecta a otras parcelas colindantes, puesto que los vientos para sujetar la torre anemométrica, tendrían que ocuparlas, la autorización frente a la que alego incumpliría la normativa urbanística vigente, no habiéndose notificado debidamente a los colindantes afectados lo que vicia de nulidad la tramitación del expediente.

Nulidad  por incumplimiento del Convenio de Aarhus y participación ciudadana.-

- El lugar de ubicación de la antena posee una conectividad muy alta entre espacios pertenecientes a la Red Natura y existen especies incluidas en el Catálogo de Especies Amenazadas de Cantabria.

- Debate energético.- Nos encontramos en un momento decisivo de la transición hacia otro modelo energético, por lo que es urgente que, previo a la instalación de megainfraestructuras energéticas innecesarias, parques industriales eólicos, tendidos de alta tensión, fracking, que malgastan nuestro dinero y territorio se debata y decida qué modelo energético queremos, si uno concentrado, como el que ya existe, u otro distribuido.

El debate fundamental previo a la instalación de estas megainfraestructuras es si realmente cubren las necesidades eléctricas regionales y locales y, en especial, si su elevadísimo coste es asumible y necesario en un momento en el que debe ser imparable la revolución de la generación distribuida y  la acumulación eléctrica: generar la electricidad que consumimos es el único camino hacia la Soberanía energética, por ejemplo, en Alemania ciudadanos, cooperativas, Ayuntamientos, generan ya el 47% de la electricidad renovable.

Por todo ello solicitamos que se deniegue la autorización para la instalación de la torre anemométrica en Fresno del Río y Aradillos.                                                                                  

Contestación a consultas “Parque eólico QUINTANILLAS. SIA-056-2019. Valdeolea.VIESGO RENOVABLES, S.L. 25 de enero de 2021. Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria.

Contestación a consultas a la DIRECCION GENERAL DE BIODIVERSIDAD, MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO DEL GOBIERNO DE CANTABRIA, Parque eólico QUINTANILLAS. SIA-056-2019. Procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria. Actuaciones previas. Fase de consultas a las Administraciones públicas y personas interesadas. TT.MM. de Valdeolea”, promovido por VIESGO RENOVABLES, S.L. 25 de enero de 2021. Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria.

Entre las que destacaríamos las siguientes consideraciones:


-          Nulidad y paralización de todos los parques eólicos en tramitación en Cantabria.

 

-          Nulidad y archivo del expediente por encontrarnos ante dos expedientes diferentes de la misma empresa para un mismo emplazamiento. El proyecto sometido a consultas P.E. Quintanillas, SIA-056-2019 y el Expdte. EOL/15-2015. PE Quintanillas sometido a información pública son dos proyectos diferentes; el SIA-056-2019 sometido a consultas, de diciembre de 2018, consta de 7 aerogeneradores de 3,8Mw, 224 págs. mientras que en el EOL/15-2015, noviembre de 2019, 743 págs., consta de 5 aerogeneradores de 5,5 Mw. Por lo que se solicita que se archiven los expedientes, por ser nulos, y se notifique a todos los que han intervenido en el proceso de información pública del expediente EOL/15-2015, anterior a las presentes consultas, pues lo contrario supondría estar tramitando dos expedientes distintos sobre el mismo asunto, ampliando aún más la ilegalidad que hemos denunciado y generando indefensión e inseguridad jurídica a las personas interesadas.






PE Quintanillas. EOL/15-2015.  5 aerogeneradores de 5,5 Mw


-          Ratificamos nuestras alegaciones previas presentadas el 22/10/2020 y segundas alegaciones el 24/11/2020 a la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Industria del gobierno Cantabria en relación al Expdte. EOL/15-2015. PE Quintanillas. De todos modos y, a efectos meramente polémicos en aras de reforzar nuestra debilitada seguridad jurídica, efectuamos las presentes consideraciones de fondo sobre otros motivos de nulidad y efectos significativos sobre el medio ambiente y la salud del P.E. Quintanillas, SIA-056-2019.

 

-          Nulidad por incumplimiento del Convenio de Aarhus y la Ley 21/2013, de evaluación ambiental, no se consulta a los Concejos y Juntas vecinales propietarios de los montes comunales. No consta en los expedientes, ni en el sometido a información pública, ni en el ahora a consultas, que hayan sido objeto de un proceso de información previo, los directamente afectados, concejos y juntas vecinales/administrativas: Mata de Hoz, Santa Olalla, Espinosa, Quintanillas, Reinosilla, Olea …, o Valberzoso, interesados como propietarios de los terrenos comunales y afectados directos del P.E. Quintanillas.


-          Fragmentación de un único parque eólico en tres diferentes. Competencia del Estado por superar los 50 Mw y afectar a dos comunidades autónomas diferentes, Cantabria y Castilla y León.- Tanto el denominado PE Quintanillas EOL/15-2015, sometido a información pública, como el SIA-056-2019, motivo de las presentes consultas, promovidos ambos por Viesgo Renovables, S.L. son parte de un único polígono industrial eólico -por proximidad, menos de 2km., y continuidad- que ha sido fragmentado en tres partes y repartido entre dos mercantiles diferentes: P.E. Henestrosas, Green Capital Power, S.L.  (13,86 Mw, 4 aerog.) + P.E. Quintanillas, Viesgo Renovables S.L., (27,50 Mw, 5 o 7 aerog. respectivamente) + P.E. Ornedo, Green Capital Power, S.L.U. (13,86 Mw, 4 aerog.), que suman 54,72 Mw, 13 o 15 aerogeneradores.


 

       P.E. Quintanillas  27,5 Mw  5 o 7aerog.            P.E.Henestrosas 13,86 MW 4 aerog




   P.E.Ornedo 13,86MW, 4 aerog

 

-          Los expedientes del P.E. Quintanillas están caducados. El PE Quintanillas EOL/15-2015 o SIA-056-2019 frente al que alegamos, efectivamente están caducados pues su expediente se inició en el 2015 por lo que incumple todos los plazos expresados en las diferentes leyes al respecto.

 

-          No se han evaluado las sinergias y efectos acumulativos de otros parques eólicos en tramitación en un radio de 5km., por lo que no se han medido correctamente los impactos, lo que es motivo de nulidad.- Ni en la memoria presentada a consultas ni en el EIA del proyecto PE Quintanillas EOL/15-2015 (BOC de 16/10/2020) sometido a información pública, se han tenido en cuenta las sinergias actualizadas de otros parques en tramitación.  Sólo se cita la existencia del P.E. El Pical, en el Ayto. de Brañosera, Barruelo de Santullán, pero se obvian o se ocultan parques eólicos en tramitación a menos de 2 km. que, en realidad, son partes del que se solicita, como son el P.E. Henestrosas, (13,86 Mw, 4 aerog) y P.E. Ornedo, (13,86 Mw, 4 aerog.), promovidos ambos Green Capital Power, S.L.U. Tampoco se tienen en cuenta otros proyectos cercanos en tramitación en el mismo municipio de Valdeolea, como el P.E. Olea, o en municipios colindantes como Campoo de Enmedio o Valdeprado del Rio, y mucho menos en el conjunto del sur de Cantabria y sierra del Escudo, embalse del Ebro, donde se concentran la mayoría de los proyectos solicitados por lo que, insistimos, no se han evaluado adecuadamente las sinergias de los impactos ambientales acumulativos de este proyecto.


-          Afección a la salud de las personas de las poblaciones cercanas. El P.E. Quintanillas está proyectado a escasos metros de diversos pueblos del municipio de Valdeolea: Quintanillas 1,650km, Reinosilla 1,470 km., Espinosa 1,730 km., Mata de Hoz 1,970 km., Santa Olalla 2,850 km., y de Castilla y León: Valberzoso 1,07 km..., debiendo haberse tenido en cuenta el enorme tamaño de los aerogeneradores -200  o 180m. de altura total y los graves efectos perjudiciales probados sobre la salud.

 

-          No existiendo en Cantabria ni el preceptivo PROT, ni ningún Plan Eólico, con el Plan energético caducado, lo sometido a consultas no se adecúa a ninguna planificación previa.

 

-          Afecta a Espacios Protegidos autonómicos y comunitarios. Incumple las Directrices Técnicas y ambientales del PSEC 2014-2020 de Cantabria y el PORN del Parque Natural de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina.


-          Incumple las Directrices Técnicas y ambientales del PSEC 2014-2020 al afectar a diferentes especies del Catálogo de especies amenazadas y a hábitats de interés comunitario. Falta de censos actualizados y de la aprobación de los Planes de gestión. No se evalúan las sinergias y efectos acumulativos sobre las especies amenazadas de parques eólicos en tramitación a menos de 2km:  P.E Las Henestrosas y del P.E. Ornedo.

 

-          El estudio del paisaje solo valora la afección visual. No se evalúan las sinergias con parques eólicos cercanos. Afección paisajística severa.

 

-          No se evalúan los efectos negativos sobre las actividades socio-económicas ya asentadas en el territorio. Casas palacios e iglesias catalogadas como BIC, ruta de los Menhires, alojamientos rurales y de restauración Molino de la Vega, Santa Olalla, Tasca Camesa, Casasola …  y daños graves a las personas y sus medios de vida consolidados, presentes y futuros.


-          Incumple las Normas Subsidiarias del Ayuntamiento de Brañosera. No se tiene en cuenta que se pretende iniciar la tramitación de una nueva Ley del Suelo de Cantabria. El Municipio de Brañosera cuenta con Normas Subsidiarias Municipales aprobadas definitivamente por la CPU de Palencia el 26/02/1996.


-          Necesidad de un debate energético previo.

Por todo ello exigimos la nulidad del expediente y que se deniegue la autorización al proyecto P.E. QUINTANILLAS, SIA-056-2019.

Contestación a consultas Parque eólico LANTUENO de 36 MW, 6 aerogeneradores SG-170 de 6 MW de 200m a la punta de la pala. TT.MM. de Reinosa, Campoo de Enmedio, Santiurde de Reinosa, San Miguel de Aguayo, Luena y Molledo, promovido por Green Capital Power. Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria. 18 de enero de 2021.

Contestación a consultas Parque eólico LANTUENO, SIA-006-2020, de 36MW, 6 aerogeneradores SG-170 de 6 MW de 200m a la punta de la pala.  TT.MM. de Reinosa, Campoo de Enmedio, Santiurde de Reinosa, San Miguel de Aguayo, Luena y Molledo, promovido por Green Capital Power. Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria. 18 de enero de 2021.

Entre las que destacaríamos:


-    Nulidad y paralización de todos los parques eólicos en tramitación en Cantabria.

 

-    Nulidad por incumplimiento del Convenio de Aarhus y la Ley 21/2013, de evaluación ambiental, no se consulta a los Concejos y Juntas vecinales propietarios de los montes comunales.


-   Fraccionamiento de proyectos: El P.E. Lantueno puede considerarse, por compartir línea de evacuación, una parte del P.E. La Coteruca, proyectado a menos de 2 km. y de los P.E. Cuesta Mayor, Alsa, Ebro Norte, Cueto y Bustafrades promovidos todos por Green Capital Power S.L, o sus filiales, debiendo tramitarse juntos para valorar adecuadamente las sinergias e impactos acumulativos. Competencia del Estado por lo tanto por superar los 50 Mw.


Los P.E. La Coteruca, Lantueno, Cuesta Mayor, Ebro Norte, Alsa, Cueto y Bustafrades 

constituyen un único Parque eólico.


-       Inasumible sobresaturación de proyectos eólicos.


-     No existiendo en Cantabria ni el preceptivo PROT, ni ningún Plan Eólico, con el Plan energético caducado, lo sometido a consultas no se adecúa a ninguna planificación previa.


-    Afección a la salud de las personas de las poblaciones cercanas. El P.E. Lantueno, está proyectado a escasos metros de diversos pueblos de los municipios de Santiurde de Reinosa: Somballe 2,4Km, Lantueno 1,18Km, Santiurde de Reinosa 2,10Km y de Campoo de EnmedioAradillos 1,3Km, Morancas 1,05Km, Fontecha 1,92Km y Fresno del Río 2,37Km, debiendo haberse tenido en cuenta que el enorme tamaño de los aerogeneradores, 200 m. y los graves efectos negativos probados sobre la salud.


-    Incumple las Directrices Técnicas y ambientales del PSEC 2014-2020 al afectar a diferentes especies del Catálogo de especies amenazadas y a hábitats de interés comunitario.


-     Afección al Corredor de la Cordillera Cantábrica, Gran Corredor Ecológico del Sur de Europa: Norte de Portugal-Cordillera Cantábrica-Pirineos-Macizo Central-Alpes Occidentales.


-    El estudio del paisaje solo valora la afección visual. No se evalúan las sinergias con parques eólicos cercanos. Afección paisajística severa.

 

-   Afección socioeconómica: viviendas, cabañas y turismo rural. GR74 Corredor Oriental de Cantabria Ramales-Reinosa.


-     Necesidad de un debate energético previo.

Por lo que exigimos la nulidad del expediente y que se deniegue la autorización al proyecto P.E. LANTUENO.

Así no Sr. Marcano. Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria. 18 febrero 2021

En Industria, un partido regional que viene de donde viene se fija en "El gatopardo", cambia los nombres y pone a López Marcano por Martín... para que todo siga igual.


surdecantabrianatural <surdecantabrianatural@gmail.com>


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16 feb 2021 20:55 (hace 1 día)

para Álvarez

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Tras diez años intentando reunirnos -sin conseguirlo ni una sola vez- con anteriores consejeros de Industria, habiendo tenido alguna que otra deslavada conversación con directores generales, vemos que nada ha cambiado tras cambiar los nombres en un partido regional tan reciente como viejo y con un líder máximo venido de donde viene.

Pensábamos que, veteranos en trabajar sin sueldos ni cargos, podríamos aportarle más que él a nosotros y, por ello, pretendimos reunirnos con el consejero -que, según hemos podido ver, prefiere a amigos y próximos- y, además, quisimos que cada uno facilitara a los medios, en vivo y directo, las ideas de las dos partes opuestas, que sin duda somos.

Pues bien, ni lo uno ni lo otro, ni consejero ni medios que nos oigan al tiempo -y que luego digan lo que quieran- de igual a igual; nos ofrecen, como alternativa, la típica inane reunión, sin compromisos ni orden del día, con un novísimo director general que suponemos querrían que fuera seguida de la habitual nota de prensa de la consejería y la consabida foto, que parece ser que es lo único que importa.

Más de lo mismo de siempre, así no, Sr. López Marcano.

 

Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria

http://www.surdecantabrianatural.blogspot.com/

surdecantabrianatural@gmail.com

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Libre de virus. www.avast.com

 

El lun, 15 feb 2021 a las 13:35, Álvarez Faro Miguel Ángel (<__________________>) escribió:

Buenos días,

 

En relación con su solicitud, agradecemos la información remitida y nos ponemos a su disposición para mantener la reunión con el Sr. Alvear el jueves día 18 de febrero a las 11:00 horas en nuestras oficinas de la C/Albert Einstein, 2 – 4ª Planta.

Como les indicaba en mi anterior correo, debido a las limitaciones impuestas por la COVID-19 en materia de acceso y permanencia en el edificio el número máximo de personas que podrán acudir a dicha reunión por su parte sería de 3, cuyos nombres y apellidos necesitaría que me facilitasen antes del día de la reunión.

Les agradecería que me confirmasen su disponibilidad para mantener la reunión en la fecha y hora arriba reseñadas con el fin de poder cerrar la agenda del Sr. Alvear lo antes posible.

Quedo a la espera de sus noticias, un cordial saludo,

 

Miguel Ángel Álvarez Faro

Secretaría de Dirección

Dirección General de Industria, Energía y Minas

Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio

C/Albert Einstein, 2 – 4ª Planta (PCTCAN)

39011 Santander (Cantabria)

Teléfonos: ________________

Correo: ___________________

Web: https://dgicc.cantabria.es

Twitter: _____________--

 

Antes de imprimir este correo electrónico piense bien si es necesario hacerlo: EL MEDIOAMBIENTE ES COSA DE TODOS

Before printing this e-mail, please think if it´s really necessary. Thanks to be kind with the environment.

 

De: surdecantabrianatural <surdecantabrianatural@gmail.com>
Enviado el: viernes, 12 de febrero de 2021 5:58
Para: Álvarez Faro Miguel Ángel <
_______________________>
Asunto: Re: PETICION DE REUNIÓN

 

A/A: D. Manuel Daniel Alvear Portilla

Director General de Industria, Energía y Minas

 

Buenos días,

 

Me pongo en contacto con usted en relación con su escrito de contestación al nuestro de 1 de febrero de 2021, registrada con número 2021GA001E001387.

 

Pese a que nuestra solicitud se refería a una reunión con el Sr. Gómez Marcano, con el fin de tratar nuestras solicitudes y coordinar dicha reunión con el Consejero aceptamos celebrar la previa que se nos propone con  el Sr. Alvear Portilla, si bien a efectos de que la misma tenga eficacia de cara al interés general, le adjuntamos nuevamente la carta que inicialmente les remitimos, con nuestro criterio sobre la forma en que, por ambas partes, se debería informar a los medios, siendo partidarios de que la reunión se celebrara en una sala amplia en la que pudieran estar presentes estos, toda vez que las experiencias referidas a notas de prensa elaboradas por la Administración no son satisfactorias para nosotros.

 

De aceptarse tal planteamiento referido a los medios de comunicación, estaríamos de acuerdo, a partir de que se trataría de una reunión preparatoria de otra posterior con el Sr. Marcano, con el día, la hora y el lugar que señalan a tal fin

 

Quedo a la espera de su contestación, un cordial saludo

 

Libre de virus. www.avast.com

 

El jue, 11 feb 2021 a las 13:13, Álvarez Faro Miguel Ángel (<_________________>) escribió:

A/A: D. José Miguel Martínez Postigo

Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria

 

Buenos días,

 

Me pongo en contacto con usted en relación con su solicitud, de fecha 1 de febrero de 2021, registrada con número 2021GA001E001387.

 

Con el fin de tratar sus solicitudes nos gustaría coordinar con ustedes una reunión con D. Manuel Daniel Alvear Portilla, Director General de Industria, Energía y Minas. Por nuestra parte les proponemos celebrar la reunión el jueves día 18 de febrero a las 9:30 horas en nuestras oficinas de la C/Albert Einstein, 2 (PCTCAN) de Santander.

 

Debido a las limitaciones impuestas por la COVID-19 en materia de acceso y permanencia en el edificio el número máximo de personas que podrán acudir a dicha reunión por su parte sería de 3, cuyos nombres y apellidos necesitaría que me facilitasen antes del día de la reunión.

 

Quedo a la espera de su contestación, un cordial saludo

 

Miguel Ángel Álvarez Faro

Secretaría de Dirección

Dirección General de Industria, Energía y Minas

Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio

C/Albert Einstein, 2 – 4ª Planta (PCTCAN)

39011 Santander (Cantabria)

Teléfonos: _____________

Correo: __________________

Web: https://dgicc.cantabria.es

Twitter: _____________

 

Antes de imprimir este correo electrónico piense bien si es necesario hacerlo: EL MEDIOAMBIENTE ES COSA DE TODOS

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