P.E. El Escudo
A LA ALCALDESA DEL AYUNTAMIENTO DE
MOLLEDO.- CANTABRIA.-
José Miguel MARTÍNEZ POSTIGO y Fernando
MERODIO RODRIGUEZ, en nombre propio y, como reconocidos/acreditados Presidente y
miembro/asesor de la Plataforma para la
Defensa del Sur de Cantabria, en adelante Plataforma, con dirección a efectos de notificaciones en surdecantabrianatural@gmail.com, en el asunto de
referencia comparecen ante esa Corporación y, con ruego de notificación a todos
sus miembros, DICEN:
Que acompañan a este escrito copia del remitido al Concejo Abierto San Martín de Quevedo, de ese Ayuntamiento, para conocimiento municipal a todos los efectos legales y entrega, de ser considerado pertinente, a los Ayuntamientos próximos y Concejos Abiertos que, en su caso, se consideren afectados por los referidos hechos.
Por todo ello,
SOLICITO DEL AYUNTAMIENTO DE MOLLEDO PLENO, CANTABRIA que tenga por presentado este escrito junto al acompañado, para su conocimiento a todos los efectos legales y notificación en su caso a quienes se considere afectados por ello. En Arcera-Aroco. Valdeprado del Río, Cantabria a veintidós de abril de dos mil veinticuatro.
OTROSI DECIMOS que insistimos en el interés de la Plataforma en que sea entregada copia del presente escrito a todos los miembros de la corporación municipal, así como a los presidentes de los Concejos Abiertos y/o Juntas Vecinales que integren el municipio, así como a los Ayuntamientos próximos, por lo que nuevamente
SOLICITO tengan por efectuada la anterior
solicitud a todos los efectos legales referidos a posibles responsabilidades
personales. Lugar y fecha anteriores
Cuestiones
polígono industrial PP.EE. El Escudo y otras
AL PRESIDENTE.- CONCEJO ABIERTO DE SAN MARTIN DE QUEVEDO.-
José Miguel MARTÍNEZ
POSTIGO y Fernando MERODIO RODRÍGUEZ, en sus acreditadas/publicas condiciones
respectivas de Presidente y miembro/asesor de la Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria, en adelante la Plataforma, con dirección a efectos de
notificaciones en surdecantabrianatural@gmail.com, en
el asunto de referencia comparecen ante ese Presidente del Concejo Abierto de San Martín de Quevedo, Molledo, Cantabria y, con
ruego de notificación fehaciente y completa a todos los miembros y vecinos del
referido Concejo Abierto, DICEN:
La Plataforma ha tenido conocimiento de que en el ilegal trámite de, entre otros, los polígonos industriales eólicos PE.EE. El Escudo y Campo Alto y la llamada S.E. de Aguayo, en realidad de Molledo, y su ampliación Administración regional, mediadores y consorcios energéticos solicitantes de las autorizaciones se han reunido en privado con miembros de ese Concejo (nunca con él legalmente convocado) para que se autorice un uso privado dañino del territorio comunal, con propuestas ilegales, verbales y falsas, no sometidas a aprobación vecinal, por lo que, siendo radicalmente ilegal la falta de participación informada de los vecinos propietarios, sometemos a su conocimiento las siguientes
CONSIDERACIONES DE HECHO Y DERECHO
PRIMERA.- Antecedentes jurídicos.-
La solicitudes de autorización de todas
las infraestructuras energéticas que afectan a ese Concejo y el Ayuntamiento de
Molledo, igual que las que gobierno regional y CROTU han concedido para el uso industrial del territorio comunal,
de propiedad y uso demanial, están, como conocen los miembros del Concejo y el Ayuntamiento de Molledo,
recurridos por la Plataforma ante los
TSJ de Cantabria y Madrid.
Concretamente la nulidad de la
autorización administrativa previa del llamado PE El Escudo está ya, solo, pendiente de la inmediata sentencia del
TSJ de Madrid en el ya concluido juicio PO
1263/2022, pese a lo cual, de forma maliciosa, tanto rl gobierno regional
como el Sr. Valcarce, en representación de Biocantaber/Iberdrola,
están ofreciendo cantidades ridículas (que suponemos incluirán la pretensión de
implantar la muy dañina SET de Los
Vallados en territorio comunal de San Martín) a Concejos y ayuntamientos, que implican la vana, maliciosa
pretensión de aparentar inexistentes derechos y reclamar, luego en su caso, la indemnización
ilegal por falsos perjuicios.
En lo que, directa o indirectamente, podría afectar a ese Concejo, están también recurridos por la Plataforma ante los TSJ de Madrid y Cantabria la ampliación de la SET de Aguayo (en Molledo) y los de todos los polígonos industriales eólicos, líneas de alta tensión, SETs, pistas,… solicitados en la Sierra del Escudo y el lado Sur del embalse del Ebro.
SEGUNDA.- Exigencias de todo
ofrecimiento que efectúen los distintos consorcios eléctricos o, en su caso, la
propia Administración regional.-
En el muy improbable supuesto de que se
declarase por los Tribunales la legalidad y pertinencia de lo pretendido por
los consorcios (recurrible ante el TS), los ilegales ofrecimientos que ahora
(al parecer) se están efectuando deberán ser realizados, para su conocimiento y,
en su caso, debate y decisión por los vecinos en Concejo con todas las garantías legales, cuando menos
1) de forma escrita, firmada, en la que se acredite el poder de representación
y la solvencia de quien los efectúe,
2) reflejando, con claridad, la situación procesal, recursos, etc., de
la autorización concreta y la actitud concreta según la resolución judicial que
se produzca,
3) estableciendo documentalmente los títulos de propiedad de cada
territorio concreto,
4) fijando con claridad el alcance, la forma y las condiciones de lo
que, en su caso, se pretenda que sea concedido por el propietario,
5) fijando también con claridad el plazo por el que se pretenda que sean
concedidos los derechos que se soliciten, la forma y condiciones en que los
mismos concluirían y la cuantía y forma de pago a lo largo del tiempo de lo que
se ofrezca a cambio de los derechos que se solicitan y, sobre todo,
6) la forma y plazos en que se producirá la reversión del territorio a
su legítima propiedad, en idéntico estado al que, en su caso, fuera entregado,
con las garantías económicas y de todo tipo de que tal reversión se producirá
en la forma y plazos acordados.
TERCERA.- Postura de la Plataforma.-
Dicho ya que todo ello ha hecho que la Plataforma tenga interpuesto recurso contencioso-administrativo contra, entre otras varias, la “Resolución de 8 de mayo de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a BioCantaber SL autorización administrativa previa para el parque eólico El Escudo, de 151,2 Mw, líneas subterráneas 30 kV, subestación eléctrica a 30/220 kV y línea aérea a 220 kV, en Campoo de Yuso, Luena, San Miguel de Aguayo y Molledo”, publicada en el BOE núm. 120, de 20 de mayo de 2022, todo ello del MITERD y que dicho recurso, insistimos, tramitado como P.O.1263/2022, ya está visto para y pendiente de sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, entendemos que, por ello, cualquier acuerdo que afecte a tal autorización, de no reflejar en debida forma tal circunstancia, además de ser ilegal permitiría inferir que concurren los elementos dolosos de distintos tipos delictivos.
Por todo ello,
SOLICITAMOS DEL SR. PRESIDENTE DEL CONCEJO ABIERTO DE SAN MARTÍN DE QUEVEDO, MOLLEDO,
CANTABRIA que tengan por presentado este
escrito y por efectuadas las consideraciones de hecho y derecho que en el mismo
se contienen a todos los efectos legales, considerándosenos parte en el
expediente que con relación a todo ello se deberá incoar y notificándosenos
cuanto en tal expediente se acuerde.
En Arcera-Aroco. Valdeprado del Río, Cantabria a dieciocho de abril de dos mil veinticuatro.
OTRO SI DECIMOS que interesa, como ya hemos dicho, a la Plataforma que sea entregada copia del presente escrito a todos los miembros de ese Concejo Abierto de San Martín de Quevedo, por lo que.
SOLICITAMOS tenga por efectuada la anterior solicitud a todos los efectos legales referidos, en especial, a posibles responsabilidades personales. Lugar y fecha anteriores